Renovación de la autorización de residencia por reagrupación familiar 

Post editado por Ramón E. Escribano Garés el 30-7-2014 (abogado). 

Extracto: En este post vamos a analizar los requisitos necesarios para renovar la autorización de extranjeros en España con autorización previa de residencia por reagrupación familiar.

reagrupación-familiar
*.- ¿ Quien puede obtener esta renovación de residencia por reagrupación familiar? 

La podrán obtener los familiares de extranjeros que hayan sido previamente reagrupados; esto es:

– cónyuge o persona con la que el reagrupante mantenga una relación análoga a la del matrimonio,

– hijos del reagrupante y del cónyuge o pareja  menores de 18 años o discapacitados.

-Representados legalmente por el reagrupante, menores de 18 años o discapacitados.

– Ascendiente en primer grado del reagrupante residente de larga duración o larga duración E-E, o de su cónyuge o pareja, cuando estén a su cargo, sean mayores de 65 años y existan razones que justifiquen su estancia en España.

*.-  ¿ Que requisitos se exigen para la renovación de residencia por reagrupación familiar? 

Los requisitos son los siguientes:

– No ser ciudadano de la Unión Europea.

– Carecer de antecedentes penales.

-Ser titular de una autorización de residencia temporal por reagrupación familiar en vigor, o estar dentro de os 90 días posteriores a su caducidad.

-Tener asistencia sanitaria con la Seguridad Social o con una entidad privada.

-Que el reagrupante sea titular de una autorización de residencia en vigor o este dentro del plazo de 90 días posteriores a su caducidad y que se mantenga el vínculo familiar o de parentesco que determinó la anterior concesión de la autorización que se pretende renovar.

– Tener escolarizados los hijos menores a su cargo.

– Pagar la tasa de tramitación correspondiente

– Tener medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia: como mínimo el 100% del Iprem, que para 2014 asciende a 533 euros.

– Disponer de vivienda adecuada.

*.- ¿ Que documentación hay que presentar para la renovación? 

Son los siguientes:

– Impreso de solicitud que pueden descargar en este enlace: impreso renovación reagrupación familiar

– Copia del pasaporte o título de viaje del reagrupante y del reagrupado.

– Documentación acreditativa de la vigencia del matrimonio en su caso.

– Documentación acreditativa de tener garantizada la asistencia sanitaria.

– Copia compulsada que acredite que el reagrupante cuenta con empleo y recursos suficientes para atender las necesidades de su familia. Deberá aportar copia del contrato de trabajo, última declaración sobre la Renta y si trabaja por cuenta propia, acreditación de la actividad que desarrolla.  Caso de que no realice actividad lucrativa en España deberá presentar cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, tarjetas de crédito acompañadas de una certificación bancaria que acredite la cantidad disponible.

– Informe de la Comunidad Autónoma que acredite la escolarización de los hijos en edad escolar  que tengan a su cargo.

– Documentación que acredite  la existencia de razones humanitarias que justifiquen la minoración de ingresos exigibles, en su caso.

– Documentación que acredite el disponer de una vivienda adecuada

Es muy importante destacar que en caso de que alguno de estos requisitos no se cumpla, se podrá completar la solicitud de renovación con un informe positivo de la Comunidad Autónoma de Residencia en el que conste el esfuerzo de integración del extranjero.

*.- ¿ Cual es el procedimiento para obtener la renovación de residencia por reagrupación familiar? 
– Presentación de solicitud: La solicitud debe presentarla el reagrupado y el reagrupante conjuntamente con la renovación del reagrupante.
-Pago de tasa: Al admitirse a trámite la solicitud se deberá pagar la tasa correspondiente, en el plazo de diez dias y que ascenderá a 15,60 euros si corresponde obtener residencia temporal y de 20,81 si corresponde obtener residencia de larga duración.

-Plazo de resolución: Es de tres meses desde la presentación de la solicitud. Si transcurre dicho plazo sin notificar la resolución, la renovación se debe entender estimada y concedida por silencio administrativo positivo.

– Solicitar tarjeta de identidad de Extranjero: Una vez concedida la renovación el extranjero deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjeros en el plazo de un mes en la Oficina de Extranjería o en Comisaría de policía.

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