¿Puedo solicitar una incapacidad permanente si sufro lesiones lumbares?

En este post, el abogado Ramón Escribano Garés, con teléfono 958-274169, abogado especializado en:

  • Pensiones de incapacidad permanente.
  • Reclamación de grados de discapacidad.
  • Impugnación de altas médicas.
  • Asuntos relacionados con reclamaciones frente a la Seguridad Social y de tipo laboral.

Explica si es posible que una persona que sufra lesiones lumbares (hernias lumbares, radiculopatia, lumbalgia, artrosis, estenosis de canal, etc.), podría solicitar una pensión de incapacidad permanente absoluta.

¿A qué nos referimos con incapacidad permanente absoluta por lesiones lumbares?.

La incapacidad permanente absoluta podriamos definirla como aquella que corresponde a un trabajador o trabajadora que debido a las lesiones que sufre (en tese caso en particular las lesiones lumbares), no puede realizar trabajo o profesión de tipo alguno.

Es decir, nos referimos a una prestación que corresponde al trabajador/a que debido a sus dolencias no puede desarrollar trabajo de tipo alguno, ni siquiera trabajos de poco esfuerzo o poca responsabilidad o carga mental.

Servicios gratis del despacho de abogados:

En nuestro despacho ofrecemos dos servicios gratis:

1º.- Primera consulta por E-mail gratuita.

Puede enviarnos un correo electrónico a abogadoramonescribano@gmail.com plantando una pregunta concreta y le responderemos a la mayor brevedad.

2º.-Valoramos su caso gratis.

Si está pensando en reclamar una pensión de incapacidad permanente puede enviarnos un E-mail contándonos su caso y nosotros lo valoramos gratis y le informaremos de sui es posible solicitar una o pensión en su caso en concreto.

Infórmese como obtener esta valoración llamando al  958-274169

Abogado pensiones de incapacidad permanente.

¿Cómo es la pensión que corresponde por una incapacidad permanente absoluta?

Como hemos mencionado, corresponde una pensión de incapacidad permanente absoluta cuando el afectado no puede realizar trabajo de tipo alguno, es decir, no tiene capacidad residual de trabajo.

Por ello, al ser una de las situaciones mas graves que pueden afectar a un trabajador, la ley prevé que la prestación o pensión que le corresponde es del 100% de la base reguladora.

Como hemos explicado en otros post, la base reguladora es una cantidad económica que determina el importe de la pensión en base a las cotizaciones del trabajador, y que se calcula de forma diferente según sea la contingencia que da lugar a la pensión (accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común).

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¿Puedo acceder a una incapacidad permanente absoluta por lesiones lumbares?

La respuesta es que SI, aunque depende siempre del análisis del caso en concreto.

Tenemos que estudiar que lesiones lumbares sufre cada interesado/a y a partir de ese estudio determinar si, debido a esas lesiones lumbares que sufre, se anula o no la capacidad laboral; si llegamos a la conclusión de que esas lesiones lumbares le impiden realizar cualquier tipo de trabajo, en ese caso si podríamos aspirar a una incapacidad permanente absoluta.

Trabajamos en toda España: Véa este vídeo. 

¿Qué criterios se valoran para valorar una incapacidad permanente absoluta por lesiones lumbares?

Como hemos referido antes, todo depende del análisis de las lesiones lumbares que sufra cada interesado/a.

Las lesiones lumbares que sufra la persona pueden ser muy variadas, como por ejemplo:

  • Hernias lumbres.
  • Estenosis de canal.
  • Discopatia lumbar
  • Radiculopatias lumbares.
  • Fracturas d cuerpos vertebrales.
  • Etc.

Por ello, lo primero es determinar que tipo de patología o lesiones lumbares sufre el interesado/a.

El siguiente paso necesario es ver que limitaciones provocan esas lesiones lumbares en cada persona, y ello en los siguientes aspectos:

.- Como afecta la deambulación. Es decir, si las lesiones lumbares hacen que la persona no pueda caminar o tenga dificultades para caminar durante cierto tiempo, o un número de metros determinados, con o sin claudicación de la marcha.

.-  Limitaciones para mantenimiento de bipedestación prolongada.

.- Si limita o no para el mantenimiento de posturas.

.- Si limita para cualquier tipo de esfuerzo físico de tipo lumbar, incluso esfuerzos de tipo leve.

.- Otro aspecto es ver si la patología o lesión lumbar impide mantener posturas forzadas y posturas de sedestación prolongada.

.- Analizar si sufre dolor y si este es o no controlado.

.- Analizar si la alternancia postural  alivia el dolor y la limitación o por el contrario no lo hace.

En definitiva, se trata de analizar cada caso en concreto a la luz de los aspectos o criterios relacionados de forma ejemplificativa, para una vez analizado todo, concluir si tenemos base para reclamar una incapacidad permanente absoluta.

Valoración de su incapacidad permanente absoluta por lesiones lumbares gratis:

Este estudio o valoración de cada caso en concreto, necesario para plantearnos solicitar una incapacidad permanente absoluta, en nuestro despacho es totalmente gratuito.

Tiene que enviarnos un E-mail a la dirección abogadoramonescribano@gmail.com contándonos su caso y nosotros lo analizaremos desde los criterios antes explicitados en este  post, y le informaremos si en nuestra experiencia, podriamos o no reclamar una incapacidad permanente absoluta o de otro tipo, en base a sus lesiones lumbares o cualquier otro tipo de patología o enfermedad que pudiera tener.

Si desea más información de cómo obtener su valoración gratuita llame al 958-274169 y le informaremos.

Si quiere acceder a mas contenido similar puede hacerlo pinchando en este enlace: https://abogadoescribanogares.com/abogado-pension-incapacidad-permanente/

Para mas información viste la web de la Seguridad Social en este enlace: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio

 

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