Reclamación previa sobre grado de discapacidad.
En nuestro despacho de abogados, con teléfono 958-274169, que se dedica a:
- Pensiones de incapacidad permanente.
- Reclamación de altas médicas indebidas o injustas.
- Reclamación de grado de discapacidad.
Es muy habitual que nos llamen o nos envíen correos electrónicos comunicándonos que les ha llegado una resolución por la que se les reconoce un grado de discapacidad con el que no están de acuerdo, y nos preguntan:
“ ¿Qué tengo que hacer para reclamar esta resolución y que se reconozca el grado de discapacidad que es correcto y adecuado en mi caso?”.
Seguidamente, en este post vamos a tratar de explicar este asunto.
¿Cómo se determina el grado de discapacidad?
El grado de discapacidad se determina de una misma forma en todo el territorio nacional.
La forma en que se determina, viene regulada actualmente en el R. D. 888/2022, que ha supuesto una importante modificación en la forma en que se calcula u obtiene el grado de discapacidad a cada persona que lo solicite.
En la actualidad, para determinar el grado de discapacidad, se tiene que aplicar diferentes baremos, recogidos en la normativa legal antes referida, y en concreto los siguientes:
1.- Baremo de evaluación de las funciones y estructuras corporales. Baremo de deficiencia global de la persona (BDGP)
2.- Baremo de evaluación de las capacidades/ Baremo de limitaciones en la actividad (BLA).
Dentro de este baremo, también hay que hacer referencia a los baremos que valoran la limitación en el autocuidado (BLGTAA) y el que valora la limitación en la movilidad (BLAM-Movilidad reducida).
3.- Baremo de evaluación del desempeño. Baremo de restricción en la participación (BRP-QD)
4.- Baremos de Evaluación de factores contextuales ambientales/Barreras. (BFCA).
Como se desprende de lo expuesto, la valoración del grado de discapacidad es una valoración integral y ciertamente compleja.
Abogado Ramón Escribano Garés. Teléfono 958-274169
Pero, ¿Qué tengo que hacer para reclamar el grado de discapacidad reconocido?.
Si le ha llegado una resolución que determina su grado de discapacidad y no está conforme con la misma, la normativa legal actual nos da la opción de presentar una reclamación previa en el plazo de 30 dias desde la recepción de dicha resolución sobre grado de discapacidad.
Esta reclamación previa es un escrito en el que el interesado/a debe expresar, de forma ordenada y justificada, los motivos por los que entiende no se han aplicado, en su caso en concreto, de forma correcta, los diferentes baremos que deben aplicarse para determinar el grado de discapacidad.
Nosotros, desde nuestro despacho, recomendamos que se aporten a dicha reclamación previa, pruebas médicas que acrediten la situación de la persona interesada, y cualqueir otro elemento de prueba que acredite las limitaciones, que en todos los aspectos, le provoquen las enfermedades o patologías que sufra, y ello tanto en el desarrollo de las actividades de la vida diaria, en el desarrollo de sus actividades laborales y de ocio.
En definitiva, es importante acreditar como influyen nuestras patologías y limitaciones en todos los actos del día a día, a todos los niveles, incluyendo la movilidad, uso de transportes públicos, autocuidado, etc.
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Valoramos su caso GRATIS
Si usted no está conforme con el grado de discapacidad que se le ha reconocido, y quiere reclamar el mismo, nostros valoramos su caso gratis por E-mail (correo electrónico).
Para ello debe enviarnos un correo electrónico a la dirección abogadoramonescribano@gmail.com contándonos su caso, y enviándonos una copia de la resolución que determina su grado de discapacidad.
Una vez estudiemos su caso individualizadamente, le informaremos de si en nuestra opinión y experiencia profesional, podriamos reclamar dicho grado de discapacidad y el coste que le pueda suponer, enviándole para ello un presupuesto gratis y sin compromiso.
Más información sobre su valoración gratis por E-mail llamado al 958-274169
¿Dónde se presenta dicha reclamación previa sobre grado de discapacidad?.
La reclamación previa, junto con los documentos que fundamenten la misma, se presenta ante el mismo organismo que ha dictado al resolución sobre determinación del grado de discapacidad inicial, y ello, como hemos mencionado, en el plazo de 30 dias desde la notificación de la resolución que queremos reclamar.
Esto provocará que el organismo correspondiente, tenga que valorar nuestras alegaciones y pruebas y revisar la valoración que se ha efectuado en su día, para determinar si procede o no la modificación del grado de discapacidad.
Una vez revisada nuestra reclamación previa, el organismo correspondiente dictará nueva resolución, que nos debe ser notificada, modificando el grado de discapacidad, (si estima nuestras alegaciones), o bien, confirmado el anteriormente reconocido, por que considere que no se ha probado error en la valoración.
Si la reclamación previa de grado de discapacidad es desestimada ¿qué puedo hacer?:
En caso de que se desestime la reclamación previa sobre grado de discapacidad presentada o aún cuando se estime, dicha estimación sea parcial, y no reconozca el grado de discapacidad que entendemos nos corresponde, desde la notificación de dicha resolución, disponemos de 30 dias para acudir a la via judicial social.
El trámite consiste en redactar y presentar una demanda judicial donde expresamos de forma ordenada todos los hechos y fundamentos de derecho aplicables a nuestro caso en particular y que prueben como se debe determinar, de forma correcta, nuestro grado de discapacidad.
Esta demanda provocará que se señale un juicio, dentro de la jurisdicción social, donde se resolverá definitivamente esta controversia relativa a nuestro grado de discapacidad correcto, emitiendo la correspondiente sentencia.
Si quiere ampliar mas información sobre grado de discapcidad puede hacerlo pinchando en este enlace que ahora le dejamos, si vive en Andalucia. Si reside en otra comunidad autónoma, debe acceder al organismo correspondiente de su CCAA. https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/69.html
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