Beneficios de la obtención del grado de discapacidad.

En este post vamos a explicar:

1.-  A que nos referimos cuando hablamos de grado de discapacidad.

2º.- Vamos a explicar que grados de discapacidad distingue la ley.

3º.- Asimismo, vamos a concretar algunos de los beneficios que podríamos obtener al tener un grado de discapacidad dependiendo del porcentaje que se nos reconozca.


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¿A que nos referimos cuando hablamos de grado de discapacidad?

Lo primero que tenemos que mencionar es que el grado de discapacidad se refiere a la valoración de la discapacidad del interesado fijada en un porcentaje determinado.

Para ello se valoran tanto las dolencias físicas, como las psíquicas y sensoriales del interesado. Asimismo también se analizan los factores sociales del mismo.

Todo ello viene regulado actualmente en un R D 1971/1999 de 23 de diciembre que pueden ver pinchando en este enlace: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-1546

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¿Qué grados de discapacidad existen?

A esta respuesta responde directamente el R. D antes citado, en el apartado de normas generales.

La ley prevé 5 grados de discapacidad, y en concreto los siguientes:

1.- Discapacidad nula: que se corresponde con un porcentaje de discapacidad del 0%.

Grado de discapacidad
Beneficios de obtener un grado de discapacidad

A este respecto la normativa dice que estos casos de discapacidad nula se refieren a aquellos en los que los síntomas, signos o secuelas, de existir, son mínimos y no justifican una disminución de la capacidad de la persona para realizar las actividades de la vida diaria

2.- Discapacidad leve: Porcentaje entre el 1 y el 24%

A este respecto la citada norma dice que se refiere a los interesados en los que los síntomas, signos o secuelas existen y justifican alguna dificultad para llevar a cabo las actividades de la vida diaria, pero son compatibles con la práctica totalidad de las mismas

3.- Discapacidad moderada: porcentaje entre el 24 y el 49%

Se refiere a aquellos casos en los que los síntomas, signos o secuelas causan una disminución importante o imposibilidad de la capacidad de la persona para realizar algunas de las actividades de la vida diaria, siendo independiente en las actividades de autocuidado

4.- Discapacidad grave: porcentaje entre 50 y 70%

Se refiere a cuando los síntomas, signos o secuelas causan una disminución importante o imposibilidad de la capacidad de la persona para realizar la mayoría de las actividades de la vida diaria, pudiendo estar afectada alguna de las actividades de autocuidado

5.- Discapacidad muy grave: 75% de discapacidad

Se refiere la norma a los casos en los que los síntomas, signos o secuelas imposibilitan la realización de las actividades básicas de la vida diaria.


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¿Qué beneficios puedo tener si tengo el grado de discapacidad?:

Todo va a depender del grado que se nos reconozca.

1º.- Si se nos reconoce un grado inferior al 33% no tendremos beneficios al obtener el grado de discapacidad.

2º.- Si obtenemos un grado del 33% o superior, y hasta el 65%, si podremos obtener muchos beneficios, como por ejemplo:

1.- Ventajas y reducciones a la hora de realizar nuestra declaración de la renta.

2.- Ayudas a la educación de los hijos dependiendo de cada comunidad autónoma

3.- En empresas grandes la posibilidad de optar a puestos reservados a personas con minusvalía.

4.- Poder optar a plazas de la administración reservadas a personas con minusvalía.

5.- Caso de ser necesario y que se nos aplique el baremos de movilidad, ayudas para adaptación de viviendas protegidas (dependiendo de cada Comunidad Autónoma).

6.- Descuentos y ventajas en abonos transportes, medicamentos, etc.

3º.- Si se nos reconoce un del 65% o superior podremos, además de los beneficios anteriores, poder optar a solicitar una pensión no contributiva de incapacidad permanente, siempre y cuando cumplamos con los requisitos económicos que se regulan para acceder a dicha pensión y que tiene en cuenta los ingresos de la unidad de convivencia.

Si quieren mas información sobre los beneficios o ayudas a personas con discapacidad pueden hacerlo pinchando en el siguiente enlace donde les remitimos a la web de la junta de Andalucía, donde ese concretan mas beneficios y ayudas a personas con discapacidad.https://www.juntadeandalucia.es/organismos/saludyfamilias/areas/salud-vida/adulta/paginas/ive-discapacidad.html

En nuestro despacho el estudio de la viabilidad de su caso es gratis por e-mail es Gratis (E-mail 4135@icagr.es) . Aquí le dejamos un vídeo donde lo explicamos.

Para mas información visite nuestra web en https://abogadoescribanogares.com

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