Contaminación acústica ¿es delito?

Extracto del post: en esta entrada vamos a explicar si la contaminación acústica puede ser considerada como un hecho delictivo.

Post editado por el abogado en Granada, experto en defensa penal, Ramón Escribano Garés, en fecha 14-4-2016.

*.- Contaminación acústica.- Planteamiento:

Es un hecho con el que desgraciadamente podemos encontrarnos todos los días en la prensa como los vecinos de un inmueble, que tienen la lado un bar o restaurante, o los vecinos que viven cerca de los lugares donde se hace el llamado “botellón”, no paran de denunciar que los ruidos que se generan en estas actividades no les dejan realizar una vida normal.

¿Qué pueden hacer estas personas para que cesen estos ruidos que no les dejan vivir?. Seguidamente expondremos como estos hechos bien pudieran ser constitutivos de un delito,  y por ello, lo que deben hacer es denunciarlos.

*.- Contaminación acústica.  ¿Puede ser delito?.

El vigente Código Penal, en su artículo 325 establece lo siguiente:

“ 1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años, multa de diez a catorce meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a dos años el que, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones, aterramientos, RUIDOS, VIBRACIONES, inyecciones o depósitos, en la atmósfera, el suelo, el subsuelo o las aguas terrestres, subterráneas o marítimas, incluido el alta mar, con incidencia incluso en los espacios transfronterizos, así como las captaciones de aguas que, por sí mismos o conjuntamente con otros, cause o pueda causar daños sustanciales a la calidad del aire, del suelo o de las aguas, o a animales o plantas.

  1. Si las anteriores conductas, por sí mismas o conjuntamente con otras, pudieran perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales, se impondrá una pena de prisión de dos a cinco años, multa de ocho a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años.

Si se hubiera creado un riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas, se impondrá la pena de prisión en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado.”

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Con lo expuesto se acredita que estos hechos pueden ser constitutivos de delito, pero ¿qué se tiene que hacer para denunciar los hechos?.

.- En primer lugar, antes de denunciar los hechos, se debe investigar sobre la normativa protectora de cada ayuntamiento o Comunidad Autónoma al respecto;

.- En segundo lugar hay que contactar con un perito experto en la materia para que tome muestras y pruebas de dichos ruidos y pueda elaborar un informe pericial al respecto que demuestre el incumplimiento de dicha normativa.

.- En tercer lugar, sería adecuado aportar informes médicos que acrediten el perjuicio que la contaminación acústica está causando al afectado.

.- Por último, con todo ello interponer una denuncia penal para que se investiguen y se consiga que cesen estos actos de contaminación acústica.

Del mismo modo, una vez reunidas estas pruebas, hay que solicitar del Ayuntamiento correspondiente, la adopción de medidas oportunas para que cese dicha contaminación acústica, exigiendo, si es preciso, la responsabilidad en que pueda incurrir el citado organismo por omisión de estos actos.

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NOTA:  en esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada, delito de contaminación acústica, vigente a la fecha de publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.

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