Impugnación de alta médica por indebida. Procedimiento para impugnarla.
Extracto: En este post vamos a explicar los pasos a seguir para impugnar el alta médica laboral por considerar que la misma no se ajusta a la realidad y es indebida
Post editado por el abogado Ramón E. Escribano Garés en fecha 14-10-2014.
*.- ¿ A que nos referimos con impugnación de alta médica por indebida?
Cuando estamos trabajando y sufrimos una enfermedad o un accidente, laboral o no, normalmente, al acudir a nuestro medico de familia, el mismo, si aprecia que la enfermedad nos impide realizar nuestro trabajo, nos cursará el correspondiente parte de baja médica.
En un momento dado, el propio médico de familia que nos expidió la baja laboral o en su caso los servicios de inspección, bien del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma, en su caso el servicio de la mutua de accidentes correspondiente, puede extendernos un parte de alta médica, bien por curación total de nuestras enfermedades o lesiones, o en su caso por mejoría que nos permite realizar nuestro trabajo habitual.
Si no estamos conformes con dicha alta laboral tenemos que proceder a plantear una impugnación de alta médica por indebida.
*.- ¿ Cual es el primer paso para impugnar un alta médica por indebida?
El primer paso para impugnar un alta médica por indebida consiste en interponer un escrito de reclamación previa ante el organismo que ha procedido a emitir el parte de alta laboral.
El plazo para interponer esta reclamación previa por impugnación de alta médica por indebida será de once días en virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Social.
*.- ¿ Que plazo tiene la Administración para resolver la reclamación previa de la impugnación de alta médica por indebida?
El plazo para resolver dicha reclamación previa será de siete días. En el caso de que el organismo que tenga que resolver la reclamación previa no lo resuelva dentro de dicho plazo, entonces debemos entender que nuestra reclamación ha sido desestimada, y ello por aplicación expresa para este caso del silencio administrativo negativo.
*.- Una vez desestimada nuestra reclamación previa ¿ cual es el siguiente paso?
El siguiente paso es interponer demanda ante la jurisdicción social, y en particular, ante el Juzgado de lo Social de la Provincia donde ha sido emitido el alta médica que estamos impugnando. El plazo para interponer esta demanda será de 20 días.
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*.- ¿Como se tramita la impugnación de alta médica por indebida en el Juzgado de lo Social?
La demanda se deberá dirigir exclusivamente contra la entidad gestora, y en su caso, colaboradora con la gestión. No existirá necesidad de demandar al servicio público de salud, salvo cuando se impugne el alta médica emitida por los servicios médicos del mismo, ni a la empresa, salvo que se impugne también la contingencia, esto es, la causa real de la baja laboral.
El proceso de impugnación de alta medica por indebida será de tramitación preferente y urgente, debiendo señalarse los actos de juicio dentro de los cinco días siguientes a la presentación de la demanda.
Es importante señalar que la sentencia que se dicte por el Juzgado de lo Social no tendrá recurso, es decir, no podremos recurrirla, siendo la misma la que resuelva de forma definitiva la impugnación del alta médica por indebida.
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Pinchando en este enlace pueden acceder al texto legal que regula las particularidades del proceso judicial para impugnar un alta médica por indebida. proceso judicial de alta médica por indebida
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