¿ Como hacer testamento? ¿ en que consiste y para que sirve hacer testamento?
Extracto: En este post vamos a explicar que es un testamento, en que consiste el mismo y para que sirve hacerlo.
Este post ha sido editado por Ramón E. Escribano Garés (Abogado).
*.- ¿ Que es un testamento?
El testamento se define como un acto de voluntad, personalísimo, mediante la cual, una persona dispone para después de su muerte de todos o de parte de sus bienes. Dispone del destino de sus bienes para cuando haya fallecido.
También tenemos que mencionar que el testamento debe ser otorgado sin que concurra violencia, engaño o dolo, ya que estos elementos vician de nulidad el consentimiento y hacen que el testamento, aunque se haya otorgado, sea nulo de pleno derecho.
¿ que ocurre si un heredero obliga al testador a otorgar testamento en un sentido determinado, empleando violencia, dolo o fraude? En este caso, además de que el testamento será nulo de pleno derecho como hemos mencionado anteriormente, además la Ley prevé que el heredero quedará privado de su derecho a la herencia, y ello sin perjuicio de si los hechos cometidos pudieran ser constitutivos de un delito perseguible por la jurisdicción penal.
*.- ¿ Quien puede hacer testamento?
Puede hacer testamento cualquier persona que se encuentre con plena capacidad de obrar. No están capacitados para otorgar testamento los menores de catorce años ni el que habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio.
Pero ¿ que ocurre si una persona ha hecho testamento y con posterioridad cae en enajenación mental? En este caso, si el testamento se ha hecho con anterioridad a la enfermedad mental el mismo es válido a todos los efectos.
*.- ¿ Que forma tiene el testamento?
La ley define que el testamento puede ser común o especial. Además, puede ser ológrafo, abierto o cerrado.
Se consideran testamentos especiales los testamentos militares, marítimo y el hecho en país extranjero.
El testamento ológrafo es un testamento en el que el testador, esto es, la persona que expresa el destino de sus bienes tras su fallecimiento, él mismo escribe, de su puño y letra, el citado testamento.
El testamento abierto es aquel en el que el testador manifiesta su última voluntad en presencia de unas personas que son las que deben autorizar el acto.
Es cerrado el testamento cuando el testador, sin revelar a nadie su ultima voluntad, declara sin embargo que esta se halla contenida en un sobre que presenta a las personas que deberán de autorizar el acto.
¿ Cómo hacer testamento?
Se podría hacer cualquiera de los testamentos comunes antes referidos, pero en la práctica, y desde el punto de vista de la eficiencia y la eficacia, lo habitual y normal es que el testamento sea un testamento abierto que se otorgue ante Notario, quien redactara un acta en la que se recogerá las ultimas voluntades del testador. Por lo tanto si queremos otorgar testamento debemos acudir a una Notaría y expresar al Notario:
-Quien o quienes son nuestros herederos
-Cual va ser el destino que queremos se de a nuestros bienes tras el fallecimiento.
En el siguiente enlace pueden acceder a la normativa del Código civil que regula la definición y tipos de testamento. Concepto y tipos de testamento
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