Tiempo de baja para solicitar la incapacidad permanente.
Extracto de la entrada: en este post el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, va a resolver una de las dudas que más se plantean en el día a día de nuestro despacho de abogados por aquellas personas que quieren solicitar una pensión de incapacidad permanente, y que se refiere a qué tiempo tienen que estar de baja antes de poder solicitar dicha prestación de incapacidad permanente.
*.-Tiempo de baja para solicitar una incapacidad permanente: Planteamiento:
En nuestro despacho, y entendemos que en todos los despachos de abogados que se dedican, de forma profesional, a la reclamación de pensiones de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, es muy común el siguiente supuesto de hecho:
1.- Una persona acude al despacho con la intención de encargarnos que iniciemos las gestiones para reclamar una pensión de incapacidad permanente.
2.- Esta persona lleva poco tiempo de baja, es decir, en situación de incapacidad temporal.
3.- Nos pregunta ¿cuánto tiempo tengo que estar de baja laboral para poder solicitar la incapacidad permanente?, ¿tengo que agotar el plazo máximo de doce meses?, ¿me pueden valorar antes de que transcurra dicho plazo?.
Seguidamente pasamos a responder a estas preguntas.
*.-No es necesario agotar la situación de incapacidad temporal:
Tal y como hemos avanzado en el título de este apartado, es importante destacar que no es necesario agotar el periodo máximo de baja laboral para poder instar una pensión de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados.
Un proceso de baja laboral o incapacidad temporal, tiene como finalidad fundamental tratar la lesión o enfermedad del trabajador, y ello desde el punto de vista de recuperar su capacidad laboral. Para ello, el trabajador que, debido a su enfermedad o lesión, no puede trabajar, causa baja e inicia un proceso de curación hasta recuperar dicha capacidad pérdida.
Dentro de este proceso de incapacidad temporal puede llegar un momento en que las lesiones o enfermedades del trabajador son definitivas y no admiten ni necesitan más tratamiento médico, siendo las mismas definitivas, crónicas e impiden al trabajador desarrollar su actividad laboral o en su caso, cualquier tipo de trabajo. En este momento, ya existirían condiciones adecuadas para instar que el equipo de valoración del lnstituto Nacional de la Seguridad Social, valorara si el trabajador interesado, en este momento, puede ser acreedor de ser declarado en alguna situación de incapacidad permanente, y ello sin necesidad de que se haya agotado la baja laboral.
Por ello, dependiendo de cada caso en particular, la pensión de incapacidad permanente podrá ser solicitada en un momento u en otro diferente, sin que sea un requisito obligatorio y específico el tener que agotar la situación previa de baja laboral máxima. Como hemos señalado, lo más importante para establecer el momento adecuado para solicitar nuestra pensión de incapacidad permanente va a depender de:
.- Las lesiones o enfermedades del trabajador.
.- De si dichas lesiones o enfermedades le impiden o no trabajar.
.- De si las mismas están pendientes o no de seguir recibiendo tratamiento curativo, es decir, orientado a la recuperación de su capacidad laboral.
.- Si las lesiones o enfermedades son crónicas.
*.- Abogados con experiencia profesional en reclamación de pensiones de incapacidad permanente:
En nuestro despacho de abogados, con sede en Granada pero ejercicio en toda España, llevamos más de 20 años reclamando pensiones de incapacidad permanente a nuestros clientes. Llame al 958-274169 y cuéntenos su caso, le informaremos sobre la viabilidad, que a nuestro entender, pueda tener su reclamación y si lo desea, le haremos llegar un presupuesto gratis y sin compromiso con el coste que les puede suponer contratarnos para reclamar su pensión.
La primera consulta de tipo telefónico es gratis en el 958-274169.
NOTA: Este post tiene carácter meramente generalista, cada caso debe estudiarse de forma particular para establecer el momento más adecuado para solicitar una pensión de incapacidad permanente en alguno de sus grados.