Pensión no contributiva de invalidez Junta de Andalucía.

Extracto de la entrada: En este post, el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, especializado en reclamación de todo tipo de pensiones de incapacidad permanente e invalidez, tanto contributiva como no contributiva, va  explicar en qué consiste la pensión de invalidez no contributiva en la Junta de Andalucía.

*.-Pensión no contributiva de invalidez Junta de Andalucía: Planteamiento:

En muchas ocasiones, una persona no puede solicitar ni obtener una pensión de incapacidad permanente de carácter contributivo al Instituto Nacional de la Seguridad Social, y ello pese a tener dolencias, limitaciones y enfermedades que no le permiten trabajar, en muchas ocasiones no solo en su trabajo habitual, sino incluso en cualquier tipo de trabajo.

Normalmente los motivos por lo que no pueden obtener dicha pensión, pese a no poder trabajar, suelen ser la falta de cotización suficiente para ello, aunque puede que sea, en cada caso, por otras circunstancias.

Para este tipo de casos, existe la posibilidad de reclamar una pensión de invalidez no contributiva, siempre y cuando se reúnan los requisitos legales para ello, y que seguidamente vamos a explicar respecto a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los párrafos siguientes de este post.

*.-Requisitos de la pensión no contributiva de invalidez en Andalucía:

Para poder acceder a este tipo de pensión de invalidez de tipo no contributivo se exige cumplir unos requisitos determinados. En concreto nos referimos a los siguientes:

1.- Ser residentes en territorio español.

Además, haberlo hecho en éste o en el territorio de algún país miembro de la Unión Europea,  durante un periodo de 5 años, de los  cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.

2.- Carecer de rentas o ingresos suficientes.

A este respecto, tenemos que señalar que, se cumple este requisito en los siguientes supuestos:

a.- Si la persona vive sola, cuando las rentas o ingresos de los que disponga sean inferiores a 5.488 euros anuales.

b.- Si vive con familiares, además de que las rentas del solicitante no superen los 5.488 euros en cómputo anual, los recursos de la unidad económica de convivencia no superen los límites que la norma marca y que pueden revisar pinchando en este enlace: límite de ingresos.

3.- Ser mayor de 18 años y menor de 65 años.

4.- Estar afectada de una discapacidad o por una enfermedad crónica en grado igual o superior al 65%.

Pensión de invalidez.

¿Cómo puedo obtener mi pensión de invalidez no contributiva?

*.- ¿Cómo obtengo mi grado de discapacidad necesario para solicitar este tipo de pensión de invalidez no contributiva?:

Como hemos visto, para obtener este tipo de pensión hay que acreditar que tenemos un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Para obtener este grado de discapacidad hay que solicitarlo rellenando el impreso que pueden obtener en este enlace: impreso pensión de invalidez no contributiva Junta de Andalucía.

Una vez cumplimentado el impreso, deben aportarse al mismo todos los informes médicos y cualquier otro documento que sirva para acreditar nuestros padecimientos físicos y psíquicos, así como nuestra concreta situación laboral, social y familiar.

Una vez incoado el correspondiente expediente, seremos citados para pasar un reconocimiento y evaluación, física, psíquica y social, tras el cual, recibiremos una resolución de la Junta de Andalucía con el grado de discapacidad que se nos haya reconocido.

Si hemos obtenido el grado suficiente y además reunimos el resto de requisitos antes relacionados, podremos solicitar  y obtener una pensión de invalidez no contributiva

*.- Abogados pensión de invalidez no contributiva:

En nuestro despacho de abogados llevamos más de 20 años representado a nuestros clientes en reclamaciones de pensiones contributivas y no contributivas de invalidez o incapacidad permanente. Si lo desea puede llamar al 958-274169 y contarnos su caso. La primera llamada telefónica es gratis.

Una vez conozcamos su caso le haremos llegar un presupuesto gratis y sin compromiso con el coste que les puede suponer que nosotros nos hagamos cargo de reclamar su pensión de incapacidad o su grado de discapacidad.

NOTA: Este post tiene carácter de información generalista. Cada caso debe estudiarse de forma particular e individualizada para establecer estrategias de reclamación legal.

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