Subsidio a parados de larga duración.
Extracto del post: En esta entrada vamos a explicar en que consiste el subsidio para parados de larga duración que han firmado en este mes de Diciembre del 2014 el Gobierno, los Sindicatos y la patronal.
Post editado por Ramón E. Escribano Garés (abogado).
*.- Subsidio a parados de larga duración.- ¿En que consiste?.
Se trata de un subsidio, al que también podría catalogarse como «ayuda» por un importe fijo de 426 euros mensuales que podrán percibir por plazo de seis meses aquellas personas que tengan la consideración de parados de larga duración.
Es importante destacar que la ayuda mencionada, además del importante aspecto económico en el apoyo a este colectivo de parados, conlleva que la Administración deberá efectuar un estudio personalizado a cada parado al objeto de asesorarle y darle formación con el objetivo de poder encontrar un empleo.
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*.- ¿Quién cobrará el subsidio a pardos de larga duración? .
Tendrán derecho a cobrar este subsidio aquellas personas que lleven al menos doce meses en situación de desempleo legal. Esto quiere decir que el futuro perceptor de esta ayuda debe haber perdido su puesto de trabajo y encontrase en situación de desempleo forzoso durante al menos doce meses, por ello esta ayuda no puede ser solicitada por cualquier persona que carezca de ingresos, sino en la que concurran los requisitos antes expuestos, al no tratarse de una ayuda de carácter asistencial sino de carácter laboral.
En el acuerdo alcanzado por el gobierno con los sindicatos se ha establecido que además, el futuro perceptor debe:
– Tener familiares a cargo,
– Sus ingresos no pueden ser superiores al 75% del IPREM (esto es, para 2014 no podrían ser superiores a 399,38 euros mensuales)
– Debe llevar al menos seis meses sin percibir ningún tipo de prestación
El subsidio sólo podrá cobrarse por los beneficiarios durante el plazo de seis meses, en lo relativo al cobro de la cantidad antes referida, aunque el aspecto formativo podría llegar hasta 15-4-2006, fecha prevista para la perdida de vigencia de este subsidio a parados de larga duración.
Este subsidio a parados de larga duración entrará en vigor en el mes de enero de 2015 y estará vigente hasta el 15-4-2016, aunque podría ser prorrogado a instancias del gobierno o de los Sindicatos, pero tendrían que previamente pactarlo.
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*.- Subsidio a parados de larga duración y compatibilidad con un empleo.
El acuerdo alcanzado pro el Gobierno y sindicatos prevé que si la persona beneficiaria del subsidio encuentra un empleo durante el tiempo que dura la correspondiente prestación económica aquí regulada, podrá hacer compatibles ambas situaciones, esto es, la percepción del subsidio y la realización del trabajo.
En este caso, la ayuda o subsidio serviría o se destinaría a abaratar el coste económico del trabajador, detrayéndose la misma del salario que perciba el mismo. Un ejemplo aclarar lo que exponemos: Si el trabajador encuentra un trabajo pro el que percibe 500 euros mensuales, los primeros 426 euros serían pagados por el Servicio Público de empleo, y el resto por la empresa, lo que evidentemente, supone un importante incentivo para las empresas a la hora de contratar a este sector de la población tan castigado por el desempleo.
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NOTA: Toda la información contenida en esta entrada se refiere al estado de la cuestión que se trata en la misma a fecha de su redacción, no haciéndonos responsable de cualquier cambio posterior en la materia a esa fecha.