Consejos para obtener una pensión por fibromialgia.

Extracto del post: En esta entrada vamos a explicar los criterios judiciales más recientes sobre la fibromialgia como enfermedad para poder obtener una pensión de incapacidad laboral.

Post editado por el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, experto en reclamaciones laborales y de Seguridad Social, en fecha 7-3-2017.

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*.- Fibromialgia y pensión de incapacidad laboral: Planteamiento del caso:

En este post vamos a segur una reciente sentencia dictada por el Tribunal Suprior de Justicia de Islas Baleares, en concreto la sentencia de fecha 2 de Febrero de 2017.

Abogado reclamación pensión por fibromialgia.

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El caso sometido a su consideración consiste en lo siguiente:

.- Una persona interpone demanda ante el Juzgado de lo Social alegando que:

1.- Su trabajo es el de camarero de pisos y que padece diferentes lesiones y enfermedades, entre ellas, fibromialgia

2.- El Instituto Nacional de la Seguridad Social le denegó a este trabajador una pensión de incapacidad permanente, por no alcanzar sus lesiones y enfermedades y grado de discapacidad suficiente a este efecto.

3.- Frente a dicha resolución el trabajador interpuso reclamación previa que le fue denegada para posteriormente interponer demanda ante el Juzgado de lo Social y que se fundamentaba en el padecimiento de un síndrome de fibromialgia, aportando las pruebas médicas y periciales que estimó pertinentes.

4.- El Juzgado de lo Social desestimó la demanda y se interpuso recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares, que dictó la sentencia que seguidamente pasamos a comentar.

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*.- Pensión de incapacidad por fibromialgia: Resolución del recurso:

Este asunto terminó por sentencia de fecha 2-2-2017 y que a lo que nosotros interesa, y respecto del síndrome de fibromialgia, realiza las siguientes consideraciones:

1.- No basta con acreditar que el síndrome de fibromialgia pueda existir, sino que lo más importante es acreditar si el mismo es invalidante, y por lo tanto, lo más importante para ello es acreditar su intensidad.

2.- Tanto la enfermedad de fibromialgia, como sobre todo las limitaciones que provoca en el paciente, deben ser severas.

Partiendo de lo anterior, las limitaciones que la fibromialgia provoque en el sujeto que las padece deben provocar una invalidez permanente, es decir, que no puede realizar su trabajo habitual, no tan solo que lo dificulte o que en periodos pueda realizarlos pero en otros no.

En este caso que estamos comentando, la petición de pensión de incapacidad por fibromialgia no fue concedida al trabajador precisamente, porque según la sentencia que comentamos, no demostró todo lo expuesto en los párrafos precedentes.

Como conclusión de lo expuesto podemos mencionar que:

.- No basta con un diagnóstico de fibromialgia, y ni siquiera basta con objetivar el padecimiento de cierto número de puntos afectados por la fibromialgia.

.- Además del diagnóstico de fibromialgia es totalmente necesario acreditar las limitaciones que provocan en el trabajador dichas dolencias, y si las mismas tienen carácter definitivo o crónico o puede alternar con periodos de incapacidad temporal,

.- Por último, habrá que relacionar las limitaciones objetivas acreditadas con las funciones propias del trabajo del solicitante de la pensión de incapacidad por fibromialgia, para llegar a una conclusión de clara y objetiva sobre el caso planteado.

Para todo lo anterior es indispensable contar con un informe pericial tanto de un experto en valoración del daño corporal, que acredite la existencia de las lesiones y sobre todo las limitaciones orgánicas y funcionales del paciente, y en segundo lugar, un informe de un experto en valoración del puesto de trabajo concreto, (experto en riesgos laborales), que relacione el trabajo que tiene que realizar el afectado de fibromialgia con las propias dolencias determinadas médicamente.

En nuestro despacho de abogados somos expertos en reclamaciones de pensiones de incapacidad frente a la Seguridad Social. Tenemos instaurado en el despacho un servicio de primera consulta telefónica gratis. Por ello pueden llamarnos al 958-274169 y contarnos su caso gratis. Le haremos llegar un presupuesto para encargarnos de reclamar su pensión de incapacidad.

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NOTA:  En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma, pensión de incapacidad por fibromialgia, vigente a la fecha de su publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.

Este post tiene carácter meramente divulgativo por lo que no es aplicable de forma general a todo tipo de casos. Cada caso se tiene que estudiar de forma particular antes de iniciar una reclamación judicial o extrajudicial de cualquier tipo.

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