Si pido una custodia compartida no tengo que pagar pensión a los hijos ¿verdad?

Post editado por el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, (teléfono 958-274169), experto en divorcios y derecho de familia, en fecha 9-8-2017.

*.- Planteamiento del caso:

Es muy frecuente en los despachos que nos dedicamos al derecho de familia que se nos plantee el siguiente caso:

1.- Una persona, casada o no, con hijos, decide poner término a su relación de pareja.

2.- La intención de la persona de nuestro ejemplo es solicitar una custodia compartida de sus hijos.

3.- Una vez nos expone el cliente cual es el sistema de custodia compartida que cree conviene mas a su situación personal y por supuesto a sus hijos, nos pregunta ¿En este caso tendré que pagar pensión de alimentos a mis hijos o como vamos a tener una custodia compartida la pensión no se paga? .

Seguidamente vamos a dar respuesta, con carácter general a esta pregunta tan frecuente en el día a día de los despachos de abogados de familia como el nuestro.

*.- La custodia compartida no exime del pago de la pensión a los hijos en todos los casos:

Lejos de lo que los consumidores en general tienen entendido a este respecto, tenemos que señalar, como la ha hecho en varias ocasiones ya nuestro Tribunal Supremo, y en particular la sentencia de fecha 11-2-2016, que en todos los casos en que se adopte una custodia compartida, no por ello se exime a uno de los progenitores del pago de una pensión de alimentos a sus hijos.

Nuestro Tribunal Supremo ha señalado que en aquellos casos en que exista una desproporción entre los ingresos de ambos progenitores o cónyuges; en esos casos uno de ellos, el que perciba mayores ingresos, deberá pagar una pensión de alimentos a sus hijos durante el perito de tiempo que pasan con el otro progenitor.

El motivo que menciona al respecto nuestro Tribunal Supremo es que la pensión de alimentos debe ser proporcional no sólo a las necesidades de los menores sino también a los medios económicos del que  tiene que darlo, y en casos de que exista desproporción en dichos ingresos, se debe imponer una pensión que se haya acordado un sistema de custodia compartida.

Pueden acceder a dicha sentencia en este enlace: Sentencia Tribunal Supremo 55/2016.

Un ejemplo típico es el siguiente:

1.- Matrimonio que se divorcia y en el que uno de los  cónyuges no ha trabajado nunca y el otro era el que sostenía a la familia.

2.- Se acuerda un sistema de custodia compartida respecto de los hijos.

3.- En este caso, dada la carencia de medios económicos del primer cónyuge, el otro, el que si percibe ingresos, debe pagar una pensión de alimentos a sus hijos, cuya cuantía se calculara sobre las necesidades de los mismos en los periodos de tiempo que pasa con el otro cónyuge.

Caben otros muchos ejemplos, el mencionado es uno de los mas claros al respecto de contenido de este post.

Alimentos en caso de custodia compartida.
Custodia compartida y pensión de alimentos.

*.- Pensión de alimentos en caso de custodia compartida: ¿temporal o indefinido?.

En estos casos en los que procede establecer una pensión de alimentos en caso de custodia compartida, los alimentos que uno de los cónyuges tiene que pagar ¿pueden ser temporales o por el contrario deben ser indefinidos?

La postura mantenida al respeto por el Tribunal Supremo es considerar que deben establecerse con carácter indefinido, y ello para no hacer depender la pensión de los hijos, que está destinada a cubrir las necesidades de los mismos, de que el progenitor encuentre o no trabajo e ingresos suficientes.

Ni que decir tiene que, en caso de que el progenitor que no percibía ingresos y que percibe la pensión de alimentos destinada a sus hijos, en caso de venir a mejor fortuna y contar con ingresos suficientes, el pagador de la pensión podrá instar una modificación de medidas tendente a extinguir dicha pensión.

En nuestro despacho de abogados somos expertos en procesos de divorcio de divorcio y custodia compartida. Llame al 958-274169 y cuéntenos su caso. La primera consulta telefónica es gratuita. Presupuestos sin compromiso.

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