¿En que casos tiene que intervenir la Fiscalía en un proceso de divorcio?.

Extracto de la entrada: en este post vamos a explicar en que casos está obligado a intervenir el ministerio fiscal dentro de un proceso de divorcio y la causa por la que en esos casos es preceptiva su intervención.

*.- Intervención de la Fiscalía en procesos de divorcio: Planteamiento:

Es bastante habitual en los despachos de abogados que nos dedicamos al derecho de familia que los clientes, cuando les informamos que debe intervenir el Ministerio fiscal en este tipo de procesos, nos hagan las siguientes preguntas:

1.- ¿En qué casos debe intervenir el fiscal?; ¿es preceptiva su intervención?.

2.- ¿Cuál es el motivo de dicha intervención de la fiscalía?

3.- ¿Qué tipos de procesos se ven afectados?, ¿también los de mutuo acuerdo?.

Seguidamente, en este post vamos a aclarar esta situación.

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*.-  Fiscalía y procesos de divorcio:

El ministerio fiscal está obligado a intervenir en todos aquellos procesos de divorcio en los que puedan verse afectados menores de edad y personas que no puedan gobernarse por si mismas al padecer alguna enfermedad mental o física que le limite dicha capacidad.

En los casos que hemos expuesto en el párrafo anterior la intervención del Fiscal es obligatoria y por lo tanto preceptiva, siendo por ello parte legitimada para actuar en estos procesos de divorcio en los que intervengan dichas personas.

*.-Finalidad de la intervención del fiscal en procesos de divorcio:

El Ministerio Fiscal debe intervenir en estos procesos para tutelar los derechos de las personas mencionadas, es decir, de los menores y de las personas que no pueden gobernarse por si mismas.

Con su intervención el Estado se garantiza que las medidas que se puedan adoptar en este tipo de procesos de derecho de familia no van a perjudicar los intereses y los derechos de las personas que mas lo necesitan y que mas indefensas pueden estar en estos procesos, ya que la defensa de sus intereses es una de las finalidades del Ministerio Fiscal.

Fiscalía y divorcios.

Intervención de la Fiscalía en proceso de divorcio.

*.- ¿En qué tipos de procesos de divorcio interviene el Fiscal?; ¿también en los de mutuo acuerdo?.

Intervienen en todos los procesos en los que se puedan ver afectados los intereses de menores y persona s que no pueden gobernarse por sí mismas, y por ello tanto en procesos de divorcio de carácter contencioso como en aquellos que lo son de mutuo acuerdo.

En los procesos de divorcio de mutuo acuerdo, una vez presentado el convenio regulador por los cónyuges, y tras su ratificación a presencia judicial, el mismo, es decir, el convenio regulador será notificado al Ministerio fiscal para que el mismo pueda estudiar si el citado convenio vulnera o no los derechos de las personas antes referidas. En caso de que no vulnere estos derechos, el Ministerio Fiscal dará su visto bueno y el juzgado de familia dictará sentencia de conformidad con dicho convenio.

No obstante, en caso de que el Ministerio fiscal informe negativamente sobre el convenio regulador, será el Juez de familia, el que a la vista de dichas alegaciones, bien apruebe el convenio regulador o en su caso ponga de manifiesto las deficiencias que pudieran existir para que los cónyuges las subsanen dentro del plazo que al efecto se les otorgue.

En caso de divorcio de tipo contencioso, el Ministerio fiscal será una parte mas del proceso, interviniendo en todas su fases como por ejemplo en la contestación a la demanda, en la celebración de la vista principal del proceso y en las vistas de medidas provisionales y realizando las conclusiones que estime oportunas  al término del juicio. Incluso podría presentar recurso contra la sentencia que en su momento dicte el Juzgado de familia.

Además de en los procesos de divorcio y separación matrimonial, también interviene el Ministerio fiscal en otros procesos de familia tales como los procesos sobre medidas de hijos no matrimoniales y asimismo en los procesos de modificación de medidas adoptadas en anteriores procesos, siempre y cuando intervengan o puedan verse afectados los derechos de los menores y de personas que no pueden gobernarse por si mismas.

Para mas información pueden acceder a la web fiscal.es

Conclusión: La Fiscalía está obligada a intervenir en todos aquellos procesos de familia en los que puedan verse afectados los derechos de los menores y personas que no pueden valerse por si mismas y su finalidad es proteger los derechos de estas personas. Sin duda una intervención totalmente necesaria y que va a favorecer que las medidas que se adopten en vía judicial sean las mas adecuadas para las personas cuyos derechos tutelan.

Nota: Este post tiene carácter generalista. Cada caso se debe estudiar de forma particular para establecer estrategias de reclamación y actuación legal.

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