¿Podría solicitar una incapacidad permanente si tengo una artrodesis lumbar o cervical?.

En nuestro despacho de abogados, en Granada, aunque trabajamos en toda España, nos dedicamos fundamentalmente a:

  • Reclamación de pensiones de incapacidad permanente.
  • Impugnaciones o recursos frente a altas médicas.
  • Tramitación y reclamaciones sobre accidentes de trabajo.
  • Cambios de contingencia de incapacidad temporal.
  • Asuntos relacionados con reclamaciones frente a la Seguridad social y de tipo laboral.

En este post vamos a explicar en que consiste una artrodesis lumbar y/o cervical, y si las personas que lo sufren podrían o no solicitar una incapacidad permanente  todo ello con criterios actuales de fecha de lanzamiento de este post en Junio del año 2021.

¿Qué es una artrodesis lumbar y cervical?

La artrodesis podríamos definirla como la inmovilización rígida e irreversible de uno o más segmentos vertebrales, ya sea de la columna lumbar o cervical, que es el objeto de este post.

Es importante destacar que cuando hablamos de segmento vertebral nos referimos a una unidad funcional que consta de dos vértebras adyacentes, el disco intervertebral y los tejidos y ligamentos que une y asocian el mismo y permiten su movilidad y funcionalidad.

Puede ocurrir que por diferentes motivos, como por ejemplo por eventos traumáticos, por causas degenerativas, infecciones, tumores u otras causas aparezca dolor y limitación en dicho segmento vertebral.

Para intentar paliar dichos problemas médicos referidos, los especialistas correspondientes, estudiando cada caso en particular y de forma objetiva, podrían acometer una intervención quirúrgica consistente en artrodesis, que como hemos referido va a consistir en la inmovilización de dichas dos vértebras (o  más si fuere el caso necesario).

Con dicha fijación se pretende conseguir por los especialistas una estabilidad en la columna y aliviar el dolor que pueda sufrir el paciente, además la descomprensión de las raíces nerviosos que pudieran estar afectadas y que motivaron principalmente dicha técnica.

¿Si he sufrido una artrodesis lumbar o cervical podría solicitar una incapacidad permanente?

Dicha pregunta no tiene una respuesta estándar para todos los casos.

Para poder responder a esa pregunta tenemos necesariamente que estudiar cada caso de forma totalmente individualizada y concreta.

No obstante, seguidamente vamos a explicar como analizamos cada caso para que el lector pueda hacerse una idea de los criterios que tenemos en cuanta a la hora de valorar la viabilidad de una incapacidad permanente cuando el interesado ha sufrido una intervención de artrodesis lumbar o cervical.

Artrodesis lumbar y cervical
Abogado Ramón Escribano Garés.
Teléfono 958-274169. E-mail 4135@icagr.es

Los criterios a tener en cuenta son los siguientes.

1º.- Estudio de la información médica del interesado/a:

Es necesario en todo caso, antes de plantearnos reclamar una pensión de incapacidad permanente el estudiar todos los informes médicos que el interesado/a pueda aportarnos.

Específicamente nos interesan pruebas de imagen objetivas como resonancias magnéticas, electromiografías, ecografías, etc.

Asimismo nos interesan los informes de los especialistas que han tratado la lesión de columna concretamente.

Muy importantes a estos efectos es valorar los informes de los servicios de rehabilitación y ello para conocer las limitaciones que puedan quedar a cada interesado/a tras esta intervención quirúrgica, y ellos en aspectos tan esenciales como:

  • Capacidad de carga
  • Movilidad.
  • Deambulación
  • Flexo-extensiones de la columna afectada.
  • Mantenimiento de posturas.
  • Fuerza.
  • Etc.
  • Todo ello al objeto de concretar las exactas limitaciones que quedan a cada persona tras haber terminado el proceso de rehabilitación correspondiente.

En nuestro despacho de abogados la primera consulta por correo electrónico es GRATIS. Envíe su pregunta al correo 4135@icagr.es y le responderemos a la mayor brevedad.


2º.- Estudio de los requerimientos físicos de cada trabajo:

El siguiente paso es estudiar el trabajo de cada interesado/a, y ello desde todos los aspectos antes señalados, es decir, desde:

  • Capacidad de carga
  • Carga biomecánica a nivel cervical y lumbar
  • Aptitudes de bipedestación, deambulación y mantenimiento de posturas forzadas.

Para analizar cada caso es necesario contar con documentos tales como:

  • Informes de vida laboral.
  • Contratos de trabajo.
  • Certificados de tareas expedidos por la empresa.
  • Nóminas.
  • Guía de valoración profesional del INSS
  • Informes de riesgos laborales.
  • Etc.

Con el estudio de dicha documentación, dentro de cada caso en particular, podremos concluir que requerimientos físicos son exigibles al trabajador en su trabajo habitual.

3º.- Determinación de la incapacidad permanente a reclamar:

El último paso consiste en valorar, desde nuestra experiencia profesional de mas de 20 años desarrollando este tip0o de reclamaciones sobre incapacidad permanente, si teniendo en cuenta las limitaciones concretas acreditadas y relacionándolas con el trabajo de cada interesado/a, es o no factible reclamar una incapacidad permanente y en concreto el grado que corresponde a cada interesado.

Como sabemos, los grados pueden ser:

  • Incapacidad permanente parcial
  • Incapacidad permanente total.
  • Incapacidad permanente absoluta
  • Gran invalidez.

Estudio gratis de la viabilidad de su reclamación de incapacidad permanente por artrodesis  lumbar o cervical:


En nuestro despacho de abogado, el estudio de su caso en concreto, es decir, el que le informemos sobre si en nuestra opinión, en su caso particular y concreto, podría ser viable o no una reclamación de incapacidad permanente por artrodesis lumbar y cervical, es totalmente gratis.

Llamen al 958-274169 y le informaremos de los pasos que debe seguir para obtener, gratis, dicha información.  


Acceda a mas contenido similar visitando nuestra web: https://abogadoescribanogares.com/pensiones-de-incapacidad-permanente-y-seguridad-social/

Toda la información de tipo médico que se haya podido referir en este informe lo ha sido sin fines médicos de tipo alguno, solo con la intención de introducir los conceptos jurídicos analizados en el post de tipo generalista que hemos publicado.

Para mas información pueden visitar la web de la Seguridad Social en este enlace: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio

Si quiere escuchar todas estas consideraciones de viva voz vea el vídeo:

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