Pensión de incapacidad por artrosis de rodilla.

Este post ha sido editado por el abogado Ramón Escribano Garés, con teléfono 958-274169, abogado especialista en:

  • Reclamación de pensiones de incapacidad permanente.
  • Reclamación de altas médicas indebidas.
  • Indemnizaciones por accidente de trabajo
  • Reclamaciones frente a la Seguridad social y de tipo laboral

¿A qué nos referimos cuando hablamos de artrosis de rodilla?.

Lo primero que tenemos que decir es que nosotros no somos médicos sino abogados y por ello cualquier referencia de tipo médico que se haga en este post, se tiene que entender que se realiza sin pretensiones médicas de ningún tipo, sino solo con el objeto de valorar la capacidad laboral del trabajador que pretende reclamar una pensión de incapacidad permanente.

Dicho esto, podemos decir que la artrosis es un proceso degenerativo que afecta a los cartílagos de la rodilla. Es una enfermedad que normalmente es de desgaste de dichos cartílagos existentes en esta articulación, es decir, los cartílagos de la rodilla se desgastan, degeneran y disminuyen la protección de los huesos de la rodilla haciendo que pierda, en algunos casos, su funcionalidad y provocando dolor y limitaciones en la movilidad, carga, etc.

¿Qué síntomas provoca una artrosis de rodilla?.

El síntoma o limitación más importante es el dolor, pero también tenemos que poner de manifiesto otras limitaciones que pueden ser provocadas por la artrosis de rodilla como son:

  • Fallos la deambular o a la bipedestación
  • Fallos al cargar la pierna
  • Inflamaciones
  • Disminución de los arcos de movilidad
  • Limitación de la capacidad de esfuerzo físico.
  • Etc.

Depende del tipo de artrosis de rodilla que sufra el afectado/a, de su gravedad  y de otros factores, el que surjan mayores o menores limitaciones. Los casos más severos y que provocan dolor no controlado y excesiva limitación puede estar incluso indicado la prótesis de rodilla (siem.rrpe por un médicos especialista).

Siempre hay que valorar las limitaciones que sufre cada persona con los informes médicos de los especialistas que lo tratan, normalmente en las unidades de miembro inferior de los hospitales de referencia o traumatólogos.


En nuestro despacho la primera consulta a través del E-mail abogadoramonescribano@gmail.com es GRATIS.

Envíenos su pregunta y e responderemos a la mayor  brevedad.


¿Podría trabajar con artrosis de rodilla?
Abogado Ramón Escribano Garés. Teléfono 958-274169

Grados de artrosis de rodilla:

Existen algunas clasificaciones que determinan la gravedad de una artrosis de rodilla.

En concreto, una de las más extendidas es la que clasifica la artrosis de rodilla en 4 grados, en concreto en los siguientes:

Grado 1 de artrosis de rodilla: En este grado existe, objetivamente, artrosis de rodilla, pero de tipo leve. En este grado no suele existir dolor limitante.

Grado 2 de artrosis de rodilla: en esta etapa además de existir signos objetivos de artrosis, el afectado experimenta dolor , sobre todo cuando realiza esfuerzos intensos. El desgaste del que hablábamos antes es ya visible.

Grado 3 de artrosis de rodilla: El paciente en este grado padece dolores más intensos y ello en cualquier actividad que haga, incluso en las actividades de su vida diaria cotidiana. Puede existir limitación para subir y bajar escaleras, deambular en cuesta, etc.

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Grado 4 de artrosis: En este grado el cartílago está muy dañado y casi no existe espacio entre los huesos de la rodilla. Puede existir rigidez en las articulaciones; el dolor es muy intenso y existe una afectación y limitaciones para deambulación, bipedestación, cargas, etc.

Esta clasificación, entre otras que existen, nos puede servir de guía o referencia para valorar la gravedad de la artrosis de rodilla que sufre el interesado y además, nos puede indicar que tipo de limitaciones provoca la concreta artrosis que sufre.

En los informes médicos de los especialistas que tratan estas lesiones y patologías se suele hacer referencia al grado de artrosis de rodilla que sufra el paciente.


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¿Puedo trabajar con artrosis de rodilla?.

Para responder a esta pregunta tenemos que analizar diferentes aspectos:

1º.- Grado de artrosis y limitaciones funciónales que provocan:

El saber el grado de artrosis de rodilla nos va a ayudar a decidir si podemos solicitar una pensión de incapacidad permanente y el tipo o grado de incapacidad que podríamos solicitar.

Además de saber o determinar el grado de artrosis de rodilla, son fundamentales los informes médicos de los especialistas que describan la lesión en particular y especifiquen las limitaciones que provocan en aspectos tales como:

  • Deambulación
  • Bipedestación
  • Carga física
  • Manejo de cargas
  • Claudicación de la marcha
  • Etc.

Es de vital importancia saber en cada caso en particular las limitaciones concretas que la artrosis de rodilla provoca en el interesado.

2º.- Análisis del trabajo del interesado/a:

Otros aspecto esencial es valorar los requerimientos que se exigen a cada afectado/a en su trabajo a nivel de rodillas y especialmente a nivel de deambulación, bipedestación y cargas.

Este aspecto es muy importante ya que nos servirá para poder comprobar si el interesado puede o no realizar su trabajo dadas las limitaciones que se hayan acreditado que le provoca la artrosis de rodilla.

3º.- Valoración jurídica del caso en concreto:

Por último, un abogado especializado debe valorar todas esta información y determinar si se puede o no, solicitar una pensión de incapacidad permanente en algunos de sus graos.

Los grados pueden ser:

  • Gran invalidez
  • Absoluta
  • Total para el trabajo habitual
  • Parcial para el trabajo habitual.

Dependiendo de la afectación en la capacidad laboral de cada interesado podremos encuadrar su situación en alguno de los mencionados tipos de incapacidad permanente y estudiar su viabilidad.

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Acceda a la web de la seguridad social para mas información sobre pensiones. https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio

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