Sentencias sobre clausulas suelo retroactivas. Novedades.
Extracto de la entrada: en esta entrada vamos a poner de manifiesto como ya se están dictando sentencias acogiendo la devolución de lo cobrado de más por la clausula suelo y ello desde la firma de la hipoteca, tal y como ha establecido la reciente sentencia del Tribunal de justicia de la unión Europea.
Post editado por el abogado en Granada, Ramón Escribano Garés, especialista en demandas en reclamación de clausulas suelo, en fecha 6-1-2017.
*.- Sentencias sobre clausulas suelo retroactivas: Antecedentes:
Como ya hemos explicado en otras entradas en este blog, recientemente se ha dictado una sentencia por el Tribunal de Justicia de la unión Europea, en concreto en fecha 21-12-2016, por medio de la cual se declara la retroactividad total de la nulidad de las clausulas suelo.
¿Qué significa esto?. Pues claramente significa que todo lo cobrado demás por la entidad bancaria como co0nsecuencia de la aplicación de la clausula suelo se retrotraerá al inicio del préstamo hipotecario, es decir, desde el principio, sea cual sea la fecha de firma de la hipoteca.
Esto anterior es una importante novedad en la lucha contra las clausulas suelo, ya que hasta esa fecha, 21-12-2016, sólo se podía reclamar la devolución de lo cobrado de más por la entidad bancaria desde Mayo del 2013, fecha de la sentencia del Tribunal Supremo que establecía la no retroactividad de dichas clausulas suelo.
Nuestro despacho de abogados es especialista en demandas para obtener la nulidad de las clausulas suelo y obtener el reintegro de todo lo que el banco nos ha cobrado de más por este motivo. Si quieren pueden llamarnos al 958-274169 y contarnos su caso. La primera consulta es gratis y le haremos llegar un presupuesto sin compromiso.
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*.- Sentencias sobre clausulas suelo retroactivas:
Tras el dictado de la sentencia del Tribunal Europeo antes mencionado, y pese a haber transcurrido escasos días desde su aparición, nuestros Tribunales ya están dictando sentencias acogiendo esta doctrina jurisprudencial y por lo tanto reconociendo a los consumidores el derecho a que la entidad bancaria le reintegre todo lo cobrado de más por la clausula suelo desde la misma firma de la hipoteca y no desde Mayo del 2013 como hasta ahora.
Destacamos a este respecto una reciente sentencia del Juzgado de Primera instancia nº 22 de Barcelona que reconoce el derecho a la devolución de todo lo cobrado de más por la entidad bancaria desde que tuvo aplicación la clausula suelo.
En idéntico sentido se ha pronunciado también, en fechas recientes una sentencia del juzgado de Primera instancia de A. Coruña.
Desde esta web iremos informando a nuestros seguidores sobre la evolución de este tema en los tribunales, al objeto de que puedan comprobar como se aplica esta novedosa sentencia del Tribunal Europeo, y puedan con ello valorar la conveniencia de iniciar acciones judiciales en reclamación de todo lo pagado de más al banco por las clausula suelo.
Si usted ha firmado una hipoteca y tiene en la misma una clausula suelo, puede tener derecho a la devolución de los intereses pagados de más al banco desde el mismo día de la firma de dicha hipoteca.
No dude en llamarnos al 958-274169 y contarnos su caso. La primera consulta es gratis. Somos expertos abogados en reclamaciones de clausulas suelo.
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NOTA: En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma, sentencias sobre clausulas suelo retroactivas, vigente a la fecha de su publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.
Este post tiene carácter meramente divulgativo. Para aplicar sus conclusiones a un caso concreto primero se deben estudiar individualmente las circunstancias concretas de cada caso.