Custodia y progenitor desaparecido. ¿Qué debo hacer?.

Extracto del post: en esta entrada vamos a explicar un caso que lamentablemente está ocurriendo mucho en la práctica, y nos referimos a como se puede obtener la custodia de los hijos en caso de que uno de los progenitores se encuentre desparecido.

Post editado por el abogado en Granada Ramón  Escribano Garés, experto en divorcios y derecho de familia, en fecha 6-7-2016.

*.- Custodia y progenitor desaparecido: planteamiento.

En este post vamos a plantear el siguiente supuesto que se da con cierta normalidad en la práctica.

.- Una pareja (casada a  no), mantienen una relación de la cual nacen unos hijos.

En un momento dado, uno de los progenitores (en la práctica suele ser el padre , aunque no siempre es así), se marcha del domicilio y deja de mantener relaciones con su pareja e hijos, hasta el punto de que se desconoce enteramente su paradero. Siendo bastante común que el padre, si era extranjero, haya vuelto a su país.

.- Ante esta situación, el progenitor que se queda al cuidado de sus hijos ¿cómo debe actuar?, ¿puede reclamar la custodia exclusiva de sus hijos aunque no se sepa el paradero del otro progenitor?, ¿puede reclamar una pensión de alimentos para sus hijos?.

Seguidamente  trataremos de responder a estas preguntas.

Somos abogados especialistas en divorcios y derecho de familia. Llame al 958-274169 y cuéntenos su caso. La primera consulta es gratis.

*.- Custodia y progenitor desaparecido: consejos básicos:

Ante esta situación, los consejos básicos que como abogados podemos dar a la persona que se ha quedado al cuidado de los hijos es que inicie, lo antes posible, un proceso judicial para atribuirse en exclusiva la custodia de sus hijos, alegando precisamente el abandono del potro progenitor y manifestando, desde el principio de la demanda, que el otro progenitor está desparecido.

Custodia y progenitor desaparecido ¿qué puedo hacer?
Custodia y progenitor desaparecido. Consulte su caso en el 958-274169. 1ª consulta gratis. El abogado Ramón Escribano (foto)  es especilistas en divorcios y derecho de familia.

Con esta demanda, y tras la tramitación correspondiente, conseguiremos una sentencia por la que se nos atribuirá de forma exclusiva la custodia de los hijos.

Nuestros clientes, en casos de este tipo nos pregunta ¿hay que conceder al otro progenitor desaparecido un régimen de visitas para con los hijos?. La respuesta a esta pregunta es clara. Al nuestro entender, y según nuestra experiencia profesional, lo mas adecuado es no pedir un régimen de visitas a favor del progenitor desaparecido.

El motivo fundamental reside en que dicho régimen no se va a cumplir, y por lo tanto es absurdo determinarlo ya en una sentencia y además, en todo caso, cuando el otro progenitor de señales de vida tiene la vía judicial abierta para solicitar el régimen de visitas que estime adecuado a su derecho.

¿Se tiene que pedir pensión de alimentos a favor de los hijos aunque el cónyuge esté desaparecido?.  La respuesta es que SI en todo caso. Aunque el otro progenitor esté en paradero desconocido, tiene la obligación de pasar una pensión a sus hijos, y por  ello habrá que establecerle en dicho proceso una pensión de alimentos. Otra cosa será que en la práctica podamos hacerla efectiva, pero ese aspecto ya será objeto de otro artículo. No queremos dejar de decir como existen ayudas estatales previstas para ayudar a las  familias que no pueden hacer efectiva la pensión de alimentos que tiene que pagar el otro progenitor.

*.- Compartan este post:

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NOTA:  En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma, custodia y progenitor desaparecido,  vigente a la fecha de su publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.

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