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Si tiene una hernia l4 l5 y quiere solicitar una pensión de incapacidad permanente llame al 958-274169 e infórmese. 1ª consulta telefónica gratis.

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Si tengo una hernia L4 L5 ¿puedo pedir una pensión de incapacidad permanente?

Extracto de la entrada: En este post vamos a ver cómo valoramos en nuestro despacho de abogados si una persona, que tiene una hernia discal L4 L5, puede o no solicitar una pensión de incapacidad permanente de carácter laboral para su trabajo habitual o de cualquier otro grado.

Post editado por el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, especialista en reclamación de pensiones de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, con teléfono 958-274169.

*.- Hernia discal L4 L5 e incapacidad permanente: Planteamiento:

La hernia discal L4 L5 se encuentra ubicada en la zona lumbar de la columna vertebral. Es una zona que está sometida a una inestabilidad muy alta y a continuas presiones y esfuerzos, sobre todo en aquellos trabajos que conllevan la carga de pesos, la flexo-extensión de la zona lumbar y el mantenimiento de posturas forzadas así como la deambulación y la bipedestación prolongada.

Los síntomas más habituales que suele aparecer a las personas que sufren esta hernia lumbar L4 L5 son dolor, limitación de movimientos, dificultades para la flexo-extensión de la espalda, limitaciones para cargar pesos, mantener posturas de bipedestación y deambulación prolongada, etc.

En los casos más graves la hernia puede provocar una afectación de las raíces nerviosas, lo que aumenta el dolor y las limitaciones del afectado. Para tener un diagnóstico objetivo de esta afectación de las raíces nerviosas, la electromiografía es una ayuda inestimable.

Todo lo expuesto en esta entrada debe ser entendido como información facilitada desde el punto de vista jurídico y no desde el punta de vista médico. Nosotros somos abogados y no médicos. Cualquier duda médica debe ser consultada con los especialistas correspondientes.

Incapacidad permanente por hernia l4 l5

Pensión por hernia l4 l5.

*.-¿Puedo solicitar una pensión si tengo una hernia l4 l5?:

Como siempre decimos en todas las entradas en las que analizamos dolencias o lesiones en particular, no podemos dar una receta o estrategia única para todo tipo de casos. Cada caso se debe estudiar en particular, de forma concreta e individualizada, para poder dar una respuesta concreta y eficaz.

No obstante si podemos avanzar, que en todos los casos, la forma en que analizamos cada caso es la siguiente:

1º.- Análisis de los documentos médicos facilitados por el cliente:

Debemos analizar y estudiar todos los documentos médicos que nos entregue el interesado. Para ello es muy importante:

.- Informes de resonancias magnéticas que acrediten objetivamente la existencia de la hernia l4 l5 y sus características concretas.

.- Informe de electromiografía para conocer la existencia de afectación neurológica ( de las raíces nerviosas), y el grado de afectación.

.- Informe del especialista correspondiente que nos indique si dicha lesión es o no operable y cuál puede ser su tratamiento y expectativas de curación.

. En su caso, informes de la unidad del dolor para acreditar el grado de control sobre el mismo.

.- Informes del servicio de rehabilitación o de otro especialista que nos indique las limitaciones que sufre el interesado como consecuencia de la hernia l4 l5.

2º.- Análisis del trabajo habitual del lesionado:

Debemos analizar:

.-  Cual es el trabajo del lesionado,

.-  las funciones que desempeña en el mismo,

.- los requerimientos físicos exigidos en su trabajo, sobre todo en lo que respecta a la implicación de la zona lumbar afectada.

Para ello debemos analizar su contrato de trabajo, su vida laboral, su categoría profesional y todos aquellos documentos que nos ayuden a determinar este aspecto en particular.

3º.-  Conclusiones:

Combinando toda la información de los dos primeros apartados, podremos llegar a la conclusión de si, en el caso en concreto, las hernia l4 l5 y sus limitaciones,pueden ser o no suficientes para solicitar una pensión de incapacidad permanente en alguno de sus grados, basándonos para ello en nuestra experiencia profesional y en la jurisprudencia de los Tribunales en casos análogos.

Este estudio anterior, en nuestro despacho de abogados es gratis. Pueden llamarnos al 958-274169 y le indicaremos cómo proceder para que nos envíen sus documentos y podamos informarle sobre la viabilidad que, a nuestro entender, puede tener su caso en particular. La primera consulta telefónica es gratis.

Para saber más sobre esta hernia pueden hacerlo pinchando en este enlace:hernia l4 l5

NOTA: Todo lo expuesto en este post tiene carácter generalista. Cada caso se debe estudiar de forma particular para saber si sería o no viable el inicio de una reclamación de pensión de incapacidad permanente. La lectura de la entrada no entraña relación alguna con el despacho y abogado autor de la misma.

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