Registro en lista de morosos sin causa para ello.
Vulneración del derecho al honor por inclusión en registro de morosos.
Post editado por Ramón E. Escribano Garés (Abogado)
Es una pregunta muy frecuente en los despachos de abogados que hacer en caso de que una entidad bancaria, una compañía de teléfonos , una financiera o cualquier otra entidad nos haya incluido en un registro de morosos tipo Asnef o similares. En este post vamos a intentar explicar las posibilidades jurídicas existentes en caso de que la inclusión en un registro en lista de morosos sea indebida, es decir, la causa de su inclusión no sea correcta o verdadera.
*.- Petición a la entidad que nos ha inscrito en el registro de morosos para que anule la inscripción:
Lo primero que tenemos que hacer cuando nos demos cuenta de que hemos sido incluidos en un registro de morosos de forma indebida es requerir a la entidad que nos ha inscrito, para que anule dicha anotación de forma inmediata. Lo mas aconsejable es remitir a dicha entidad un burofax o carta certificada con acuse de recibo de cara a poder justificar posteriormente, en el proceso judicial correspondiente, que hemos efectuado este requerimiento.
En dicha carta-requerimiento deberemos expresar los motivos por los que estimamos dicha inclusión en el registro de morosos es indebida.
*.- ¿ Podemos solicitar una indemnización por haber estado incluidos indebidamente en un registro de morosos?
En la generalidad de los casos, cuando la entidad que nos ha inscrito en el registro de morosos es requerida fehacientemente y le hemos demostrado que la anotación en el registro de morosos es indebida,; en estos casos, suelen atender las peticiones de parte y dejan sin efecto dicha inclusión en el mencionado registro. Pero ¿ podremos, en este caso, ser indemnizados por los daños y perjuicios sufridos? La respuesta es sí, pero siempre que acreditemos dichos daños y perjuicios con pruebas contundentes.
*.- ¿ Como podríamos pedir una indemnización por la inclusión indebida en un registro de morosos?
Lo mas aconsejable para este tipo de casos sería interponer una demanda civil de reparación del derecho al honor, que sin duda se vé afectado al incluirnos, de forma indebida, en un registro de morosos. Solicitaremos en dicha demanda que se nos repare el derecho al honor afectado pro este hecho y que se nos indemnicen los daños y perjuicios sufridos por este acto en concreto. En este enlace pueden consultar la Ley del derecho al honor Ley del derecho al honor
Pero ¿ como probamos los perjuicios que reclamamos?
Existen muchas forma de probar los perjuicios sufridos, dependiendo de cada caso en particular, pero a modo de ejemplo, podemos mencionar que se puede presentar en el Juzgado diversas solicitudes de diferentes entidades bancarias donde nos han denegado la concesión de un préstamo solicitado a dichas entidades para afrontar pagos o iniciar proyectos y nos han sido denegados por estar incluidos en el registro de morosos. Esta denegación de dichos créditos supone o bien no haber pagado unas deudas que nos estaban reclamando, o no poder iniciar un proyecto determinado, y eso genera unos perjuicios económicos que son suceptibles de ser reclamados. Dependerá de cada caso en particular, analizando el mismo detenidamente, los perjuicios que podrán y no podrán ser reclamados.
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