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¿Es mejor declarar o no declarar cuando una persona es detenida o investigada?.

Extracto del post: En este post vamos a tratar de explicar el derecho que tiene toda persona que es detenida o investigad por un delito penal a no declarar, y la vertiente práctica de este derecho, desde el punto de vista de una defensa penal.

Post editado por el abogado penalista en Granada Ramón Escribano Garés, en fecha 10-5-2017.

*.- Derecho a no declarar: Planteamiento:

Es un hecho que prácticamente es conocido por todos los ciudadanos, hayan tenido o no un problema penal en su vida, el derecho que tienen a no declarar y a no confesarse culpable de los hechos que se le imputan o por los que se le investigan.

Dicho lo anterior, este derecho, conlleva que cuando una persona es detenida o bien es citada para tomarle declaración ante un Juzgado, el primer derecho que tiene, y uno de los más importantes es el derecho a no declarar. Pero ¿qué importancia tiene en la práctica este derecho?, ¿qué se debe hacer en dichas situaciones?, ¿es mejor declarar o no declarar?.

Estas preguntas que hemos dejado indicadas en el párrafo procedente, sólo deben ser respondidas por un abogado que sea experto en defensa penal, ya que depende de la elección que en cada caso se haga, si la defensa penal tendrá o no éxito en nuestro caso en particular. Seguidamente respondemos a todas estas preguntas.

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*.- Derecho a no declarar ¿qué importancia tiene en la práctica este derecho?.

La importancia que en la práctica tiene este derecho es mucha. Nos explicamos.

Si una persona es detenida o citada a declarar por el Juzgado y la misma decide prestar declaración, tiene que saber que todo cuanto declare puede ser utilizado en su contra por la acusación pública e incluso por el juez instructor que lleve la causa penal. Las declaraciones del investigado o acusado van a determinar en gran medida cual será la estrategia de  su defensa, motivo por el cual es de vital importancia la decisión de declarar o no declarar en una casa penal.

Derecho a no declarar.

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*.- ¿Qué se debe hacer en estas situaciones?, ¿debo declarar o no?:

La respuesta dependerá siempre del caso en concreto.

En la  actualidad todo detenido o investigado tiene derecho a entrevistarse con su abogado antes de prestar declaración, motivo por el cual, será el abogado encargado de a defensa penal, y que debe ser un abogado penalista experto, el que una vez hable con el investigado detenido el que decida, en armonía con el propio acusado, si va a prestar o no declaración en los momentos iniciales del proceso penal.

Por ejemplo, si una persona es detenida y la causa por la que lo es se encuentra en secreto de sumario, es muy arriesgado que el detenido o investigado preste declaración en esos momentos iniciales, ya que realmente, en la práctica, en ese momento no sabe ni puede saber como ha ido hasta el momento la investigación policial o judicial, y por lo tanto que pruebas o indicios puede haber contra el mismo. Quizás en esos casos, antes de declarar, sería conveniente esperar al levantamiento del secreto sumarial, tomar conciencia de lo actuado en el proceso penal y una vez se conozcan todos los pormenores del proceso, prestar la declaración correspondiente.

No obstante, esto anterior es un mero ejemplo, insisto que dependerá de cada caso en particular, de sus circunstancias especiales, el poder recomendar, como abogado experto en derecho penal, si es mejor o no prestar declaración en este momento inicial de la detención o del proceso penal en si.

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Si quieren acceder al contenido legal de este derecho pinche en este enlace: derechos del detenido art. 520 Lecrim.

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NOTA:  En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma, derecho a no declarar, vigente a la fecha de su publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.

Este post es meramente divulgativo. En cada caso en particular, tras estudiar sus detalles y circunstancias particulares, se podrá tomar la decisión de si es más adecuado declarar o no cuando una persona es detenida o citada a prestar declaración judicial.

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