¿Puedo pedir una pensión si tengo artrosis?.
Post editado por el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, experto en pensiones de incapacidad laboral, en fecha 5-7-2017.
*.- ¿Qué es la artrosis?
Cómo sabéis los u1e nos seguís, nosotros no somos médicos, sino que somos abogados que estamos altamente especializados en reclamación de pensiones de incapacidad laboral.
Por ello, todas las definiciones y comentarios médicos se tienen que entender siempre hechas desde este punto de vista, es decir desde el punto de vista jurídico pero no médico. Partiendo de esta advertencia tenemos que mencionar que la artrosis, llanamente, se puede definir como:
.- Una enfermedad crónica,
.- Que afecta a las articulaciones, y normalmente se encuentra mas en las manos, rodillas, cadera y columna vertebrar,
.- Que provocan dolor e inflamaciones que afectan al movimiento y afecta a las actividades cotidianas de la vida diaria.
Es una enfermedad que normalmente viene asociada a la edad avanzada de las personas que la sufren, pero que también puede darse en personas más jóvenes por diferentes motivos médicos.
La artrosis deteriora el cartílago articular provocando que los huesos se vayan desgastando y aparezca el dolor.
Si quieren acceder a mas información sobre esta enfermedad pueden hacerlo aquí: artrosis
La limitación de movimientos y el dolor son los dos factores mas relevantes a la hora de valorar esta enfermedad y su relación con el trabajo.
*.- ¿Puedo pedir una pensión de incapacidad por artrosis?
La respuesta a esta pregunta depende de dos factores:
1º.- Grado de artrosis que sufra el paciente. Es decir, hay que determinar en cada caso en concreto que limitaciones concretas provoca dicha artrosis en la persona que la padece, como por ejemplo, imposibilidad de flexiones repetitivas de columna lumbar, de poder coger pesos, de deambular por terrenos irregulares o realizar deambulaciones prolongadas, etc.
2º.- En segundo lugar, un factor muy importante es determinar cual es el tipo de trabajo de la persona que padece artrosis.
El siguiente paso es un paso lógico, tenemos que relacionar por una lado las lesiones y sobre todo las limitaciones que provoca la artrosis en el trabajador, con el trabajo que tiene que realizar en su día a día, para llegar a la conclusión de sui dichas limitaciones le impiden o no realizar l trabajo habitual o cualquier tipo de trabajo.
Si dichas limitaciones que provoca la artrosis hace que no pueda desarrollar su trabajo, en ese caso tenderemos posibilidades de reclamar una pensión de incapacidad permanente total para su trabajo habitual. En este caso el trabajador podrá realizar otra actividad, aunque no la que constituía su actividad habitual. Por ello tendrá derecho a una pensión vitalicia del 55% de su se reguladora.
Si dichas limitaciones que provoca la artrosis en el trabajador le impiden realzar cualquier tipo de actividad, incluso las más sedentarias, en ese caso podría tener derecho a reclamar una pensión de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo, que conlleva la percepción de una pensión vitalicia del 100% dela base reguladora de cada trabajador.
Lógicamente, cada caso es único e irrepetible, y además en cada caso en particular es habitual que el afectado no sólo padezca artrosis sino que conlleve otras enfermedades unidas normalmente a la artrosis, que sin duda deben ser también valoradas desde el punto de vista de la capacidad de trabajo, para con ello efectuar la correspondiente reclamación de nuestra pensión.
*.- Abogados expertos en reclamaciones de incapacidad permanente laboral:
En nuestro despacho de abogados llevamos más de veinte años obteniendo y tramitando pensiones de incapacidad laboral para nuestros clientes.
Si usted está interesado, puede llamar el 958-274169 y contarnos gratis su caso. Una vez sepamos la viabilidad del asunto, le haremos llegar un presupuesto sin compromiso para hacernos cargo de la reclamación de su pensión.