Faltas y sanciones de los trabajadores. Prescripción.
Extracto del post: en esta entrada vamos a explicar las faltas y sanciones que la empresa puede imponer a un trabajador así como los plazos de prescripción de dichas faltas laborales.
Post editado por el abogado en Granada, Ramón Escribano Garés, abogado laboralista, en fecha 9-11-2016.
*.- Faltas y sanciones de los trabajadores: Planteamiento.
Los trabajadores de una empresa, dentro del desarrollo de su trabajo pueden cometer faltas que la empresa tiene la potestad y la capacidad de sancionar.
Por ejemplo, un trabajador puede llegar tarde al trabajo sin justificarlo adecuadamente, o bien puede faltar el respeto a sus compañeros de trabajo o incluso al jefe de la empresa, puede también ocurrir que el trabajador no obedezca las instrucciones dadas por la empresa en relación al trabajo a realizar y cualquier otro incumplimiento de sus deberes por parte del trabajador.
Estos incumplimientos por parte del trabajador de sus deberes respecto del trabajo se consideran legalmente como faltas, y pueden ser sancionadas de diferente forma por la empresa.
*.- Faltas y sanciones de los trabajadores: ¿dónde se regulan?.
El artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores establece claramente que la empresa podrá sancionar a sus trabajadores en el caso de que estos cometan alguna de las infracciones que se estén especialmente reguladas al efecto tanto en las diversas disposiciones legales como en los convenios colectivos aplicables al efecto.
De lo anterior se desprende que las infracciones o incumplimientos del trabajador deben estar previamente tipificadas en una norma que sea aplicable al tipo de relación laboral, es lo que se conoce como principio de tipicidad.
Estos incumplimientos del trabajador aparecen regulados tanto en el Estatuto de los trabajadores, sobre todo cuando habla de los motivos de despido disciplinario, como en los convenios colectivos aplicable a a cada sector en el que esté encuadrado el trabajador. En cada uno de los convenios colectivos, se regulan detenida y de forma concreta que incumplimientos del trabajador pueden ser sancionables y de que forma pueden ser sancionados.
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*.- Faltas y sanciones de los trabajadores: ¿Cómo se gradúan las faltas?.
Las faltas que pueda cometer un trabajador se gradúan en
.- Faltas muy graves,
.- Faltas graves
.- Faltas leves.
Es la empresa, la que tiene la facultad para graduar la gravedad de la falta que imputa al trabajador, no obstante, esta graduación así como la sanción que la empresa imponga al trabajador siempre será revisable, a instancias del trabajador, ante los tribunales del orden jurisdiccional social.
*.- Faltas y sanciones de los trabajadores: ¿Cuándo prescriben?.
El Estatuto de los trabajadores, en su artículo 60 establece que las faltas que haya cometido un trabajador en el desarrollo de su trabajo pueden prescribir por el mero paso del tiempo. Es decir, si la empresa no sanciona esas conductas dentro de un plazo determinado, posteriormente a ese plazo, ya no podrá sancionar al trabajador.
Los plazos en cuestión son los siguientes:
1.- Para las faltas leves el plazo es de diez días.
2.- Para las faltas graves el plazo es de 20 días
3.- Para las faltas muy graves el plazo es de 60 días.
No obstante, es importante resaltar que esos plazos solo empezaran a correr desde que la empresa tenga conocimiento de la comisión por el trabajador de dicha falta, cosa que deberá probar la empresa.
No obstante, las faltas prescribirán en todo caso a los 6 meses desde su comisión, las haya o no conocido la empresa.
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NOTA: En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma, faltas y sanciones de los trabajadores, vigente a la fecha de su publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.