Autorización de regreso ¿ en que consiste? ¿ como se tramita?
Post editado por Ramón E. Escribano Garés ( Abogado)
¿ Que es una autorización de regreso?
Se trata de autorizar la salida de España, y su posterior retorno, de un extranjero cuya autorización de residencia o estancia en España se encuentra en periodo de renovación o de prorroga.
¿ Cuales son los supuestos a los que se refiere la autorización de retorno?
Son los siguientes:
-Que el extranjero sea titular de una autorización de residencia o estancia y haya iniciado los tramites necesarios para su renovación o prorroga que le habilite a permanecer en España dentro del plazo legal.
-Que sea titular de una tarjeta de identidad en vigor y que haya presentado solicitud de duplicado de la tarjeta por robo, extravío o destrucción.
-Que el extranjero acredite que el viaje que pretende emprender se deba a una situación de necesidad y que es excepcional.
-Tener resuelta favorablemente la autorización inicial de residencia o estancia y tener en tramite la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero.
¿ Existe alguna limitación para otorgar la autorización de regreso?
Si existe y se refiere al caso de que no se podrá otorgar una autorización de regreso a los extranjeros sobre los que pese una prohibición de salida de España o esté sometido a una medida cautelar judicial de presentación en el Juzgado o pendiente de un proceso de extradición a otro país.
¿ Que documentos exige la autorización de regreso?
– Impreso en solicitud oficial que pueden descargar en este enlace: Impreso solicitud de autorización de regreso
-Pasaporte o documento de viaje en vigor
-copia solicitud renovación o prorroga
-copia de la tarjeta de identidad de extranjero o resguardo de haberla solicitado
¿ Hay que pagar alguna tasa por la autorización de regreso?
Si, en concreto la tasa deberá ser pagada con anterioridad a la expedición de la autorización de regreso y ello por la tramitación del expediente. Se tiene que pagar en el mismo momento de presentar la solicitud y su importe asciende a 10,20 euros.
El modelo de tasa es el 790 si se tramita en la oficina de extranjería o el 012 si se tramita en Comisaría de Policía.
¿ Que vigencia tendrá la autorización de regreso?
La vigencia de esta autorización será de 90 días
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