¿Puedo reclamar el grado de discapacidad revisado?
En este post, el abogado Ramón Escribano Garés, con teléfono 958-274169, abogado especializado en reclamación de:
.- Pensiones de incapacidad permanente.
.- Impugnación de altas médicas.
.- Reclamación de grados de discapacidad.
Va a explicar un asunto que es muy frecuente tras la entrada en vigor del Real Decreto 888/20222, que ha reformado completamente la forma en que se determina el grado de discapacidad y que podemos resumir en que muchas personas que tenían reconocido un grado de discapacidad determinado, tras la entrada en vigor de dicha normativa, y tras un proceso de revisión, ve reducido su grado de discapacidad, y ello sin haber tenido mejoría en sus patologias, lesiones o enfermedades, es decir han visto reducido el grado de discapacidad sin haber mejorado.
En este caso, si me han reducido el grado de discapacidad sin haber mejorado ¿puedo reclamar?, ¿cómo he de hacerlo?. Seguidamente lo vamos a explicar.
Somos abogados especializados en reclamaciones de grados de discapacidad y pensiones de incapacidad permanente.
Cuéntenos su caso enviando un E-mail a abogadoramonescribano@gmail.com y nosotros, de forma gratuita, valoraremos si en su caso en particular, se podría reclamar, y si lo desea, le pasaremos un presupuesto gratis y sin compromiso con el coste que le supondría contratarnos para hacernos cargo de su reclamación.
Auqnue nuestro despacho físico está en Granada, trabajamos en toda España. Teléfono 958-274169.
Grado de discapacidad: R.D 888/2022. Nueva forma de valorar el grado de discapacidad.
En el año 2023 ha entrado en vigor el Real Decreto 888/2022, que ha supuesto una modificación muy importante en la forma en que se valora y determina el grado de discapacidad.
Con la entrada en vigor de esta nueva norma, para determinar el grado de discapacidad es necesario aplicar varios baremos de valoración. A modo de resumen los baremos aplicar son:
*.- Baremo BDGP, que se refiere al baremo de evaluación de las funciones y estructuras corporales/Deficiencia Global de la Persona
Este baremo es, en la nueva norma, un baremo principal y muy relevante que contiene diferentes capítulos según el área corporal que cada persona pueda tener afectada.
*.- Baremos BLA, baremo de evaluación de las capacidades/Limitaciones en la Actividad (BLA).
Dentro de este baremos existen otros sub-baremos que explicaremos en otros post
*.- El baremo de evaluación del desempeño/ Restricciones en la Participación (BRP).
*.- El baremo de evaluación de los Factores Contextuales/Barreras Ambientales (BFCA)
En otros post explicaremos más detenidamente en que consiste cada baremo y como se valora.
Reducción del grado de discapacidad por aplicación de los nuevos baremos:
En nuestra práctica diaria como abogados especializados en reclamación de grados de discapacidad, nos hemos podido encontrar casos, como el siguiente:
1º.- Una persona tiene reconocido un grado de discapacidad concreto.
2º.- Tras la entrada en vigor del actual RD 888/2022 es objeto de revisión por el organismo correspondiente.
3º.- Sin que haya mejorado de sus dolencias, patologias o enfermedades, dicha persona ve reducido su grado de discapacidad, es decir, le han reducido el grado de discapacidad sin haber mejorado de sus limitaciones y dolencias.
¿Puedo reclamar si me han reducido el grado de discapacidad sin haber mejorado?
Para responder a esta pregunta tenemos que decir, como siempre lo hacemos, que cada caso debe estudiarse de forma individualizada y pormenorizada para poder determinar si, en ese cso en concreto, podemos o no reclamar.
No obstante, en el caso de que podamos acreditar que la reducción del grado de discapacidad se debe solo y exclusivamente a la aplicación de los nuevos baremos y que la persona no ha mejorado en su situación respecto a la situación que mantenía antes de la entrada en vigor del actual RD 888/2022, en ese caso, si podriamos plantearnos presentar una reclamación contra dicha reducción de nuestro grado de discapacidad.
A este respecto, existe jurisprudencia del Tribunal Supremo que permite reclamar en casos como el planteado en el párrafo anterior.
¿Cómo puedo reclamar si me han reducido el grado de discapacidad? Reclamación previa.
Frente a la resolución que ha reducido el grado de discapacidad sin haber mejorado, se tiene que presentar, en el plazo de 30 días hábiles, una reclamación previa ante el mismo organismo que ha dictado la resolución en la que se rebaja el grado de discapacidad.
Es fundamental acreditar, con pruebas médicas o periciales que dicha reducción del grado de discapacidad se ha producido sin que la persona haya mejorado. Es decir, tenemos que demostrar, con pruebas médicas adecuadas, que el estado de salud y las limitaciones para la vida diaria que sufrimos, no han mejorado respecto a la que teníamos cuando se reconoció el anterior grado de discapacidad.
Demanda judicial sobra grado de discapacidad:
Si dicha reclmación previa es desestimada, nos quedará siempre la via judicial para lo cual habrá que preparar y presentar una demanda en reclamación del reintegro de nuestro grado de discapacidad indebidamente reducido.
Nostros aconsejamos que dada la complejidad de la materia siempre se acuda a la ayuda de abogados especializados.





