¿Qué pasa si mi hijo se opone a la custodia compartida?.
Extracto de la entrada: En esta entrada el abogado Ramón Escribano Garés, especialista en asuntos relacionados con derecho de familia, va a explicar como se puede actuar en aquellos casos en que los hijos se opongan a que se acuerde un sistema de guarda y custodia compartida.
*.- Mi hijo se opone a su custodia compartida: Planteamiento:
El caso que queremos abordar puede partir de este ejemplo:
1.- Un cliente acude a nuestro despacho y nos plantea que quiere divorciarse y reclamar la guarda y custodia compartida de su hijo.
2.- Analizamos el caso y podemos comprobar como se cumplen todos los requisitos que en abstracto nos permitirán solicitar la guarda y custodia compartida, como por ejemplo, domicilios cercanos el uno del otro, edad del hijo adecuada para ello, trabajos de ambos progenitores adecuados para este régimen de custodia, etc.
3.- Tras presentar la demanda recibimos el escrito de contestación a la misma presentado por la parte contraria, donde se pone de manifestó que el hijo no quiere que su custodia sea compartida, sino que prefiere que la ostente solo uno de los progenitores.
4.- ¿Esto hace inviable la custodia compartida?, ¿cómo debemos actuar en este caso en particular?.
Seguidamente vamos a dar algunos consejos sobre este tema en particular no sin dejar dicho desde este momento que cada caso se debe estudiar de forma concreta y particular para poder actuar en consecuencia . Todo lo que ahora vamos a exponer tiene carácter meramente generalista.
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*.- Mi hijo se niega a su custodia compartida: Consejos:
Este hecho, por si mismo, no hace inviable una demanda de custodia compartida pero sin duda si la dificulta.
Cuando nos encontramos ante este tipo de casos, lo que hay que hacer es indagar en los motivos que pueden existir para que el menor se oponga a dicha custodia compartida teniendo siempre presente que lo que se pretende con una custodia compartida y en general con cualquier tipo de custodia, es hacer lo que más convenga y beneficie al menor.
Pero ¿cómo podemos indagar en los motivos?. Desde el punto de vista legal tenemos que mencionar que se cuentan con varios medios que nos pueden poner de manifiesto los motivos que pudieran existir al respecto. Estos son los siguientes:
1.- Informes del equipo psicosocial adscrito al Juzgado de familia:
Ante este tipo de oposiciones del menor a su guarda y custodia compartida, tanto las partes del proceso, incluido la fiscalía, como el propio juez, podrá recabar el informe de este tipo de equipos adscritos al Juzgado. Los mismos, formados por psicólogos y asistentes sociales, se entrevistarán con los progenitores y con los propios menores y podrán indagar en cada caso en particular que es lo que está ocurriendo realmente y podrán informar al juzgado si en ese caso en particular la custodia compartida es lo más adecuado o no dados los hechos que analicen.
En las conclusiones de dichos informes periciales se podrá determinar si la oposición de los menores a su guarda y custodia compartida es relevante o si por el contrario puede esconder algún tipo de manipulación por alguno de los progenitores.
2.- Informes periciales particulares:
Las propias partes del proceso de familia podrán acudir a la práctica de informes periciales con expertos psicólogos, especializados en asuntos de familia que puedan indagar en las razones alegadas por los menores y aconsejar al juez de familia sobre si habría o no que seguir dichas opiniones.
3.- Exploración del menor:
También el juez de familia podrá entrevistarse con los menores afectados e indagar en los motivos que pueden existir para dicha oposición, conociendo, por ello, de primera mano, los motivos y posibles contradicciones que existan en cada caso en particular.
Tenemos que decir que la edad de los menores es un factor muy determinante a estos efectos. No es lo mismo que un menor de 8 años, por ejemplo, se oponga a su guarda y custodia compartida, que lo haga un menor con 16 años. Por ello la intervención de dichos especialistas antes referidos, es trascendental para el éxito de nuestra demanda de custodia compartida en caso de oposición del menor afectado.
Conclusión: La oposición del menor a su guarda y custodia compartida puede suponer un problema importante para que la misma acaba adoptándose. Se deben indagar las verdaderas causas de dicha oposición para adoptar un régimen de guarda y custodia que sea lo que más beneficie al menor, que es lo más importante en todos estos procesos relacionados con la guarda y custodia.
NOTA: Cada caso se debe estudiar de forma particular y concreta para establecer estrategias de reclamación legal. Lo expuesto en este post tiene carácter meramente generalista.