¿Qué debo hacer para no estar obligado al pago de dicha pensión?

En nuestro despacho de abogados en Granada, aunque trabajamos en toda España, una de nuestras especialidades es el derecho de familia, y e especial tramitación de:

  • Divorcios y separaciones matrimoniales.
  • Procesos de modificación de medidas de divorcios anteriores.
  • Custodia compartida de los hijos.
  • Custodia exclusiva de los hijos
  • Pensiones de alimentos a los hijos
  • Pensiones compensatorias al cónyuge.
  • Indemnizaciones por divorcio.
  • Liquidación de bienes gananciales

Dentro de esta especialidad, ya través de nuestra que, una persona nos planteó la siguiente pregunta:

Estoy divorciado y con dos hijos cuya custodia se atribuyó a la madre y tengo que pagar la pensión de alimentos a mis hijos , pero ahora, uno de ellos se ha venido a vivir conmigo ¿debo seguir pagando la pensión del este hijo que ahora vive conmigo?, ¿qué debo hacer?.

Seguidamente vamos a responder a esta pregunta.

Modificación de medidas para eliminar la pensión de alimentos:

En el caso que hemos planteado, lo procedente es tramitar un proceso de modificación de medidas para conseguir modificar la sentencia ue impone al padre, en este caso, el pago de la pensión de alimentos a sus dos hijos.

Somos abogados especializados en derecho de familia, divorcios, custodia compartida, modificación de medidas. Pida su presupuesto gratis en el teléfono 958-274169 o enviando un correo a la dirección 4135@icagr.es

Se trata de adecuar la sentencia que establece esta obligación del pago de la pensión alimentos a sus dos hijos a la realidad actual, ya que de lo contrario, mientras no se modifique la sentencia, la obligación de pago seguirá subsistiendo.

Abogado especializado en divorcios y modificación de medidas. Eliminar pensión de alimentos.
Eliminar pensión de alimentos.
Abogado especializado en modificación de medidas. Telf: 958-274169 E-mail 4135@icagr.es

¿Cómo puedo modificar la sentencia en relación a la pensión de alimentos?

Se puede modificar mediante una demanda de modificación de medidas.

Esta demanda puede ser:

1.- De mutuo acuerdo:

Es decir, los progenitores pueden redactar y firmar un convenio regulador que refleje la situación actual y por ello, de mutuo acuerdo, decidan eliminar la pensión de alimentos del hijo que ahora vive con el padre.

Esto conllevará que la custodia del hijo en particular que ahora vive con el padre pase de la madre al propio padre, y por ello incluso puede que sea necesario establecer una pensión a favor del hijo pero ahora a cargo de la madre, aunque todo va a depender de las circunstancias del caso en concreto que se plantee.

Una vez firmado el convenio regulador, habrá que legalizarlo en el Juzgado de familia que dictó la sentencia que estableció la obligación de pago de la pensión de alimentos.

Para este proceso es necesario la intervención de abogado y procurador.

2.- Contencioso:

Si las partes  no se ponen de acuerdo, el interesado deberá presentar una demanda de modificación de medidas de carácter contencioso, lo que conllevará que se abra un proceso judicial, al final del cual se dictará sentencia modificando la custodia del menor y la pensión de alimentos, y en cuanto a nuestro caso en particular, eliminado la obligación de pago del padre de la pensión de alimentos del hijo que ahora vive con él.

¿Puedo dejar de pagar la pensión de alimentos desde que el hijo viva conmigo?

Hay que decir, que mientas la sentencia esté vigente tal cual, es decir, mientras no se modifique, el padre de nuestro caso deberá seguir pagando la pensión de alimentos, ya que la misma está vigente.

No obstante en la demanda de modificación de medidas se deberá solicitar al Juzgado de familia que los efectos de la eliminación de la pensión de alimentos se retrotraigan a la fecha de convivencia efectiva del menor con su padre. Por ello, nosotros aconsejamos que:

1.- Si es posible un acuerdo entre los progenitores, que lo hagan lo antes posible, y por ello no se tengan que pagar pensiones de alimentos que puede que posteriormente haya que devolver.

2.- Si nos es posible un acuerdo se interponga la demanda de modificación de medidas lo antes posible para que la obligación de pago quede extinguida rápido. Incluso en la demanda, solicitaría unas medidas provisionales para que la obligación de pago cesara lo antes posible.

Conclusión: ¿tengo que seguir pagando la pensión de alimentos si mi hijo vive ahora conmigo?

En resumen y como conclusión a todo lo expuesto es que para eliminar dicha pensión de alimentos y modificar la guarda y custodia del hijo que ahora vive con el padre, debe tramitarse, de forma urgente, un proceso de modificación de medidas al objeto de adecuar la sentencia de divorcio a la realidad actual.

Si tiene cualquier duda o pregunta al respecto relativa a la eliminación de la pensión de alimentos puede enviarnos un correo a la dirección 4135@icagr.es y le responderemos encantados.

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