Patologías en los codos. Epicondilitis y etitrocleitis.

En este post vamos a explicar cuales son las lesiones o patologías mas frecuentes a nivel de codos y seguidamente vamos a explicar los criterios que seguimos en el despacho para establecer la viabilidad o posibilidad de reclamar una pensión de incapacidad permanente si padecemos lesiones en los codos.

En nuestro despacho de abogados en Granada, aunque trabajamos en toda España, somos especialistas en reclamación de pensiones de incapacidad permanente. La primera consulta a través del e-mail 4135@icagr.es es gratuita. Envienos su pregunta y le responderemos a la mayor brevedad.

Lesiones en los codos más frecuentes:

Como saben, nosotros no somos médicos sino abogados. Por ello, todas las consideraciones de tipo médico que podamos hacer en este post se deben tomar desde este punto de vista. Cualquier consejo médico, tanto de diagnóstico como tratamiento debe ser siempre consultado con un médico.

Dicho esto, en nuestra experiencia profesional como abogados, podemos concluir que las lesiones en los codos mas frecuentes son las siguientes:

  • Epicondilitis o codo de tenista que causa dolor fundamentalmente en la parte externa del codo.
  • Epitrocleitis o codo de golfista que causa dolor y limitación fundamentalmente en la parte interna del codo afectado.
  •  Afectaciones del nervio cubital.
  • Tendinopatias de codo.
  • Lesiones articulares o esguinces.
  • Distensiones o problemas de tipo muscular.
  • Fracturas.
  • Etc.

Aunque siempre va  a depender de cada caso en concreto, las limitaciones que las lesiones en los codos provocan a los afectados/as consiste en pédida de fuerza en el miembro superior afectado, dolor e impotencia funcional, limitación de movimientos, afectación ama capacidad de carga y de coger pesos y al sensibilidad del miembro afecto.

Pensión de incapacidad por patologías en los codos.
Abogado Ramón Escribano Garés.
Teléf: 958-274169 y E-mail 4135@icagr.es

Trabajos más afectados por lesiones en los codos.

Las lesiones en los codos podrían afectar a cualquier tipo de trabajo, pero en nuestra experiencia, es muy frecuente que afecte a profesiones como mecánicos, fontaneros, electricistas, cocineros, albañiles y en general a aquellas profesiones o trabajos que requieren esfuerzos a nivel de miembros superiores y de codos, ejerciendo fuerza con ambas manos y brazos durante su jornada laboral.

No obstante, existen otras muchas profesiones que pueden causar este tipo de lesiones en los codos y que podrían dar lugar  a la percepción de una incapacidad permanente.

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Criterios para reclamar una pensión de incapacidad permanente.

Como hemos avanzado, vamos ahora a explicar como estudiamos cada caso en nuestro despacho de abogados para establecer si podríamos o no reclamar una pensión de incapacidad permanente por lesiones en los codos (fundamentalmente por epicondilitis y epitrocleitis).

1.- Estudio de informes médicos del interesado/a:

El primer paso o criterio a analizar es el estudio de todos los informes médicos que tenga el interesado/a.

Sobre todo nos interesa contar con informes de especialistas en unidad de miembro superior que diagnostiquen las lesiones en los codos y concreten las limitaciones que padece el afectado/a por ello.

En concreto nos interesa saber si afecta a su capacidad de ejercer fuerza, a su movilidad, a las tareas que conlleven mantenimiento de posturas forzadas de brazos y manejo de cargas.

Asimismo nos interesa contar con informes de privas de imagen que objetiven las lesiones en los codos como radiografías, ecografías, resonancias magnéticas, electromiografías, etc.

Un aspecto muy relevante es que las lesiones en  los codos deben ser definitivas y crónicas, sin que sean suceptibles de mas tratamientos de tipo curativo o tendente a la recuperación funcional de las lesiones en los codos.

2.- Estudio del trabajo habitual del afectado/a:

El segundo criterio es analizar el trabajo del interesado/a.

Nos interesa estudiar el trabajo habitual del interesado/a desde el punto de vista de los requerimientos a nivel de codos y miembro superior. Es decir, tendremos que analizar si en el trabajo concreto que analizamos se requieren requerimientos elevados o no a nivel de manejo de cargas, movilidad de miembros superiores, manipulación de objetos y movlidad en general de miembros superiores, manos, muñecas y codos.

Para ello tendremos que valernos de pruebas como:

  • Contratos de trabajo
  • Nóminas.
  • Estudios de riesgos laborales
  • Certificados de tareas de la empresa.
  • Guía de valoración profesional del INSS
  • Etc.

3.-Valoración de la posible incapacidad permanente por lesiones en los codos:

Teniendo en cuenta los dos criterios anteriores, el abogado especializado en reclamación de pensiones de incapacidad permanente, debe concretar si con los elementos de prueba obtenidos es viable o no iniciar una reclamación de incapacidad permanente y en particular el grado concreto de incapacidad que podríamos reclamar.

Este criterio se corresponde con una valoración jurídica del caso que debe realizar el abogado especializado en la materia y que puede apoyarse, si fuera necesario, en criterios o conejos periciales de expertos en valoración del daño corporal o medicina del trabajo.

Estudiamos la viabilidad de su caso gratis:

Si usted está pensando en solicitar una pensión de incapacidad permanente y no sabe si tendría posibilidad llame al 958-274169. Nosotros estudiamos su caso totalmente gratis y le informamos si, en nuestra experiencia, y una vez estudiado su caso, podríamos solicitar o no una pensión de incapacidad y en su caso el grado de la misma.

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