¿Se puede convertir un divorcio contencioso en otro de mutuo acuerdo?
Post editado por el abogado en Granada Ramón Escribano Garés (Teléfono 958-274169), en fecha 23-10-2017, experto en divorcios y derecho de familia.
*.- Planteamiento del caso:
Es muy común en los despachos de abogados que nos dedicamos a tramitar divorcios y separaciones matrimoniales, que antes de interponer una demanda de este tipo, se intente llegar a un acuerdo amistoso sobre las medidas que van a regir tras el divorcio o la separación matrimonial.
Para ello, es habitual que nos pongamos en contacto con la parte contraria, aunque es más deseable hacerlo con su abogado, al objeto de intentar transar dichas medidas que derivan del divorcio o la separación matrimonial.
Si el acuerdo es posible, se firmará por las partes un documento denominado convenio regulador, donde se establecerán las medidas que van a regir en el mismo y que atañen, entre otras, a las siguientes medidas:
.- Divorcio o separación matrimonial.
.- Uso de la vivienda familiar
.- Patria potestad.
.- Guarda y custodia de los hijos (custodia compartida o custodia exclusiva para uno de los cónyuges)
.- Pensiones de alimentos a los hijos
.- Pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges
.- Liquidación del régimen económico matrimonial de gananciales.
Para más información sobre estas medidas, pueden pinchar en el siguiente enlace que les deriva directamente a las normas reguladoras de esta cuestión en el Código Civil. Código Civil.
Una vez firmado por las partes dicho convenio regulador, se presentará una demanda de divorcio o separación matrimonial de mutuo acuerdo, que requerirá la ratificación del convenio a presencia judicial de los firmantes de dicho documento, antes del dictado de la sentencia definitiva.
Muchas veces, sin embargo, no se logra un acuerdo y nos vemos obligado a interponer una demanda ante el Juzgado de familia, demanda que se denomina contenciosa. Y ante esto hecho surgen las siguientes preguntas:
1.- Si he interpuesto ya la demanda ¿ya no cabe la posibilidad de llegar a un acuerdo y transar dichas medidas del divorcio?
2.- ¿Puede convertirse un proceso que se inicia como contencioso en otro que termine como mutuo acuerdo?.
Seguidamente respondemos a estas preguntas.
*.- Conversión de un divorcio contencioso a otro de mutuo acuerdo:
La respuesta a las dos preguntas anteriores tiene un sentido afirmativo.
Aunque la demanda de divorcio o separación matrimonial se haya iniciado de forma contenciosa, es decir, sin existir acuerdo entre las partes, si durante el proceso, y siempre antes de que se dicte sentencia, las partes llegan a un acuerdo sobre todas las medidas que deben regir su proceso de divorcio o separación, en ese caso, se puede, en primer lugar, suspender los autos de divorcio contencioso para que las partes puedan elaborar un convenio regulador de dicho proceso, y una vez redactado y firmado por las partes, se deberá presentar para su tramitación como si fuera un proceso de divorcio o separación matrimonial de mutuo acuerdo. Es decir, cabe la conversión del proceso de contencioso a mutuo acuerdo.
No obstante, también es posible, y hasta bastante habitual, que el mismo día señalado para la vista del juicio por divorcio o separación matrimonial, se llegue a un acuerdo por ambas partes en presencia judicial (en el mismo acto del juicio), sobre todas estas medidas.
En ese caso, el juez de familia tomaría nota de las mismas y dictará una sentencia de acuerdo a lo pactado por las partes en dicha vista judicial.
*.- Abogados especialistas en divorcios y separaciones matrimoniales:
En nuestro despacho de abogados somos expertos en divorcios y procesos de familia en general. Ofrecemos a todos los que estén interesados, el servicio de primera consulta telefónica gratis. Pueden llamarnos al 958-274169 y contarnos su caso. Le enviaremos un presupuesto gratis con el coste que les supondría contratarnos para tramitar su divorcio, separación matrimonial o modificación de medidas de un proceso anterior.