¿ Que hacer en caso de que la herencia que vamos a percibir tenga deudas? 

Extracto: En este post vamos a explicar que podemos hacer en caso de que la herencia que vamos a percibir tenga deudas importantes y ello para no resultar perjudicado económicamente. Post editado por el abogado Ramón E. Escribano Garés (ramonescribanogares@gmail.com) 

 

¿ Que pasa al aceptar una  herencia con deudas? 

Cuando aceptamos una herencia lo hacemos en su conjunto, es decir, que aceptamos tanto los bienes y derechos en que la misma consisten como las dudas y responsabilidades que la misma lleva aparejada. Por lo tanto responderemos de la herencia con deudas no solo con los bienes heredados sino con nuestro propio patrimonio.  Por ello nunca debemos precipitarnos, sino que siempre deberemos ponderar si la herencia tiene deudas que nos resulta rentable aceptar o que podremos afrontar.

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¿ Como se acepta una herencia con deudas? 

Una herencia, tenga o no deudas,  puede aceptarse de forma expresa o tácita. Expresa es la que se hace en documento público o privado. Es decir, aquella en la que el interesado reconoce expresamente en un documento que acepta la herencia con deudas.

Tácita es aquella aceptación de la herencia con deudas que se entiende hecha por actos que suponen necesariamente la voluntad del interesado de aceptar la herencia, o que no tendría derecho a ejecutar sibno en su calidad de heredero. Es decir, por realizar actos que pone de manifiesto pro si solos que hemos aceptado la herencia aunque no lo hayamos redactado por escrito.

¿ Cuando se entiende aceptada una herencia con deudas o sin ellas? 

En el artículo 1000 del código civil se establece que se entiende aceptada una herencia con deudas o no, en los siguientes casos:

– Cuando el heredero, vende, dona o cede su derecho a un extraño, a todos o a alguno de sus coherederos.

-Cuando el heredero renuncia, aunque sea gratuitamente, a beneficio de uno o mas de sus coherederos.

-Cuando renuncia por precio a favor de todos sus coherederos y ello salvo que si la renuncia fuera gratuita y los coherederos a cuyo favor se hiciere son aquellos a quienes debe acrecer la porción renunciada, en este caso, no se entenderá aceptada la herencia.

¿ Se puede forzar a un heredero para que acepte o repudie la herencia? 

Hasta que pasen 9 días desde el fallecimiento del causante de la herencia no podrá intentarse acción contra el heredero obligándole a que acepte o repudie la herencia ( artículo 1004 del Código civil). Si se insta en juicio, por un tercero, a que el heredero acepte o repudie la herencia, deberá el juez señalar un término al heredero, que no pase de 30 días, para que haga su declaración, apercibiéndole expresamente de que sino lo hace s ele tendrá por aceptada la herencia,.

Repudiación de la herencia ¿ en que consiste y como se hace? 

Si repudiamos la herencia nunca nos podrá afectar las deudas que la misma conlleve. Pero ¿ como se repudia una herencia con deudas? Se repudia mediante un instrumento publico auténtico (acudiendo al notario y otorgando una escritura pública) o bien mediante un escrito presentado ante el Juez competente para conocer del proceso de testamentaria o abintestato. En este enlace pueden acceder al artículo del código civil que regula esta institución Repudiación de herencia con deudas

Aceptación de herencia a beneficio de Inventario. 

Además de repudiar la herencia, otra opción es aceptarla a beneficio de inventario. en este caso deberá hacerse expresamente ante Notario o por escrito ante cualquiera de los jueces competentes para prevenir el juicio de testamentaria o abintestato.

¿ Que efectos produce la aceptación a beneficio de inventario de una herencia con deudas? 

Los efectos son los siguientes:

– El heredero no queda obligado a pagar las deudas y demás cargas de la herencia sino hasta donde alcancen los bienes de la misma, es decir, que no responde con su patrimonio personal.

– Conserva el heredero contra la herencia todos los derechos y acciones que tuviera contra el difunto.

– No se confunden para ningún efecto, en daño del heredero, sus bienes particulares con los que pertenezcan a la herencia.

A modo de conclusión: 

Cuando podemos percibir una herencia con deudas, si conocemos que el valor de las deudas es superior al de los bienes que componen la herencia, lo mejor sería repudiar la herencia. no obstante si entendemos que el valor de la herencia puede ser superior al de las deudas que conlleva, para no arriesgar nuestro patrimonio, lo mas aconsejable sería aceptarla a beneficio de inventario.

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