¿Qué régimen de visitas, en el divorcio, es el adecuado cuando los hijos son adolescentes?

Post editado por el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, experto en divorcios y derecho de familia, en fecha 30-10-2017.

*.-Planteamiento del caso:

Cuando una pareja decide divorciarse y tiene hijos, una de las medidas más importantes que hay que establecer es la custodia de los hijos, y cuando ésta se atribuye a uno de los progenitores, hay que establecer un régimen de visitas a favor del cónyuge que no ostenta la custodia.

Este régimen de visitas a favor del cónyuge no custodio, en casos de normalidad, es decir, cuando no hay obstáculos en contra, suele venir bastante determinado  en la práctica diaria, siendo muy común acordar un régimen de visitas  de fines de semana alternos, visita inter-semanal y vacaciones de por mitad.

Esto anterior es muy habitual en hijos menores de edad, y en particular cuando los hijos no son todavía adolescentes, pero ¿qué ocurre cuando los hijos son adolescentes?, en este caso ¿debe acordarse dicho régimen de visitas o es mejor para los hijos adolescentes uno acorde a su edad?

En los puntos siguientes de este post vamos a efectuar algunas reflexiones al respecto.

*.- Régimen de vistas en hijos adolescentes tras el divorcio:

En primer lugar, tenemos que aclarar que nos estamos refiriendo a hijos que tienen 14 o más años, y que por lo tanto no son mayores de edad.

A partir de la mayoría de edad, entendemos, es un hecho evidente que, la relación de cada hijo con sus progenitores, incluido el no custodio, debe quedar al libre arbitrio de ambas partes, sin que puedan ser sometidos a un régimen de visitas en particular, entre otras cosas porque la custodia de los hijos termina al alcanzar estos su mayoría de edad.

Dicho lo anterior, cuando los hijos son adolescentes, (14 años en adelante); ¿qué régimen de visitas es el adecuado?, ¿sería adecuado en esos casos el régimen de visitas usual para cuando los hijos son niños de menos de 14 años?

Desde este momento tenemos que manifestar que la respuesta a esta pregunta dependerá de cada caso en particular, y que lo que seguidamente vamos a mencionar, debe entenderse siempre con carácter meramente general y por lo tanto no aplicable a todos los casos.

Sin duda estimamos que, cuando los hijos son adolescentes, la relación de estos con el progenitor no custodio debe gozar de un criterio de libertad lo más amplio para el adolescente. Hay que valorar los intereses y necesidades del adolescente a la hora de fijar un régimen de vistas en particular.

Con estas edades, las ocupaciones y necesidades de los hijos no son las mismas que cuandoeran niños, y por ello, esas necesidades y deberes de los adolescentes tienen que ser tenidas en cuenta a la hora de fijar un régimen de visitas, siempre teniendo en cuenta el interés superior en todo momento del propio menor.

El criterio de libertad del menor, y de su interés primordial, debe conjugarse con el derecho del progenitor no custodio para relacionase con su hijo, pero siempre en criterios de libertad lo más amplios posibles.

Dicho lo anterior:

.- ¿Debe quedar a criterio del adolescente como relacionarse con su progenitor no custodio?

.- ¿Se debe imponer un régimen de visitas obligatorio caso de que el adolescente no quiera relacionarse con el progenitor no custodio?

Para responder a estas dos preguntas tenemos que manifestar que, tal y como hemos dicho antes, depende de las circunstancias de cada caso en concreto, y por ello habrá casos en que será conveniente, tras las recomendaciones de expertos psicólogos y asistentes sociales, establecer un régimen de visitas adecuado al caso en concreto, y otros, en que el hijo adolescente y el progenitor no custodio podrán articular sus visitas de forma pactada y acorde a sus necesidades y posibilidades.

Si quieren acceder a la regulación legal del derecho de vistas pueden hacerlo en este enlace: Derecho de visitas en caso de divorcio.

*.-Régimen de vistas con adolescentes antes de iniciar el divorcio:

Si se trata de regular las visitas con hijos adolescentes antes de iniciar el proceso de divorcio, nosotros aconsejamos que se tenga en cuenta la opinión del adolescente a estos efectos. El abogado debe hablar con el hijo adolescente y saber su opinión al respecto, conocer sus deseos y necesidades y oír sus motivaciones antes de solicitar un determinado régimen de visitas.

Incluso, caso de ser necesario, se deberán aportar a la demanda de divorcio, los dictámenes periciales necesarios que aconsejen uno u otro régimen de visitas en estos casos.

Divorcio e hijos adolescentes.

Visitas en caso de divorcio con hijos adolescentes.

*.-Régimen de visitas con adolescentes en casos de divorcios antiguos:

En este caso nos referimos al siguiente supuesto:

1.-El divorcio de los progenitores se realiza cuando los hijos cuentan con pocos años de edad.

2.-En dicho  divorcio se acuerda un régimen de visitas determinado.

3.-Al llegar los hijos a la adolescencia, por los motivos que sean, estos manifiestan su disconformidad con dicho régimen de visitas

4.-¿Cómo se debe actuar en estos casos?

Lo más sensato es llegar a un acuerdo con los hijos y con el otro progenitor, para regular las visitas de forma diferente teniendo en cuenta las necesidades y preferencias de los adolescentes, adaptándonos a la realidad y a las circunstancias nuevas que en cada caso se puedan presentar.

Una vez llegado a dicho acuerdo, se debe registrar por escrito e instar una demanda de modificación de medidas que lleve a dictar una resolución judicial que acuerde la modificación de dicho sistema de régimen de visitas antiguo por el nuevo pactado.

Pero ¿y si no podemos legar a un acuerdo?. En ese caso el cónyuge custodio, deberá proveerse de informes periciales adecuados y de todas las pruebas que demuestren que el mantenimiento del régimen de visitas actual, perjudica al adolescente y que es necesario modificarlo, instando la correspondiente demanda en tal sentido.

A modo de conclusión, entendemos, que en caso de hijos adolescentes, las visitas del cónyuge no custodio, deben adaptarse a las necesidades y preferencias de los adolescentes, siempre y cuando eso no les suponga perjuicio a los mismos ni vulnerar el derecho de los progenitores a relacionarse con sus hijos. Los criterios de libertad y de solidaridad, deben guiar en todo momento a las partes para llegar a un punto de entendimiento correcto y adecuado para todos.

*.- Abogados expertos en divorcios y derecho de familia:

Nuestro despacho de abogados es experto en tramitar procesos de divorcio y cualquier otro relacionado con el derecho de familia (separaciones matrimoniales, custodia compartida, custodia exclusiva para uno de los cónyuges, pensiones de alimentos, pensiones compensatorias, modificación de medidas de divorcios anteriores, etc).

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