PAREJA DE HECHO Y CUSTODIA DE LOS HIJOS.

Pareja de hecho. ¿ Quien se queda con la custodia de los hijos en caso de ruptura de una pareja de hecho?

Una de las preguntas mas efectuadas en los despachos que se dedican a los asuntos de familia, la efectuan personas que han conformado una pareja de hecho, que han tenido hijos durante dicha relación extra-matrimonial, y que, por el motivo que fuere, han dejado dicha relación. La pregunta en cuestión consiste en ¿ cual de los dos miembros de la pareja se queda con la guarda y custodia de los hijos? ¿ se puede establecer un régimen de visitas a favor de aquél que no tiene la custodia?

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En estos casos, la Ley trata de igual forma a la pareja de hecho como a la matrimonial, no porque se equiparen ambas instituciones, sino que el motivo real de dicha equiparación consiste en el interés superior del menor. Lo que a la ley realmente importa es que los menores afectados por esta ruptura de la pareja de hecho no se vean nunca perjudicados por el hecho de que la pareja no haya sido matrimonial.

A estos efectos da igual que los padres de los menores formen una pareja de hecho o un matrimonio, lo importante son los menores y que sus derechos no se vean afectado.

Pareja de hecho y ruptura

Pareja de hecho y custodia de los hijos. Medidas a acordar en c aso de ruptura.

Por ello, en caso de ruptura de una pareja de hecho hay que deteminar el regimen de patria potestad, custodia y regimen de visitas lo mismo que si la pareja de hecho fuera matrimonial.

¿ Es posible que estas medidas se adopten de mutuo acuerdo por la pareja de hecho?

Es perfectamente posible que la pareja de hecho regule de mutuo acuerdo estas medidas sobre los hijos, y que radacten y firmen un convenio regulador sobre la cuestión, para que sea presentado al juez de familia que deberá autorizar el mismo, y ello como se tramitaría igualmente un divorcio de un matrimonio. Este tipo de proceso se denomina como medidas a adoptar en casos de hijos no matrimoniales, y como venimos diciendo, admite la existencia de un mutuo acuerdo por parte de la pareja de hecho siempre y cuando no perjudique a los menores afectados.

¿ Que pasa si los miembros de la pareja de hecho no se ponen de acuerdo sobre las medidas sobre los hijos?

En ese caso deberán interponer ante el Juzgado de familia una demanda en la que soliciten las medidas que crean les corresponde en particular y referentes a los hijos.

Para ello deberán explicar al juez su situación particular, y los motivos que le llevan a solicitar las medidas en particular que quieran se acuerden. Este proceso terminará por una sentencia que determinará las medidas que se deben adoptar con respecto a los hijos tras la ruptura de la pareja de hecho.

Si tienen alguna duda o pregunta sobre este asunto pueden llamar al 807464897 y hablar directamente con el abogado Ramón Escribano Garés, o bien dejar su comentario en el recuadro del final de este post. Compartan este artículo con sus amigos de Facebook o Twitter.

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