Pena de multa en juicio penal.
Post editado por el abogado penalista en Granada Ramón Escribano Garés, (teléfono 958-274169), en fecha 16-10-2017.
*.- Planteamiento:
En nuestro despacho de abofados, una de las especialidades que llevamos ejerciendo durante más de veinte años, es el derecho penal, que comprende tanto defensas como acusaciones de este tipo.
En muchas ocasiones nos tenemos que enfrentar a acusaciones de delitos que conllevan penas de multa, y los clientes que nos encargan su defensa, cuando se le informa sobre este tipo de pena, nos suelen plantear numerosas preguntas al respecto.
Por ello, en este post vamos a explicar algunos de los aspectos más relevantes de la pena de multa que deriva de la comisión de un delito penal.
*.- ¿Qué es la pena de multa?, ¿qué son los días-multa?:
La pena de multa consiste en un tipo de pena que se puede imponer al autor de un delito que prevea dicha pena, y que va a consistir en la imposición, al condenado por dicho delito, de una sanción pecuniaria.
La multa, en la generalidad de los casos, se impone por el sistema de días multa.
Con un ejemplo se comprenderá mejor:
1.-Una persona comete un delito cuya pena está prevista en el Código Penal con pena de multa de uno a tres meses.
2.- La persona de nuestro ejemplo es condenado a un mes de multa, con una cuota diaria de 5 euros.
3.-Esto significa que la multa total que tiene que pagar el condenado es de 150 euros, es decir, 5 euros por 30 días que tiene un mes.
4.-No es correcto el afirmar que cada día, durante treinta días, el condenado tiene que pagar 5 euros, sino que la cuantía de la multa es 150 euros (5 euros al día por 30 días).
*.- Extensión mínima y máxima de la pena de multa:
La pena de multa tendrá como mínimo una extensión de diez días y como máximo de 2 años.
A estos efectos, es decir, a efectos de la pena de multa, el año se computa por 360 días y el mes por 30 días.
Por ejemplo, si la multa consistiera en un año de multa con cuota diaria de 5 euros por día, la multa consistiría en una cantidad de 1800 euros (360 días por 5 euros al día).
Esto anterior se refiere solo y exclusivamente cuando el condenado a la pena de multa sea una persona física. Si el condenado es una persona jurídica, la pena de multa podría extenderse hasta 5 años.
En cuanto a la cuantía de la pena de multa también existe un máximo y un mínimo legal.
En caso de personas físicas la cuantía del día multa mínima es de dos euros y la máxima de 400 euros por día.
En el caso de personas jurídicas el mínimo de la cuota diaria es de 30 euros y el máximo de 5.000 euros.
Para acceder a la regulación legal de este tipo de pena pueden hacerlo pinchando el siguiente enlace: regulación legal de la pena de multa.
*.- Abogados penalistas expertos:
Somos abogados expertos en defensas y acusaciones de tipo penal. Ofrecemos a cualquier interesado la primera consulta telefónica gratis. Pueden llamarnos al 958-274169 y contarnos su caso. Le haremos llegar un presupuesto gratis y sin compromiso con el coste que supone contratarnos para hacernos cargo de su defensa penal.