Seguro de viajeros. Contenido y alcance. 

Futura reforma del Seguro de viajeros

Post editado por Ramón Escribano Garés (abogado) 

*.- Seguro de viajeros ¿ en que consiste? 

El seguro de viajeros es un seguro obligatorio se regula en el R. D. 1575/1989 de 22 de diciembre y su finalidad consiste en indemnizar a los viajeros o sus herederos cuando sufran daños corporales en accidentes que tengan lugar con ocasión de desplazamientos en un medio de transporte público colectivo de personas.

Es un seguro obligatorio y ampara a todos los viajeros que utilicen los medios de locomoción destinados al transporte público de personas.

*.- Seguro de viajeros ¿ cúal es su cobertura? 

el seguro de viajeros cubre solamente las indemnizaciones pecuniarias y la asistencia sanitaria derivadas de un accidente del medio de transporte público en el que se viaje.

*.- ¿ A quienes alcanza el seguro de viajeros? 

El seguro de viajeros alcanza a todos los usuarios de medios de transporte público colectivo español de viajeros, urbanos e interurbanos a que hace referencia la Ley 16/1987 de ordenación del transporte terrestre, cuya ultima actualización  pueden consultar pinchando en este enlace Ley de transporte terrestre

Igualmente alcanza a los usuarios de medios de transporte marítimo español

*¿ que es necesario para que nos cubra el seguro de viajeros? 

Se entiende asegurada por el seguro de viajeros a toda persona que en el momento del accidente esté provista del titulo de transporte, ya sea de pago o gratuito

*.-¿ que riesgos cubre este seguro? 

Cubre las lesiones corporales que sufran los viajeros a consecuencia directa de choque, vuelco, alcance, salida de la via, rotura, explosión, incendio, reacción o cualquier avería del medio de transporte.

Los conceptos cubiertos son el fallecimiento, la incapacidad permanente y temporal del lesionado y la asistencia sanitaria

*.- Reforma prevista por el Gobierno del seguro de viajeros:

El gobierno, como consecuencia de los recientes siniestros, y en especial del accidente ferroviario de Vigo, está elaborando un texto por el cual se duplicarán las indemnizaciones del seguro obligatorio, de tal manera que en caso de fallecimiento, las indemnización pasará de la cantidad de 36.060 euros actuales a 72.120 euros.

Esta alza en la cuantía de las indemnizaciones también se hará extensiva a las lesiones corporales recogidas en so cuadros de lesiones contenidas en la norma :

*.- Reclamaciones derivadas de estos accidentes: 

en el despacho del abogado Ramón Escribano contamos con los medios necesarios para efectuar todo tipo de reclamaciones de lesiones por accidentes, incluidas las reclamaciones del seguro de viajeros. Pueden llamarnos al 958274169 o mandarnos un e-mail a ramonescribanogares@gmail.com y plantearnos su caso. LA PRIMERA CONSULTA ES GRATIS. Elaboramos presupuestos adaptados a su economía y sin compromiso de tipo alguno ni coste para el cliente.

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