Cómo obtener una incapacidad permanente.

En este post vamos a responder a una pregunta muy frecuente entre las personas que están interesadas en relación a prestaciones de incapacidad permanente, y consiste en ¿cómo puedo obtener una incapacidad permanente?, ¿Qué pasos tengo que dar para obtenerla?.

Seguidamente, en este post vamos a explicar detenidamente este asunto.


Somos abogados especialistas en reclamación de prestaciones de incapacidad permanente. En nuestro despacho ofrecemos dos servicios gratis:

1º.- Estudio de la viabilidad de su reclamación de pensión de incapacidad permanente gratis. Si está interesado en solicitar una pensión de incapacidad permanente y no sabe si reúne los requisitos para ello puede consultarnos su caso y nosotros le informaremos sobre la viabilidad de su reclamación en nuestra experiencia profesional de mas de 20 años en este sector legal. Llame al 958-274169 e infórmese como obtener esta viabilidad totalmente gratis.

2º.- 1ª consulta por e-mail gratis. Este servicio está pensado para responder preguntas concretas sobre prestaciones de incapacidad permanente,. Envíe su pregunta al correo abogadoramonescribano@gmail.com y le responderemos a la mayor brevedad totalmente gratis


Estudio de los requisitos de carácter general para solicitar una pensión de incapacidad permanente:

Lo que hay que tener en cuenta en primer lugar antes de entrar a valorar la solicitud de una prestación de incapacidad permanente es si cumplimos con los requisitos de carácter general. En concreto nos referimos a los siguientes:

.- Edad del interesado/interesada, y en concreto que no haya cumplido la edad de jubilación.

.- Estar en situación de alta o asimilada.

Es decir, estar trabajando (en situación de incapacidad temporal) o bien en alguna de las situaciones asimiladas al alta como el paro subsidiado e involuntario.

.- Tener el periodo mínimo de cotización que sea necesario dependiendo del tipo de contingencia de la que derive la incapacidad permanente y de la edad del lesionado.

Este requisito no es necesario cuando la incapacidad permanente deriva de accidente sea o no de trabajo o de enfermedad profesional pero si es exigible en el caso de que derive de enfermedad común.

Abogado Ramón Escribano Garés.
Telf: 958-274169.

Estudio de las patologías y limitaciones del interesado/a en solicitar una prestación de incapacidad permanente:

Una vez analizado que cumplimos con los requisitos de carácter general antes aludidos, el siguiente paso es determinar que enfermedades y patologías sufre cada interesado/a, y en especial nos interesa sobre todo las limitaciones que las mismas generan en cada interesado/a.

Específicamente, aunque todo dependerá de cada caso en concreto, nos interesan las limitaciones que afecten a aspectos tales como:

.- Manejo de cargas,

.- Capacidad de carga física.

.- Requerimientos dorso-lumbares. Cervicales y dorsales.

.- Limitaciones en la movilidad y fuerza en miembros superiores e inferiores.

.- Capacidad de deambulación, bipedestación y sedestación.

.- Aptitudes de carga mental y sensorial como atención al público, apremio, complejidad, sensibilidad, audición, vista, etc.

Para ello nos podremos servir de todo tipo de informes médicos actualizados, sobre todo de especialistas de cada materia.

Asimismo son muy interesantes las pruebas objetivas como radiografías, resonancias magnéticas, gammagrafías, ecografías, etc, debido a lo objetivo de dichas pruebas.

De igual forma es importante acreditar la cronicidad de dichas patologías y limitaciones, ya que de lo contrario, es decir, si están en proceso de curación, no deberíamos reclamar una incapacidad permanente hasta el momento de estabilización o cronicidad de las lesiones o enfermedades, aunque insistimos, cada caso será siempre diferente.

Estudio del trabajo de cada interesado/a en reclamar una incapacidad permanente:

El siguiente paso, una vez superado los dos anteriores es estudiar el trabajo de cada interesado en reclamar una pensión de incapacidad permanente.

Existen varias prestaciones de incapacidad permanente que están estrechamente ligadas al trabajo habitual del interesado/a, en concreto nos referimos a la incapacidad permanente total y a la incapacidad permanente parcial.

Ambas prestaciones están relacionadas con los requerimientos exigibles en el trabajo de cada interesado/a.

Por ello es un factor esencial para valorar si podemos o no, solicitar una prestación de incapacidad permanente que estudiemos en que consiste el trabajo concreto de cada interesado y ello desde el punto de vista de que requerimientos tanto físicos como mentales se van a exigir en cada caso.

Para ello podemos servirnos de múltiples pruebas como por ejemplo:

  • Contrato de trabajo
  • Nóminas
  • Convenio colectivo
  • Informes de servicio de prevención de la empresa.
  • Informes de tareas de la propia empresa.
  • Guía de Valoración profesional del INSS

Este último documento, la Guía de valoración profesional del INSS consiste en un documento editado por el Instituto Nacional de la Seguridad social en el que el propio INSS describe múltiples trabajo y explica o determina que requerimientos son exigibles para desarrollarlos.

Si quieren acceder a dicha guía pueden hacerlo en este enlace: https://bit.ly/3vIbHjl

Análisis jurídico de la reclamación de una incapacidad permanente:

Una vez superados y estudiado todos los puntos anteriores de cada caso en particular, para obtener una incapacidad permanente debemos concretar cada caso de forma particular, combinando toda la información obtenida en cada paso y determinar que tipo de incapacidad podríamos solicitar.

En concreto, si del análisis de todo lo expuesto se desprende que el trabajador/a no puede trabajar en ningún trabajo, ni siquiera de tipo sedentario, en ese caso nos plantearíamos obtener una incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.

Si por el contrario, tras el estudio de todo lo anterior se acredita que el trabajador/a no puede trabajar en su trabajo habitual pero si podría trabajar en otro donde no se le exigieran los requerimientos que tiene limitados, en ese caso podríamos plantearnos obtener una incapacidad permanente total para su trabajo habitual.

Por el contrario, si tras el estudio del caso en concreto, llegamos a la conclusión de que el trabajador si puede trabajar en su trabajo pero tiene una disminución de su rendimiento superior al 33%, en ese caso podríamos obtener una incapacidad permanente parcial para su trabajo habitual.

Dependiendo de cada caso en concreto podremos plantearnos cual es la prestación de incapacidad permanente mas adecuada cada caso en concreto.

Este estudio en nuestro despacho es totalmente gratis. Vea este vídeo donde lo explicamos:

Acceda más contenido sobre como obtener una incapacidad permanente:

Si quiere acceder a mas contenido similar pinche en este enlace: https://abogadoescribanogares.com/pensiones-de-incapacidad-permanente-y-seguridad-social/

Para ver mas post de contenido similar pinche en el que mas le interese de los siguientes:

ÚLTIMOS POST

POST RELACIONADOS

error: Content is protected !!