Visado y autorización de residencia en España para inversores

Post editado por el Abogado Ramón Escribano Garés.

Sumario: En este post vamos a explicar como puede obtener un inversor, que va a realizar una inversión significativa en España,  un visado de residencia y una autorización de residencia.

 

económia
Visado de residencia para inversores:

Los extranjeros que tengan intención de entrar en España para realizar una inversión significativa de capital podrán solicitar el visado de estancia o de residencia en su caso, por inversión.

¿ Que se entiende por inversión significativa a efectos de expedición de visado?
Es aquella que cumpla con alguno de  los siguientes requisitos:

– Que la inversión inicial sea igual a 2 millones de euros en títulos de deuda pública española, o por un valor de 1 millón de euros en acciones de empresas españolas o depósitos bancarios.

-La adquisición de inmuebles en España con un valor superior a 500.000 euros por cada solicitante.

-Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España por el inversor  y que sea considerado como de interés general.Para ello se valorará la creación de puestos de trabajo, el impacto económico de la inversión, la aportación de innovación científica y tecnológica.

– También se entenderá que el inversor va a efectuar una inversión significativa  cuando la inversión la lleve a cabo una persona jurídica domiciliada en un lugar que no tenga la condición de paraíso fiscal, y el extranjero posea la mayoría del derecho de voto dentro de la misma.

¿ Cual es el efecto del visado de residencia para inversores?

La concesión del visado de residencia para inversores facilitará la residencia en España durante al menos un año.

*.- Autorización de residencia para inversores:

Los inversores extranjeros que deseen residir en España durante un periodo superior a un año podrán solicitar una autorización de residencia para inversores.

Para ello deberán cumplir los siguientes requisitos:

– Ser titular de un visado de residencia para inversiones en vigor.

-Haber viajado a España al menos una v ez dentro del periodo autorizado para residir.

-Demostrar el inversor que ha mantenido la inversión de un valor igual o superior a la cantidad mínima requerida y antes relacionada en el caso de acciones o inversión en títulos de deuda o depósitos bancarios

– En el supuesto de inversión en inmuebles deberá acreditar el inversor que es propietario del bien o bienes inmuebles cuyo valor sume la cantidad mínima requerida y antes relacionada.

– En el supuesto de proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España, deberá presentar un informe de la dirección General de Comercio e Inversiones para constatar que las razones de interés general acreditadas inicialmente, se mantienen.

Asimismo deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

¿ Cual es la duración de esta autorización de residencia para inversores?

La duración tendrá una duración inicial de dos años. Dicha autorización podrá ser renovada por el mimo plazo de dos años mas.

Para una mayor profundización sobre este asunto les remito al texto del la Ley de emprendedores, artículos 63 a 68 donde constan detallados todos los requisitos, y que pueden ver pinchando en este enlace: Ley de emprendedores

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