Deducción por inversión en vivienda habitual en la declaración sobre la renta del ejercicio 2014.
Extracto del post: En esta entrada vamos a explicar quién tiene derecho a practicar en su declaración de la renta una deducción por inversión en vivienda habitual.
Estas consideraciones son sólo válidas para el ejercicio 2014.
Post editado por el abogado Ramón E. Escribano Garés en fecha 17-4-2015.
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*.- Deducción por inversión en vivienda habitual.
¿Puedo deducir en mi declaración sobre la renta del ejercicio 2014 las cantidades invertidas durante el año en mi vivienda habitual?. La respuesta a esta pregunta se tiene que contestar en dos fases.
En primer lugar tenemos que señalar que la deducción por inversión en vivienda habitual se derogó a partir del 1 de Enero del 2013, por lo que para este ejercicio 2014 no puede aplicarse como regla general.
En segundo lugar, tenemos que mencionar, que no obstante esta supresión de la deducción por inversión en vivienda habitual, para aquellos contribuyentes que compraron su vivienda habitual antes de esa fecha, esto es, antes del 1-1-2013, o bien hubieran satisfecho cantidades antes de dicha fecha para la construcción, ampliación, rehabilitación o realización de obras por razones de discapacidad en su vivienda habitual, y vinieren disfrutando de este beneficio fiscal, se ha establecido un régimen transitorio que les permitirá continuar practicando la deducción en las mismas condiciones que venían haciéndolo.
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Esto anterior no es aplicable a las aportaciones que el contribuyente haya podido realizar con fecha posterior a 1 de Enero de 2013 en cuantas vivienda.
*- Deducción por inversión en vivienda habitual.- ¿Cómo se aplicará en la declaración sobre la renta?.
Sólo y exclusivamente, los contribuyentes que se encuentren en las condiciones y requisitos señalados en el número anterior de esta entrada, podrán aplicar una deducción por inversión en vivienda habitual, y la misma se aplicará, desglosándose dicha deducción por inversión en vivienda habitual en dos tramos, uno estatal y otro autonómico.
El tramo estatal de la deducción por inversión en vivienda habitual se aplicará en su totalidad y minorará la cuota íntegra estatal.
El tramo autonómico, que igualmente minorará la cuota íntegra autonómica, será el determinado por cada una de las Comunidades Autónomas.
*.- Deducción por inversión en vivienda habitual y depósitos en cuentas vivienda:
Como ya hemos señalado, el régimen transitorio que permite la deducción por inversión en vivienda habitual, no es aplicable a los depósitos efectuados en cuentas vivienda.
No obstante, tenemos que señalar que estos contribuyentes NO pierden las deducciones practicadas en ejercicios anteriores, que siguen vinculadas al cumplimiento de todos los requisitos de las cuentas viviendas vigentes en el momento en que se practicaron tales deducciones para consolidarse.
Estos contribuyentes, si con posterioridad no cumplen los requisitos para haber efectuado dicha deducción por inversión en vivienda habitual podrán ser regularizados por la Agencia Tributaria.
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NOTA: En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma vigente a la fecha de su publicación, sin que nos hagamos responsables de futuras modificaciones.