¿ Que documentos son necesarios para obtener autorización de residencia por reagrupación familiar en España? ¿ Que procedimiento hay que seguir para obtener esta autorización?

Extracto: En este post vamos a explicar los documentos que son necesarios para obtener una autorización de residencia por reagrupación familiar en España  así como el procedimiento de solicitud ante la Oficina de extranjería.

Post editado por Ramón E. Escribano Garés (Abogado colegiado en Granada con el número 4135).

reagrupación-familiar

Los documentos exigibles para solicitar autorización de residencia por reagrupación familiar son los siguientes:

– Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-02) cumplimentado y firmado por el reagrupante, esto es, por la persona que ya reside en España. Pueden descargarlo en este enlace: Impreso para solicitar autorización de residencia por reagrupación familiar
-Copia del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción en vigor del reagrupante.
– Copia compulsada de la documentación que acredite que cuenta con empleo y recursos económicos para atender las necesidades de la familia como por ejemplo contrato de trabajo, nóminas, declaración sobre la renta, alta de actividad empresarial o profesional, pagos fraccionados realizados, cheques certificados o de viaje, tarjetas de crédito, etc.

– Acreditar de que se dispone de una vivienda adecuada para la familia siendo necesario un informe de  la Comunidad Autónoma de residencia del extranjero o en su caso del Ayuntamiento. Se puede probar este extremo con cualquier prueba, como por ejemplo copia de las escrituras de compra de la vivienda, del contrato de alquiler, etc.

-Copia del pasaporte del reagrupado.

– Copia de la documentación que acredite la relación familiar entre reagrupante y reagrupado.

-Documentación acreditativa de tener asistencia sanitaria.

¿ Cual es el procedimiento a seguir para obtener la autorización de residencia por reagrupación familiar en España?

La solicitud que antes hemos referido deberá presentarla el reagrupante en la Oficina de Extranjería de su provincia de residencia y pagar la tasa correspondiente que se devengará en el momento de admitir a tramite la solicitud y que asciende a 10,40 euros (tasa modelo 790: código 052 epígrafe 2.1).

¿ Cual es el plazo de resolución de la autorización de residencia por reagrupación familiar?

El plazo es de 45 días.

¿ Que pasa si transcurren los 45 días y no se ha resuelto el expediente?

En este caso se entenderá que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo negativo, comenzando por ello los plazos para recurrir.

¿ Que hay que hacer en caso de que se conceda dicha autorización de residencia por reagrupación familiar?

En este caso el familiar reagrupado dispone de dos meses para solicitar personalmente el visado en el consulado del lugar donde resida debiendo adjuntar en dicha solicitud de visado los siguientes documentos:

-Pasaporte

.-Certificado de antecedentes penales

-Certificado médico

–Documentación original que acredite la relación familiar con el reagrupante.

Cuando todo esto se aporte el Consulado notificará la concesión de un visado que el reagrupado deberá recoger en el plazo de dos meses como máximo y entrare en territorio español dentro del plazo contemplado en el visado, que nunca podrá superar los tres meses.

Una vez en España el reagrupado deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero en la oficina de extranjería o en la comisaría policía de la provincia donde vaya a residir.

¿ Este tipo de autorización de residencia por reagrupación familiar autoriza a trabajar?

La respuesta  es que si los reagrupados son el cónyuge, pareja e hijos en edad laboral si habilita para trabajar por cuenta ajena o propia sin necesidad de mas trámite administrativo.

¿Cuál es la vigencia de la autorización de residencia por reagrupación familiar?

Es la misma que tenga el reagrupado.

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