Reducir la pensión compensatoria por estar en el paro. Visión práctica.

Extracto del post: en esta entrada vamos a explicar si es posible reducir o incluso eliminar el pago de una pensión compensatoria establecida en un proceso de divorcio en el caso de que el obligado al pago quede en situación de desempleo.

Post editado por el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, experto en divorcios y derecho de familia, en fecha 6-2-2017.

*.- Reducir la pensión compensatoria por estar en el paro: Planteamiento del caso:

En primer lugar, y antes de introducir el caso que queremos abordar en este post, tenemos que recordar en que consiste una pensión compensatoria.

Una pensión compensatoria se puede definir como aquella pensión que uno de los cónyuges tendrá que pagar al otro en el caso de que el divorcio le produzca al que debe recibir la pensión, un desequilibrio económico en relación a su situación económica anterior dentro del matrimonio.

El ejemplo típico en que se piensa al hablar de pensión compensatoria es el caso de un matrimonio que ha durado, por ejemplo 20 años, y que durante ese tiempo la esposa se ha dedicado al cuidado de la familia y de la vivienda, con renuncia clara a su actividad empresarial o laboral, y el esposo a su trabajo empresarial o profesional. En este caso típico sin duda la esposa tendrá derecho a que su exmarido le pague una pensión compensatoria por desequilibrio económico.

En segundo lugar, vamos a explicar el caso que queremos abordar siguiendo a la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 19-2-2016, en particular el supuesto de hecho que se juzga en esa sentencia y las conclusiones que se sientan al respecto.

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El supuesto de hecho es el siguiente:

1.- Un matrimonio se divorcia, estableciéndose en dicha sentencia una pensión compensatoria a favor de la esposa y que debe pagar el marido.

2.- Con posterioridad el marido queda en situación de desempleo, a la vez que la esposa, durante ese tiempo, ha realizado ciertos trabajos por cuenta ajena que le han permitido obtener ingresos.

3.- El obligado al pago de la pensión compensatoria interpone un proceso de modificación de las medidas acordadas en su divorcio, solicitando la extinción de la obligación de pago de la pensión compensatoria, alegando para ello dos motivos:

.- si situación actual de desempleo y pro ello de menores ingresos.

.- la situación actual de incorporación al mercado laboral de su ex que acredita la improcedencia de dicha pensión.

¿Qué decide el Tribunal Supremo?, ¿ Se podrá reducir la pensión compensatoria por estar en el paro?. Seguidamente lo explicamos.

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*.- Reducir la pensión compensatoria por estar en el paro: Resolución del caso planteado:

El Tribunal Supremo, en la sentencia que estamos comentando acuerda no solo reducir la pensión compensatoria sino eliminarla por completo. ¿qué criterios sigue para ello?. Seguidamente los explicamos.

En primer lugar, el Tribunal Supremo declara que las condiciones que llevaron al nacimiento de la pensión compensatoria pueden cambiar a lo largo del tiempo.

Reducir la pensión compensatoria por estar en el paro.

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Afirma que cuando lo anterior ocurra, el obligado al pago podrá pedir que se modifique esta pensión, pero para ello deberá probar que los motivos que dieron lugar al nacimiento de la pensión han dejado de existir.

Señala claramente que el simple paso del tiempo no hace que desaparezcan los motivos tenidos en cuenta para adoptar dicha pensión compensatoria.

En el caso planteado, considera expresamente que, por un lado la situación del esposo es la misma que existía cuando se acordó establecer la pensión compensatoria, ya que se tuvo en cuenta su situación de desempleo en ese momento, pero sin embargo, la situación de la esposa si ha cambiado; es más, la situación de la esposa ha mejorado mediante el acceso al mercado laboral con más continuidad que la que se tuvo en cuenta cuando se fijó la meritada pensión, por ello se acuerda la extinción de la pensión compensatoria…

Conclusión: Se puede reducir la pensión compensatoria por estar en el paro siempre y cuando esta circunstancia haya aparecido posteriormente; tiene que ser un hecho que no se tuvo en cuenta cuando se adoptó la pensión compensatoria y que ha ocurrido tiempo después de su adopción. En ese caso podrá existir un motivo concreto y claro para reducir la pensión compensatoria, o según los casos incluso para eliminarla.

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NOTA: En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma, reducir la pensión compensatoria por estar en el paro, vigente a la fecha de su publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.

Este post tiene carácter meramente divulgativo por lo que no es aplicable de forma general a todo tipo de casos. Cada caso se tiene que estudiar de forma particular antes de iniciar una reclamación judicial o extrajudicial de cualquier tipo.

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