Posibilidad para reclamar una pensión de incapacidad.

En nuestro despacho de abogados en Granada, aunque trabajamos en toda España, una de  las especialidades es la reclamación de pensiones de incapacidad  permanente total, así como pensiones de incapacidad en cualquiera de sus grados.

Uno de los grados es la incapacidad permanente total.

En este post vamos a explicar en que consiste una incapacidad permanente total y como valoramos cada caso para valorar la viabilidad de una posible reclamación de pensión de incapacidad permanente total.

¿Que  es una pensión de incapacidad permanente total?

Cuando un trabajador, debido la las lesiones o patologías que sufre (derivadas de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad común o  enfermedad profesional) le impiden realizar todos o las fundamentales tareas de su trabajo habitual, tiene derecho a que se le reconozca una pensión vitalicia de incapacidad permanente total para su trabajo habitual.

De este concepto queremos destacar los siguientes aspectos de interés:

1.- La incapacidad permanente se refiere al trabajo habitual del trabajador, no a cualquier otro trabajo, sino específicamente a su trabajo habitual.

2.- Tiene que existir limitación para todas las tareas o al menos para las tareas fundamentales de dicho trabajo habitual.

3.- Si el trabajador es declarado en situación de incapacidad permanente total para su trabajo habitual tendrá derecho a una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora, aunque podrá llegar al 75% de su base reguladora si tiene mas de 55 años y carece de trabajo.

4.- El trabajador que es declarado en situación de incapacidad permanente total podrá realizar un trabajo diferente al que ha motivado dicha declaración de incapacidad, siempre y cuando los requerimientos físicos y psíquicos del nuevo trabajo sean compatibles con su situación incapacitante.

Por ello no es extraño que una trabajador esté declarado en situación de incapacidad permanente total para un trabajo (pongamos por caso para albañil), perciba una pensión por este hecho y además pueda trabajar en un trabajo que sea compatible con su situación de incapacidad

5.- Otros aspecto de interés es el concepto de trabajo habitual que se refiere al que normalmente realiza el trabajador y en todo caso el que haya desarrollado durante el último año antes del inicio de la declaración de incapacidad permanente.

¿Puedo reclamar una incapacidad  permanente total?
Abogado Ramón Escribano Garés Teléfono 958-274169.

¿Cómo valoramos si puedo reclamar una pensión de incapacidad permanente total?:

Cada caso debe valorarse de forma individualizada para llegar a poder responder a esta pregunta.

Seguidamente vamos a resumir los pasos que nosotros seguimos en nuestro despacho para realizar esta valoración de la posible pensión de incapacidad permanente total para el trabajo habitual:

1º.- Estudio de criterios generales:

El primer paso es determinar si el interesado cumple o no con los requisitos generales necesarios para reclamar una pensión de incapacidad permanente, como son:

.- Edad.

.- Tiempo de cotización necesario, aunque en algunos casos, como por ejemplo, en los derivados de contingencias profesionales, no es necesario tempo previo de cotización.

.- Situación de alta o asimilada al alta.

En nuestro despacho la primera consulta por correo electrónico es Gratis. Envie su pregunta al correo 4135@icagr.es y le responderemos encantados.

2º.- Estudio de la documentación médica:

El siguiente paso es estudiar las patologías, enfermedades y sobre todo limitaciones que estas provocan en el interesado. Para ello necesitamos tener a nuestra disposición todos los informes médicos que el interesado nos pueda aportar para valorarlos convenientemente e incluso, caso de ser necesario, proponer que el interesado pueda obtener otros mas específicos.

Con esto pretendemos saber que limitaciones tiene el interesado en los aspectos relacionados con su capacidad laboral, como por ejemplo:

  • Capacidad de carga
  • Carga biomecánica en las diferentes localizaciones corporales (zona lumbar, dorsal, cervical, hombros, caderas, brazos, etc.).
  • Capacidad de deambulación y bipedestación.
  • Carga mental (atención al público, relación con terceros, apremio, etc.).

3º.- Estudio del trabajo habitual del lesionado:

En este apartado pretendemos saber que requerimientos físicos se exigen al trabajador en su trabajo habitual.

Como hemos referido, este tipo de incapacidad permanente está referida al trabajo habitual, por ello necesitamos saber en que consiste su trabajo y especialmente que requerimientos físicos y mentales se le exigen para desarrollar el mismo.

A este respecto una herramienta muy importante es la propia Guía de Valoración Profesional del INSS que pueden encontrar en este enlace:  https://cutt.ly/ToldEBT

En esta Guía podemos encontrar las diversas profesiones y un estudio de los requerimientos de todo tipo que se exigen para desarrollar las mismas.

Si quiere acceder a mas información sobre este tipo de temas pinche en este enlace: https://abogadoescribanogares.com/pensiones-de-incapacidad-permanente-y-seguridad-social/

4º.- Análisis jurídico del caso concreto:

Por último, nuestros abogados,, teniendo en cuenta todo lo expuesto y aplicando nuestra experiencia de mas de 20 años defendiendo reclamaciones de pensiones de incapacidad permanente total, podemos ver la viabilidad de cada caso en concreto, combinando especialmente las limitaciones del trabajador y a su capacidad laboral acreditada, por un lado, con los requerimientos que en su trabajo se le exigen.

Valoramos su caso gratis. Pensión de incapacidad permanente total:

En nuestro despacho de abogados valoramos la viabilidad de su reclamación de pensión de incapacidad permanente total de forma gratuita. Llame al 958-274169 e infórmese.

Si lo prefiere vea este vídeo donde lo explicamos.

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