Lesiones temporales y lucro cesante en accidente de tráfico.

Extracto del post: en esta entrada vamos a explicar como se valoran las lesiones temporales sufridas en accidente de tráfico tras la entrada en vigor de la reforma en esta materia centrándonos en el lucro cesante derivado de las lesiones temporales.

Post editado por el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, especialista en reclamación de indemnizaciones por accidente de tráfico, en fecha 28-10-2016.

*.- Lesiones temporales y lucro cesante en accidente de tráfico: Ideas previas:

Tal y como ya hemos mencionado en otros post, la Ley 35/2015, que ha entrado en vigor el 1-1-2016, supone una nueva forma para calcular las indemnizaciones que corresponden a los lesionados y perjudicados por un accidente de tráfico.

En esta ley, a la hora de valorar los daños y perjuicios que se pueden reclamar por un accidente de tráfico,  se distinguen tres supuestos de hecho diferentes:

1.- Lesiones temporales.

2.- Lesiones permanentes o secuelas

3.- Perjuicios derivados del fallecimiento de la víctima por accidente de tráfico.

Tenemos que definir, en primer lugar, que se entiende por lesiones temporales.

Por lesiones temporales se entiende como aquellas que sufre el lesionado en un accidente de tráfico desde el momento del accidente hasta el final de su proceso curativo o hasta la estabilización lesional y aparición de secuelas derivadas del accidente. Es decir, se refiere al periodo de curación.

Las lesiones temporales comprenden varios perjuicios que la nueva ley pretende indemnizar, y en concreto a los siguientes:

1.- Perjuicio patrimonial básico.

2.- Perjuicio patrimonial particular.

3.- Perjuicio patrimoniales por lesiones temporales, que a su vez comprenden los gastos sanitarios y los gastos diversos resarcibles.

En un post anterior, se explicó en que consiste el perjuicio patrimonial básico y el perjuicio particular, incluyendo las intervenciones quirúrgicas,  que derivan de las lesiones temporales.

En este post vamos a explicar el perjuicio que nos falta para completar la explicación de los perjuicios derivados de lesiones temporales por accidente de tráfico, y nos referimos a el lucro cesante derivado de lesiones temporales.

Lesiones temporales y lucro cesante.

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*.- Lesiones temporales y lucro cesante: Ideas previas:

¿En que consiste el lucro cesante?.

En la nueva norma, el lucro cesante se considera como, la pérdida o disminución de ingresos netos  provenientes del trabajo personal o, en su caso, de su dedicación exclusiva a las tareas del hogar, en una estimación del valor de dicha dedicación cuando no pueda desempeñarlas.

¿Cómo se acredita?: La pérdida de ingresos netos variables se acreditará mediante la referencia a los percibidos en periodos análogos del año anterior la accidente o la media de los obtenidos en los tres últimos años inmediatamente anteriores al mismo, si este fuere superior, es decir, el que mejor resultado dé en el caso en particular.

Es importante señalar, que del resultado que nos dé la operación matemática anterior tendremos que descontar el importe de las percepciones consistentes en prestaciones de carácter público que perciba el lesionado por ese mismo concepto.

¿Qué cantidad recibiremos entonces por lucro cesante derivado de lesiones temporales?. Pues el importe resultante de los cálculos antes referidos.

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*.- Lesiones temporales y lucro cesante: distinción entre trabajo personal y amas de casa:

Partiendo de lo anterior, es necesario distinguir cuando el lucro cesante deriva del trabajo personal y y el que deriva del trabajo de las amas de casa o personas dedicadas a las tareas del hogar.

En el primer caso, esto es, cuando el lucro cesante deriva de la disminución de ingresos del trabajo personal, este se define como la disminución de ingresos, que de forma temporal, ha sufrido el trabajador afectado por el accidente, ya sean trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, esto es autónomos.

Esa disminución acreditada, será el lucro cesante que tendrá derecho a percibir.

En cuanto a las personas que se dedican a las tareas del hogar, les remitimos al siguiente enlace donde hemos publicado una entrada dedicada solo y exclusivamente a este tipo de lucro cesante. Lucro cesante amas de casa

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NOTA:  En esta entrada reflejamos el estado de la materia tratada en la misma, lesiones temporales y lucro cesante, vigente a la fecha de su publicación sin hacernos responsables de futuras modificaciones.

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