Aspectos a tener en cuenta a la hora de solicitar una pensión compensatoria.

Post editado por el abogado en Granada Ramón Escribano Garés en fecha 4-10-2017, experto en divorcios y derecho de familia.

*.-Planteamiento del caso: Definición de pensión compensatoria:

Antes de entrar a analizar cinco aspectos importantes de la pensión compensatoria debemos definir que es la misma.

La pensión compensatoria se tiene que definir como:

1.-Es una pensión que sólo puede acordarse en caso de divorcio o separación matrimonial.

2.- Está destinada a compensar el desequilibrio económico que el divorcio o la separación puede producir en uno de los cónyuges que se divorcian.

3.- La misma puede ser indefinida o temporal.

Partiendo de la definición anterior, seguidamente vamos a comentar 5 aspectos claves de la misma, que se deben siempre tomar en consideración en cualquier proceso de divorcio o separación matrimonial.

*.-Primer aspecto de la pensión compensatoria: Necesidad de matrimonio previo:

No se puede solicitar una pensión compensatoria si no ha existido previamente un matrimonio.

Por lo tanto, las parejas de hecho, no pueden solicitar, en el momento de la separación de dicha pareja, que se imponga a uno de ellos el pago de una pensión compensatoria de las reguladas en el artículo 97 del Código Civil.

Esta institución jurídica solo está regulada para los casos de divorcio o separación matrimonial y no para otros casos.

¿Esto significa que dichas parejas de hecho no pueden solicitar una compensación económica a su pareja? .

En ningún caso. Si la ruptura de una pareja de hecho provoca un desequilibrio económico o perjuicio de dicho tipo a uno de ellos, y el mismo se puede acreditar, podría reclamarse una indemnización tras la ruptura, pero no una pensión compensatoria. Habría que acudir, en dicho caso, a la doctrina conocida como enriquecimiento injusto.

Abogado divorcios en Granada

5 preguntas sobre la pensión compensatoria.

*.-Segundo aspecto de la pensión compensatoria:  ¿En qué momento se puede pedir?:

La pensión compensatoria sólo se puede solicitar por uno de los cónyuges en el momento del divorcio o la separación matrimonial y no después.

Es decir, si un matrimonio se ha divorciado o separado y en ese momento no se acordó o solicitó una pensión compensatoria, después ya no se podrá solicitar.

El desequilibrio económico que posibilita el nacimiento de la pensión se produce en el momento de la ruptura, y no posteriormente, por ello solo se puede solicitar en dicho momento.

 *.- Tercer aspecto de la pensión compensatoria: ¿Cuánto tiempo puede durar?:

Depende del caso en concreto y de las circunstancias económicas y familiares de los cónyuges, por lo que puede ser indefinida o temporal.

*.- Cuarto aspecto: ¿Se puede modificar una pensión compensatoria?:

La respuesta es que , incluso en el caso de que la misma se hubiera establecido como indefinida. En el caso de que las circunstancias familiares y económicas que se tuvieron en cuenta a la hora de establecer dicha pensión cambiasen sustancialmente, en ese caso, se puede solicitar desde la extinción de dicha pensión a su limitación temporal o incluso la rebaja de la cuantía de la misma.

Para ello habría que iniciar un proceso judicial denominado de modificación de medidas.

*.- Quinto aspecto: ¿Qué factores e tienen en cuenta para valorar el desequilibrio económico?:

El artículo 97 del Código Civil, que pueden ver pinchando en este enlace artículo 97 Código Civil ,señala los siguientes factores:

1.ª Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges.

2.ª La edad y el estado de salud.

3.ª La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo.

4.ª La dedicación pasada y futura a la familia.

5.ª La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.

6.ª La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.

7.ª La pérdida eventual de un derecho de pensión.

8.ª El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge.

9.ª Cualquier otra circunstancia relevante.

*.- Abogados expertos en divorcios y derecho de familia:

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