Ciclista y paso de peatones. ¿Quién tiene prioridad de paso?

Extracto del post: en esta entrada vamos a explicar si un ciclista que cruza por un paso de peatones tiene la misma prioridad sobre los vehículos que si cruzara un peatón.

Post editado por el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, experto en indemnizaciones por accidente de tráfico, en fecha 18-11-2016.

Suscríbete a esta web y recibirás en tu e-mail todos los post que publiquemos totalmente gratis. Sólo pincha en el siguiente botón y déjanos tu correo electrónico. SUSCRIBETE

*.- Ciclista y paso de peatones: Planteamiento del caso:

El caso que queremos comentar en este post es el siguiente:

1.- Un vehículo circula por la calzada y se aproxima a un paso de peatones.

2.- En el momento que el vehículo se dispone a atravesar el paso de peatones, irrumpe en el mismo, es decir, en el paso de peatones, un ciclista, pedaleando, que se cruza al vehículo.

3.- El vehículo, pese a frenar, golpea y arroja contra el suelo al ciclista.

4.- ¿Quién es el responsable de este siniestro?

En los siguientes apartados de este post vamos a responder e a esta pregunta.

Somos abogados expertos en reclamaciones de indemnización pro lesiones y daños materiales sufridos en accidentes de tráfico. Llame al 958-274169 y cuéntenos su caso. La primera consulta es gratis. Le haremos llegar un presupuesto sin compromiso para poder asumir la defensa de sus intereses.

*.- Ciclista y paso de peatones: Resolución del caso:

La respuesta es clara. El ciclista no tiene prioridad de paso sobre los vehículos en un paso de peatones que no lleve habilitado paso para ciclistas.

Las letras d) y c) del artículo 168 del Reglamento de Circulación dicen que:

“ c ) Marca de paso para peatones. Una serie de líneas de gran anchura, dispuestas sobre el pavimento de la calzada en bandas paralelas al eje de ésta y que forman un conjunto transversal a la calzada, indica un paso para peatones, donde los conductores de vehículos o animales deben dejarles paso. No podrán utilizarse líneas de otros colores que alternen con las blancas.

d) Marca de paso para ciclistas. Una marca consistente en dos líneas transversales discontinuas y paralelas sobre la calzada indica un paso para ciclistas, donde éstos tienen preferencia.”

Es decir, la preferencia de los ciclistas se marca en la calzada con dos líneas transversales discontinuas y por lo tanto, no tienen preferencia en un paso de peatones.

Síganos en redes sociales pinchando en el logo de su red social favorita de las siguientes:  Youtube  Facebook  Google+  Twitter

Por su parte, el artículo 23.5 de la Ley de Tráfico establece que:

«Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos a motor:

a) Cuando circulen por un carril-bici, paso para ciclistas o arcén debidamente autorizado para uso exclusivo de conductores de bicicletas.

b) Cuando para entrar en otra vía el vehículo a motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, existiendo un ciclista en sus proximidades.

c) Cuando los conductores de bicicleta circulen en grupo, serán considerados como una única unidad móvil a los efectos de prioridad de paso. En circulación urbana se estará a lo dispuesto por la ordenanza municipal correspondiente.

En los demás casos serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos contenidas en esta Ley.”

Como es de ver, en esta norma se señala cuando un ciclista tiene preferencia sobre un vehículo y en ningún caso se menciona que la tenga dentro de un paso para peatones.

Ciclista y prioridad de paso.

Ciclista y paso de peatones. Llame al 958-274169 y cuéntenos su caso. Somos abogados expertos en accidentes de tráfico. Primera consulta gratis.

Por lo tanto, en nuestro caso, el responsable del siniestro es el ciclista, que incluso se podría ver obligado a reparar los daños materiales que el siniestro haya podido ocasionar al vehículo y no poder reclamar las lesiones que el mismo ciclista haya sufrido en el siniestro.

Siguiendo este mismo criterio, una reciente sentencia del Juzgado de Primera instancia 2 de Sevilla, condena al ciclista a pagar al vehículo diversos daños materiales al irrumpir en la calzada por un paso de peatones e impactar contra el vehículo.

*.- Compartan este post:

Si les ha gustado el post sobre ciclista y paso de peatones, pueden compartirlo con sus amigos en redes sociales pinchando en el logo de su red social favorita de las que se ofrecen en las barras de este post o en la web.

Si quieren encargarnos que tramitemos su indemnización por accidente de tráfico, llamen al 958-274169 o envíen un e-mail a 4135@icagr.es y le enviaremos un presupuesto sin compromiso. La primera consulta es gratis.

NOTA:  En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma, ciclista y paso de peatones,  vigente a la fecha de su publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.

ÚLTIMOS POST

POST RELACIONADOS

error: Content is protected !!