Si tengo fibrosis post-quirúrgica ¿puedo reclamar una pensión?

El abogado Ramón Escribano Garés, con teléfono 958-274169 y E-mail 4135@icagr.es explica en este post las posibilidades que podemos tener a la hora de plantearnos reclamar una pensión de incapacidad por el padecimiento de fibrosis post-quirúrgica.

¿Qué es una fibrosis post-quirúrgica?

Para poder analizar si sería o no posible reclamar una pensión de incapacidad permanente por fibrosis post-quirúrgica, debemos , brevemente explicar a que nos referimos.

Cuando hablamos de fibrosis post-quirúrgica nos referimos  al proceso de cicatrización que se produce cuando se ha realizado una intervención quirúrgica,  y en concreto cuando esta cicatrización es excesiva y no se efectúa de forma adecuada, lo que conlleva a que se forme mas tejido fibroso del necesario para dicha cicatrización en la zona afectada.

En concreto nosotros nos vamos a detener cuando esa fibrosis postquirúrgica se produce en la columna  vertebral, bien sea cervical, dorsal o lumbar.

Si tras una intervención en la columna vertebral, se produce esta fibrosis post-quirúrgica, puede llegar a provocar una compresión de una raíz nerviosa y provocar importantes dolores y limitaciones muy diversas, dependiendo de la zona afectada, a la persona que lo sufre.

Por ello, el síntoma  mas frecuente de esta patología es el dolor  y la limitación de movilidad y fuerza dependiendo de la zona afectada (cervical, dorsal o lumbar que es lo que analizamos en este caso).

El tratamiento que suele estar indicado para tratar esta patología en la derivación del paciente a la unidad médica de control del dolor para paliar en lo posible el mismo, aunque en otros casos podría estar indicada la intervención quirúrgica.

Los tratamientos que se aplicarán en al unidad del dolor serán muy diferentes dependiendo de cada paciente, pudiendo llegar en casos mas graves a tratamientos opiáceos, infiltraciones, etc.  

Todo lo expuesto hasta este momento se tiene que entender que se expone por un abogado y no por un médico. Cualquier diagnóstico y tratamiento debe siempre realizarse por un medico especialista en la materia.

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Abogado Ramón Escribano Garés Teléfono 958-274169. Pensión por fibrosis post-quirúrgica.

¿Podría reclamar una incapacidad permanente absoluta si tengo fibrosis post-quirúrgica?

Tenemos que señalar que la incapacidad permanente absoluta es aquella que inhabilita al trabajador para cualquier actividad u oficio, incluso aquellos en los que no hay que realizar muchos esfuerzos físicos o de tipo sedentario.

Partiendo de lo anterior, tenemos que decir que no podemos dar una respuesta generalista sino que habrá que estudiar cada caso de forma particular y concreta para conocer que limitaciones puede sufrir cada interesado y a partir de aquí valorar la viabilidad o no de eta pensión.

Si tenemos que decir, que por nuestra experiencia, en algunos casos, la fibrosis puede generar un dolor no controlado al paciente; es decir, que no es capaz de controlarse el dolor que sufre el interesado con tratamiento médico alguno, siendo constante e invalidante el dolor que provoca esta patología de fibrosis post-quirúrgica.

En estos casos de dolor no controlado e invalidante, si sería posible estudiar la reclamación de una incapacidad permanente absoluta para todo trabajo ya que existe jurisprudencia consolidada relativa a la imposibilidad de trabajar en esta situación, ya que afecta a la dignidad del trabajador, sin que pueda exigirse a un trabajador que, para desarrollar un trabajo, tenga que soportar dolores y realizar sacrificios y esfuerzos incompatibles con la dignidad de toda persona.

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En nuestro despacho la primera consulta por e-mail es gratis. Cuéntenos su caso en el correo 4135@icagr.es y le informaremos si podría o no solicitar una pensión de incapacidad permanente. Mas información en el 958-274169.


¿Podría reclamar una incapacidad permanente para mi trabajo?

Asimismo tenemos que decir que, este tipo de pensión se refiere a que un trabajador no pueda realizar, debido a sus patologías, todas o las fundamentales tareas de su trabajo habitual.

Se entiende por trabajo habitual el que se haya ejercido durante mas tiempo por el trabajador y ello durante el último año, ello si deriva de enfermedad común o profesional.

Si deriva de accidente  se considera la actividad o trabajo ejercida al momento del accidente.

Pueden ampliar la información a este respecto en este enlace:  http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ/48456/48908/48916#48922

Por ello, para responder si se podría o no solicitar esta pensión de incapacidad permanente para el trabajo habitual, necesitaríamos analizar previamente el trabajo de cada interesado, por un lado, y por otro las limitaciones que le provoca la fibrosis post-quirúrgica que padezca, para poder valorarlo adecuadamente.

Como hemos referido anteriormente, en nuestro despacho de abogados, la valoración de la viabilidad de su caso es totalmente gratis. Llame al 958-274169 e infórmese de como obtener su informe gratis.

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Abogado que tramitará su pensión de incapacidad permanente:

Si quiere conocer al abogado que se encargará de tramitar su pensión de incapacidad permanente por fibrosis postquirúrgica o por cualquier otra patología que pueda tener, puede hacerlo pinchando en el vídeo que le dejamos a continuación.

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