Robo con violencia y detención ilegal.  ¿concurso real o medial de delitos?

Extracto del post: en esta entrada vamos a explicar cuando una conducta de robo con violencia y detención ilegal se penan por separado o de forma conjunta.

Post editado por el abogado en Granada, Ramón Escribano Garés, abogado penalista, en fecha 7-10-2016.

*.- Robo con violencia y detención ilegal: Planteamiento del caso:

El asunto que queremos explicar en este post es el siguiente:

.- Con la intención de robar a una persona, varios individuos cogen a otra persona y la retienen durante cierto tiempo.

.- Durante esta retención con la finalidad de robar a la víctima, la someten a diversas agresiones con el fín de que les entregue los objetos que los delincuentes pretenden apoderarse.

.- En este caso, ¿Cómo se penan ambos delitos?, ¿cada uno de forma separada, robo con violencia por un lado y detención ilegal por otro, o por el contrario uno queda subsumido en el otro?

Seguidamente vamos a explicar que opina el Tribunal Supremo al respecto de un tema muy similar de robo con violencia y detención ilegal.

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*.- Robo con violencia y detención ilegal: criterio del Tribunal Supremo:

A este respecto, nuestro Tribunal Supremo ha dictado recientemente una sentencia, en concreto en fecha 21 de Septiembre del 2016 donde se concreta que:

“La jurisprudencia acude al concurso medial cuando la privación de libertad excede del mínimo indispensable para el apoderamiento pero es instrumental, está exclusivamente al servicio de los actos depredatorios, reservando el concurso real para los casos de pluralidad de personas detenidas pues solo una de las detenciones es susceptible de agruparse como concurso medial, cuando la detención es un objetivo autónomo y diferente desconectado del ánimo lucrativo y cuando la prolongación de la detención desborda lo «necesario» para el robo.”

Es decir:

1.- El caso en particular se castigará como un concurso ideal (medial) de delitos cuando la detención ilegal se realice como medio o forma de conseguir el robo.

2.- Cuando la detención ilegal, aunque inicialmente se consume con la idea de facilitar o cometer el robo con violencia, si después se excede de dicho sentido, es decir, deja de ser el medio para el robo y se prolonga innecesariamente, en ese caso, como afirma la sentencia parcialmente transcrita, estaremos ante dos delitos diferentes que se penaran por separado, es lo que se denomina concurso real de delitos.

La diferencia es muy importante a efectos de la pena a imponer ya que:

a.- En caso de concurso medial entre delito de robo con violencia y detención ilegal, la pena será la asignada al delito mas gravemente penado, en su mitad superior.

b.- En caso de concurso real de delitos, ambos delitos se penan por separado, con lo que la pena será sin duda mayor para el acusado.

En todo caso, habrá que estar al caso en concreto para valorar si nos encontramos ante un concurso real o medial y por lo tanto para valorar la pena que pudiera corresponder a estos hechos y la estrategia de defensa mas adecuada en cada caso.

Robo y secuestro.

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NOTA:  En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma, robo con violencia y detención ilegal ¿concurso real o medial de delitos?,  vigente a la fecha de su publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.

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