Como actuar en caso de revisión de mi pensión de incapacidad permanente.

Extracto de la entrada: En este post vamos a explicar como debemos actuar ante una revisión de nuestra pensión de incapacidad permanente y que debemos hacer ante las diferentes situaciones en las que nos podemos encontrar.

*- ¿Qué hacer en caso de que revisen mi pensión de incapacidad?. Planteamiento:

Un aspecto que es desconocido por muchas personas, incluso por las que disfrutan de una pensión de incapacidad permanente es el hecho de que la misma puede ser revisada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

En las resoluciones que reconocen la pensión de incapacidad, la Administración señalará a partir de que fecha podría ser revisada nuestra situación y evaluado nuevamente nuestra capacidad laboral.

El hecho de que exista dicha posibilidad de revisión de nuestra pensión de incapacidad no quiere decir que en todos los casos se revise, pero si nos pone de manifiesto una posibilidad de que esto pueda ocurrir.

Revisión de mi pensión de incapacidad.

Como actuar ante una revisión de mi pensión.

*.- ¿Cómo debo actuar ante la revisión de mi pensión?:

Lo que seguidamente vamos a explicar son meros consejos que van dirigidos a las personas cuya pensión vaya a ser revisada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y basado en nuestra experiencia profesional. Debemos advertir que son consejos generalistas y que cada caso se debe estudiar de forma particular y concreta para poder aconsejar y obtener el mejor resultado a los intereses de cada cliente.

Dicho lo anterior, cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social decide revisar una pensión de incapacidad enviará una notificación al interesado citándolo para ser reconocido por los servicios de inspección médica y ello al objeto de evaluar nuevamente su capacidad laboral.

Por ello, la primera medida que se debe tomar ante la recepción de dicha notificación es preparar conveniente y ordenadamente todos los documentos médicos que se hayan generado durante el periodo de tiempo que haya transcurrido desde la concesión de la pensión y hasta la fecha.

En segundo lugar y en el caso de que la pensión que se va a revisar haya sido compatible con el trabajo del interesado, por ejemplo por haber percibido una pensión de incapacidad permanente total y ello nos permite trabajar en un trabajo distinto y compatible, sería interesante aportar a dicho acto de revisión un certificado expedido por los servicios de prevención de la empresa en la que se esté trabajando al objeto de que determinen y expliciten que actividades realizamos en nuestro trabajo al objeto de demostrar que son compatibles con la percepción de nuestra pensión que es objeto de revisión.

En tercer lugar también podemos aportar un informe de vida laboral al objeto de acreditar que no hemos trabajado durante todo este periodo, aunque la Administración puede obtenerlo directamente.

Por último aconsejamos que se acuda al despacho de un abogado o experto en reclamación de pensiones de incapacidad, para que analizando cada caso en particular, nos pueda indicar que documentos o acciones concretas podemos realizar en nuestro caso en particular.

*.-  ¿Qué debo hacer si me revocan mi pensión de incapacidad?:

Si tras la cita con la inspección médica del Instituto Nacional de  la Seguridad Social recibimos una notificación por la que se nos revoca nuestra pensión o bien rebajan el grado de la misma (por ejemplo de una absoluta a una total o parcial), en  ese caso e puede presentar una reclamación previa frente a dicha resolución y ello en el plazo de 30 días desde la recepción de la misma.

Una vez presentada la reclamación el Instituto Nacional de la Seguridad Social tendrá  el plazo de 45 días para resolverla. Si transcurre dicho plazo sin que obtengamos respuesta a nuestra reclamación la misma se debe entender desestimada.

Frente a la desestimación de la reclamación previa cabe interponer demanda judicial ante el Juzgado de lo Social.

Para la redacción de estas reclamaciones y demandas es aconsejable contar con abogados expertos en dichas reclamaciones.

En nuestro despacho somos abogados expertos en este tipo e reclamaciones frente a la Seguridad Social. Puede llamarnos al 958-274169 y contarnos su caso. La primera llamada telefónica es gratis. Le haremos llegar un presupuesto gratis y sin compromiso con el coste que puede suponerles que nosotros nos hagamos cargo de su reclamación.

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