¿Cuándo prescribe un delito?

Extracto del post: En este post, el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, experto en defensas y acusaciones de tipo penal, va a explicar cuando un delito puede prescribir y por lo tanto quedar impune.

*.- Planteamiento:

Los despachos de abogados que nos dedicamos a las defensas de tipo penal, recibimos muchas preguntas en el día a día de nuestra profesión, relativas a  los plazos de prescripción de los delitos que una persona haya podido cometer.

Esta cuestión genera habitualmente muchas dudas e inquietudes en los interesados, y por ello en los párrafos siguientes de este post vamos a intentar explicarlo de la forma más didáctica posible.

Prescripción del delito.

En este vídeo el abogado penalista en Granada Ramón Escribano Garés, explica en que consiste la prescripción de un delito.

*.- Plazos de prescripción de un delito: Concreción:

En primer lugar tenemos que señalar que esta cuestión se regula en el artículo 131 y siguientes del Código penal al que pueden acceder pinchando en este enlace artículo 131 y siguientes del Código Penal.

En segundo lugar tenemos que manifestar que la prescripción de un delito depende de la gravedad del mismo y en particular del número de años que el Código Penal prevé para el delito en cuestión.

Una vez expuesto lo anterior, vamos a explicar, para cada caso en concreto, cuando prescribe el delito en particular.

1.- Prescribe a los 20 años aquellos delitos que tengan señalada una pena máxima de prisión de quince o más años.

Es decir, el delito tiene que tener señalada una pena máxima de 15 años para que opere este plazo.

2.- Prescribe a los 15 años el delito que tenga señalada una pena máxima de inhabilitación de más de diez años y de prisión de más de diez años y siempre menos de quince años.

3.- A los diez años prescribirán los delitos que tengan señalada una pena de prisión o inhabilitación de más de cinco años y siempre y cuando no superen los diez años e ambos casos, esto es prisión o inhabilitación.

4.- Prescriben a los cinco años todos los demás delitos, excepto los delitos leves y los de injurias que prescriben al año.

Es decir, salvo el delito leve y el de injurias, todos los delitos que tengan señalada una penas máxima de hasta cinco años, prescriben a los 5 años.

¿Cuándo prescribe un delito?

Prescripción de los delitos.

Esto son los plazos de prescripción más habituales en el día a día del derecho penal. No obstante el Código recoge otros plazos para otro tipos de delitos menos comunes, y en particular se refiere a los siguientes:

1.- Los delitos de lesa humanidad y de genocidio así como los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, no prescriben en ningún caso.

2.- Los delitos de terrorismo, si han causado la muerte a una o más personas, tampoco prescriben pro el paso del tiempo.

La especial gravedad de dichos delitos, los de lesa humanidad y de terrorismo antes referidos, conllevan que el paso del tiempo por sí mismo no sea suficiente para que los mismo prescriban.

*.- ¿Cómo se computa el plazo de prescripción?

Esta pregunta se responde en el artículo 132 del Código Penal, y al respecto, tenemos que señalar que:

1.- Los plazos anteriormente explicados se computaran desde el día en que el delito se haya cometido.

2.- ¿Pero qué pasa con los delitos de tipo continuados?, ¿Cuándo comienza el computo del plazo en estos delitos?

En los delitos continuados y permanentes así como en aquellos que exijan habitualidad (por ejemplo malos tratos habituales) el plazo se computará:

  1. Desde el día en que se realizó la última infracción penal
  2. Desde que se eliminó la situación ilícita
  3. O desde que cesó la conducta ilícita.

En cualquiera de esos casos comenzará el cómputo del plazo referido.

*.- Casos especiales de cómputo del plazo:

En el artículo 132 punto primero, último párrafo se hace una referencia especial a el hecho de que la victima sea menor.

A este respecto se dice que cuando el delito sea:

.- Tentativa de homicidio,

.- aborto no consentido,

.- lesiones,

.- Trata de seres humanos

.- contra la libertad

.- torturas y contra la integridad moral,

.- libertad e indemnidad sexuales

.- Intimidad y derecho a la propia imagen

.- Inviolabilidad del domicilio

y la víctima de estos delitos fuere menor de edad, los término del plazo de prescripción se computaran desde el día en que el menor haya alcanzado la mayoría de edad, y si falleciere antes de alcanzarla, desde la fecha del fallecimiento.

En nuestro despacho de abogados somos expertos en derecho penal, tanto para defensas como acusaciones. Si están interesados en contratar nuestros servicios no duden en llamar al 958-274169 y contarnos su caso. La primera consulta es gratis. Ponemos a su disposición más de veinte años de experiencia como abogados penalistas.

Conozca nuestra política de cookies.

ÚLTIMOS POST

POST RELACIONADOS

Ausencia del acusado al juicio.

Ausencia del acusado al juicio.

[vc_row][vc_column][vc_cta h2="Somos abogados expertos en derecho penal. " h4="Llame al 958-274169 y hable con un abogado penalista. " txt_align="center" color="violet"]Llame al 958-274169. Primera consulta telefónica gratis y presupuestos sin...

leer más
Suspensión de la pena de prisión ¿puedo oponerme?

Suspensión de la pena de prisión ¿puedo oponerme?

¿Puedo oponerme a la suspensión de la pena de prisión? Post editado por el abogado en Granada, experto en derecho penal, Ramón Escribano Garés, (Teléfono 958-274169). Extracto del post: En esta entrada vamos a explicar si es posible que el perjudicado por el delito,...

leer más
error: Content is protected !!