Aspectos a tener en cuenta al solicitar una pensión de incapacidad permanente.

En este post, el abogado de Granada, Ramón Escribano Garés, (teléfono 958-274169) aunque trabajamos en toda España, especialista en reclamación de:

  • Pensiones de incapacidad permanente
  • Impugnación de altas médicas indebidas.
  • Accidentes de trabajo.
  • Asuntos relacionados con reclamaciones frente a la Seguridad Social y de tipo laboral.

Va a dar algunos consejos a tener en cuenta cuando queremos solicitar una pensión de incapacidad permanente. Estos consejos nos van a ayudar a preparar de forma más adecuada nuestra petición de pensión de incapacidad permanente y aumentar las posibilidades de conseguir nuestro objetivo.

Consejos prácticos para solicitar una pensión de incapacidad permanente.
Abogado Ramón Escribano Garés.
Teléfono 958-274169

Primer consejo antes de solicitar una pensión de incapacidad permanente:

El primer consejo antes de solicitar una pensión de incapacidad permanente es la determinación clara y concreta de la contingencia de la que puede derivar nuestra pensión de incapacidad permanente.

Cuando hablamos de contingencia, nos referimos a la causa o motivo que ha provocado o ha causado nuestra pensión de incapacidad permanente.

La contingencia referida puede ser de diversas clases:

  • Accidente de trabajo.
  • Enfermedad profesional.
  • Accidente no laboral.
  • Enfermedad común.

Esto anterior es muy relevante ya que depende de la contingencia de la que derive nuestra pensión, serán necesarios unos requisitos u otros para poder solicitarla.

Por ejemplo, en caso de que derive de accidente de trabajo no se exige al trabajador periodo previo de cotización pero si deriva de enfermedad común, si se le va a exigir que tenga un periodo concreto cotizado antes de solicitar su prestación de incapacidad permanente.

Normalmente está claro cuando concurre una contingencia determinada, pero en los casos de que exista duda al respecto, lo más adecuado es contactar con un abogado especializado en reclamación de pensiones de incapacidad permanente para que pueda decidir cómo reclamar en cada caso en concreto.


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Segundo de los consejos antes de solicitar una pensión de incapacidad permanente:

El segundo de los consejos antes de reclamar una pensión de incapacidad permanente consiste en comprobar que el trabajador/a está en situación de alta o asimilada.

Este es un requisito básico para poder solicitar una pensión de incapacidad permanente y siempre hay que comprobarlo adecuadamente.

El requisito de alta consiste en estar  en alta en una empresa o en régimen de autónomos  (aunque se esté en situación de incapacidad temporal o baja médica).

Existen situaciones que se asimilan al alta y que nos permiten solicitar una prestación de incapacidad permanente en dichos casos.

Si quieren saber más sobre las situaciones asimiladas al alta pueden hacerlo pinchando en este enlace:https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/32765/32775

Tercero de los consejos antes de solicitar una pensión de incapacidad permanente:

El tercer consejo antes de solicitar una pensión de incapacidad permanente consiste en comprobar si tenemos los años cotizados necesarios para poder solicitarla.

Como hemos referido antes, en los casos en que la pensión de incapacidad permanente derive de la contingencia de enfermedad común, que es en la mayoría de los casos, estadísticamente hablando, es necesario que el trabajador o trabajadora tenga cotizado a la Seguridad Social un número de años concreto, por ello antes de solicitar la prestación o pensión hay que solicitar un informe de vida laboral que nos demuestre los años cotizados de cada interesado y así no cometer errores.


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Cuarto consejo antes de solicitar una pensión de incapacidad permanente.

Otro consejo antes de solicitar una pensión de incapacidad permanente es concretar el trabajo habitual de cada interesado/a.

La pensión de incapacidad permanente total y la incapacidad permanente parcial, están referidas al trabajo habitual del interesado.

Es decir, para valorar si corresponde alguna de dichas pensiones de incapacidad permanente, se tiene que valorar en que consiste y que requerimientos físicos y mentales se exigen en el trabajo habitual del interesado.

Normalmente, a este respecto, no debe haber muchos problemas, pero sin embargo si pueden plantearse dudas cuando el interesado/a ha tenido varios trabajos diferentes en el último año. En esos casos ¿Cuál es el trabajo habitual a efectos de solicitar una pensión de incapacidad permanente?

A este respecto, podemos decir con carácter generalista,  que se toma en  consideración aquel trabajo que se haya realizado durante más tiempo en el último año.

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Ultimo consejo antes de solicitar una pensión de incapacidad permanente:

El último de los consejos antes de solicitar una pensión de incapacidad permanente que vamos a dar en este post es que se revisen y obtengan informes médicos de especialistas que acrediten concretamente tanto las enfermedades y dolencias del interesado/a como las limitaciones concretas que provocan.

Estos informes deben ser lo más actuales posibles. No nos sirven informes muy antiguos ya que pueden no poner de manifiesto el estado actual de salud del afectado/a.

Asimismo en dichos informes se debe concretar como dichas lesiones o enfermedades son crónicas y definitivas.

Nos sirven a nuestro fin todo tipo de informes médicos, no sólo los de la sanidad pública, sino también de la privada y en especial informes de pruebas objetivas como:

  • Resonancias magnéticas
  • TAC
  • Ecografías
  • Radiografías
  • Electromiografías
  • Gammagrafías
  • Etc.

Conclusión:

Antes de solicitar una pensión de incapacidad permanente es importante comprobar que cumplimos todos los requisitos que se exigen para ello legalmente, y el seguir estos consejos que hemos dado en este post, nos puede ayudar, de forma generalista, a comprobarlo. No obstante cada caso se debe estudiar de forma concreta y particular para ver si cumplimos o no, en ese caso, con todos y cada uno de los requisitos que se exigen para solicitar una pensión de incapacidad permanente.

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