Si me han denegado la incapacidad laboral ¿qué debo hacer?, ¿qué pasos debo dar?.  

Extracto de la entrada: En esta entrada, el abogado en Granada, Ramón Escribano Garés (teléfono 958-274169) va a dar algunos consejos útiles de cómo debemos actuar si nos han denegado la incapacidad laboral. En particular nos vamos a detener en los trámites más importantes que se han de realizar para poder acudir a la vía judicial.

*.- Planteamiento del caso: Denegación de la incapacidad laboral.

Cuando una persona se encuentra enferma o con lesiones que le impiden desarrollar su trabajo, o en su caso, cualquier tipo de trabajo,  puede solicitar a la Seguridad Social el reconocimiento de una pensión de incapacidad laboral, que va a consistir, normalmente, en la percepción de una pensión vitalicia por el afectado.  

La forma y los trámites necesarios para solicitar dicha prestación serán objeto de otro post diferente a éste, al tratarse de un asunto que es diferente según los casos que se presenten en la práctica concreta. En este post, nos vamos a  detener en cómo actuar cuando se deniega por la Seguridad Social la prestación.

Una vez que el solicitante de la prestación de incapacidad laboral ha sido reconocido por el equipo de evaluación de incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social, al poco tiempo, dependiendo de cada provincia,  recibirá en su domicilio una notificación con el resultado de dicha solicitud.

Si dicha notificación consiste en denegar la situación de incapacidad laboral al afectado, ¿qué debo hacer?, ¿qué trámites debemos seguir para reclamar dicha decisión desestimatoria de nuestra pretensión?, ¿puedo ir directamente al Juzgado?.  Seguidamente lo vamos a explicar.

Rechazo de la incapacidad laboral.

¿Qué debo hacer si me deniegan la incapacidad laboral?

*.- Reclamación previa a la vía judicial contra la desestimación de la incapacidad laboral:

Lo primero que debemos hacer es presentar un escrito de reclamación previa al inicio de acciones judiciales ante la jurisdicción social, y ello ante el propio Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Por lo tanto, no podemos acudir directamente al Juzgado de lo Social, sino que antes tenemos que agotar la vía administrativa con la presentación de una reclamación previa.

En dicho escrito debemos alegar, ordenadamente, todos los motivos que estimamos deben llevar a la Administración a reconsiderar su decisión desestimatoria. Además, es muy importante aportar todo tipo de pruebas médicas y médico-legales que avalen nuestras alegaciones.

El plazo para presentar esta reclamación previa es de 30 días desde que se nos ha notificado la desestimación de nuestra solicitud de pensión de incapacidad laboral.

*.- Interposición de demanda judicial por denegación de pensión de incapacidad laboral:

Después de presentada la reclamación previa, la Administración tiene un plazo de 45 días para contestar a la misma. Si dentro de dicho plazo no recibimos ninguna resolución al respecto, debemos entender que la reclamación previa ha sido desestimada y por lo tanto, a partir de dicha fecha tenemos otro plazo de 30 días más para interponer demanda ante el Juzgado de lo social.

Si la el Instituto Nacional de la Seguridad Social resuelve antes, el plazo contará desde la fecha de notificación de la resolución correspondiente.

Dicha demanda en materia prestacional, debe redactarse tal y como exige la Ley de la Jurisdicción Social, cuyo texto pueden encontrar en este enlace que les dejamos a continuación: Ley de la Jurisdicción Social

En dicha demanda se deberán adjuntar todas las pruebas médicas y periciales que avalen nuestras pretensiones, al objeto de demostrar la viabilidad de nuestra reclamación.

*.- Interposición de demanda por abogados expertos en reclamaciones de incapacidad laboral:

Desde nuestro despacho de abogados, aconsejamos a todos nuestros lectores que, para interponer la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social reclamando una pensión de incapacidad laboral, deben contar con los servicios profesionales de abogados expertos en la materia, y ello al objeto de que el proceso se tramite de forma correcta y con posibilidades de conseguir nuestros objetivos.

Nuestro despacho de abogados en Granada ofrece a cualquier interesado el servicio de primera consulta telefónica gratuita. Pueden llamarnos al 958-274169 y contarnos su caso. Le enviaremos un presupuesto gratis y sin compromiso para hacernos cargos de su reclamación judicial de incapacidad laboral.

NOTA: Este post tiene carácter de información generalista. Cada caso debe ser estudiado de forma particular para saber si es o no viable el inicio de acciones judiciales de reclamación de incapacidad laboral. Este post se ha editado en fecha 27-12-2017 sin que nos hagamos responsables de cualquier cambio en la legislación posterior a esta fecha. Caso de duda llamen al 958-274169.  La primera consulta telefónica gratuita.

ÚLTIMOS POST

POST RELACIONADOS

error: Content is protected !!