Arraigo familiar como causa de obtención de una autorización de residencia en España.
Extracto del post: En esta entrada vamos a explicar los requisitos necesarios para obtener una autorización de residencia temporal en España alegando causas de arraigo familiar.
Post editado pro Ramón E. Escribano Garés en fecha 26-12-2014
*.- ¿Que tipo de autorización es la que se solicita por arraigo familiar?.
Este tipo de autorización de residencia temporal en España por arraigo familiar es una autorización de carácter excepcional, que podrá concederse a los ciudadanos extranjeros que se hallen en España y:
– o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española,
-o sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Este tipo de autorización de residencia se regula en el artículo 31.3 de la Ley 4/2000 de 11 de enero; en los artículos 123 al 130 del Reglamento 557/2011 de 20 de Abril y en la Instrucción DGI/SGRJ/10/2008 que se refiere específicamente a la autorización de residencia temporal en España por circunstancias excepcionales, cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
*.- ¿Que requisitos se exigen para obtener la residencia temporal por arraigo familiar?.
Los requisitos son los siguientes:
– No ser ciudadano de la unión Europea o familiar de estos ciudadanos.
– Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos que existan en el ordenamiento jurídico español.
– No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
– No encontrase dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el interesado extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
– Ser padre o madre de menor de edad de nacionalidad española o ser hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles, hecho que deberán acreditar documentalmente.
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*.- Que documentos se exigen para tramitar la autorización de residencia por arraigo familiar?
Los documentos para tramitar este tipo de residencia temporal por arraigo familiar son los siguientes:
– Impreso de solicitud,modelo EX-10 que pueden descargar pinchando aquí.
– Copia completa del pasaporte.
– Certificado de antecedentes penales de los últimos cinco años anteriores a la entrada en España expedido por las autoridades correspondientes de los países en que el extranjero haya residido durante dicho plazo.
– Documentación acreditativa del vínculo familiar alegado en la solicitud de residencia por arraigo familiar
A este particular hay que mencionar que:
a) En el supuesto de ser padre o madre de menor de nacionalidad española se deberá aportar certificado de nacimiento del menor de edad español en el que conste el vínculo con los padres.
. b) en el supuesto de invocarse como causa de arraigo familiar el ser hijo de padre o madre que hubieran sido originariamente de nacionalidad española se deberá aportar certificado de nacimiento del extranjero solicitante y del padre o madre que hubieran sido originariamente españoles o bien certificado del Registro Civil que acredite dicha condición.
*.- ¿Cómo se tramita esta solicitud de residencia temporal por arraigo familiar?.
La solicitud con sus documentos se presentará en la oficina de extranjería donde resida el extranjero siendo necesario el pago de una tasa por importe de 36,42 euros que se tendrá que pagar cuando la solicitud haya sido admitida a trámite.
La Administración tiene un plazo de tres meses para resolver este asunto.Si dentro de dicho plazo la Administración no ha resuelto la solicitud la misma debe entenderse desestimada, abriéndose los plazos para su impugnación por vía judicial.
*.- ¿Autoriza a trabajar la concesión de la autorización de residencia temporal por arraigo familiar?.
La concesión de este tipo de autorización de residencia temporal por arraigo familiar autoriza para trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia en España.
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