Privación de la patria potestad sobre un hijo.

Extracto del post: en esta entrada vamos a explicar cuando sería posible que se privara a un padre (o madre) de la patria potestad sobre un hijo, deteniéndonos en especial en la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 de Noviembre del 2015 que resuelve un asunto similar.

Post editado por el abogado en Granada, especialista en divorcios, Ramón E. Escribano Garés, en fecha 16-12-2015.

*.- Privación de la patria potestad: Planteamiento:

La patria potestad que los padres tienen sobre sus hijos conlleva ineludiblemente el cumplimiento de toda una serie de obligaciones. En especial, el deber de todo padre o madre de atender a sus hijos en todo lo que necesiten, tanto a nivel material como afectivo.

Es por desgracia un hecho, que muchos padres, al divorciarse, se desentienden de sus hijos, no solo en el aspecto económico, dejando de pagar la pensión de alimentos y no atendiendo los gastos necesarios de los hijos, sino también, por desgracia, a nivel afectivo, dejando de visitar a sus hijos y desvinculándose de los mismos a nivel personal.

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Estos hechos, si son graves, pueden determinar que el progenitor que realiza estos actos, quede privado de la patria  potestad respecto de su hijo.

*.- Privación de la patria potestad sobre un hijo: Motivos para ello:

Pero ¿qué hechos en particular pueden dar lugar a la privación de la patria potestad de un padre respecto de su hijo?

El asunto viene regulado en el actual artículo 170 del Código Civil que establece que:

» El padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de su potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.

Los Tribunales podrán, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patria potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación.»

Es decir, el incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad puede llevar a la privación de la misma.

El siguiente paso consiste en determinar que deberes pueden dar lugar a esta privación de la patria potestad. Para ello vamos a seguir los criterios mantenidos por la reciente sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 de noviembre del 2015, que señala como motivos para la privación de la patria potestad el incumplimiento reiterado y continuo por parte del progenitor del pago de la pensión de alimentos y el incumplimiento grave y continuado del régimen de visitas.

Privación de la patria potestad sobre un hijo

Privación de la patria potestad sobre un hijo

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Hay que destacar que el Tribunal Supremo requiere que estas conductas sean graves y reiteradas, y por ello, no cualquier impago ni cualquier incumplimiento del régimen de visitas llevará a adoptar una medida tan drástica. Pero si estas conductas son graves y reiteradas, el juzgado de familia podrá acordar la privación de la patria potestad total o parcial del progenitor incumplidor.


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NOTA:  En esta entrada explicamos el asunto tratado en la misma,  vigente a la fecha de su publicación, sin hacernos responsables de futuras modificaciones en dicha materia.

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